Prorroga contrato de arras para vender un piso
Prorroga contrato de arras para vender un piso
ResponderEstoy vendiendo mi piso y por varios motivos he tenido problemas para conseguir algunos de los documentos que se necesitan para firmar. Firme arras con un comprador y por todos los retrasos que he tenido ya esta a punto de vencerse. El sigue muy interesado en el piso así que los dos estamos de acuerdo en seguir con la venta. Se puede prorrogar el contrato de arras que ya hemos firmado??
Hola, Raúl Juan García Peña
En principio, si se ha vencido el plazo establecido en el contrato de arras y no se ha producido la compraventa por causa de la promotora y, además, no te interesa prorrogar el contrato de arras, deberían devolverte el dinero entregado como señal, si esta es la penalización por incumplimiento que figura en el contrato.
No obstante, es aconsejable que consultes tu caso con un abogado, dado que nos encontramos ante una situación extraordinaria sobre la que no hay un marco legal definido y por esto pueden haber diversas interpretaciones legales para abordar la situación.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
buenos días,
muchas gracias por la respuesta. NO nos interesa prorrogar porque sinceramente yo creo que los pisos no los van a hacer y si los llegan a hacer creo que se van a retrasar muchísimo, entre que comiencen las obras, por lo menos hasta dentro de un par de meses, más la propia construcción, un año, más la posterior entrega, nos plantamos en año y medio mínimo.
En una de las clausulas se indica que se devolverá el importa de la fianza más el interés vigente en ese momento. Esto del interés, como cuando lo firmé desconocía que había un interés vigente, ahora llegado el caso pues indagando he visto que según el artículo 1454 del código civil español deberían devolvernos la cantidad duplicada al incumplir totalmente las condiciones del contrato.
debe ser así, ¿no?
muchas gracias y por todo.
saludos cordiales.
Raúl
Hola, Raúl Juan García Peña
La cantidad que te debe devolver la promotora es la que habéis entregado como señal de reserva más el tipo de penalización que figura en el contrato.
Si firmaste un contrato de arras penitenciales (así lo indica el contrato y el tipo de cláusulas que contiene) ciertamente te tendrían que devolver la señal por duplicado, pero esto lo debe decir claramente el documento. Es aconsejable que si tienes dudas consultes tu caso con un experto legal o un abogado, ya que como te he mencionado anteriormente, nos encontramos en una situación extraordinaria sobre la que pueden haber diversas interpretaciones.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Hola buenos soy la parte compradora. Firme hace 4 meses un contrato con la inmobiliaria donde se acogía al artículo 1454 y que en un plazo nunca superior a 90 días me entregarían la escritura de la casa y entrege una señal.
El piso sigue anunciado y han pasado 115 días, queremos renunciar a el sin tener ninguna penalización ya que ellos han incumplido en el plazo. El de la inmobiliaria me comenta que al pasar 14 días se renueva automáticamente el contrato. ¿Esto es así? Y ¿estoy obligada a pagarle los honorarios?
Hola! Soy la parte compradora; firmamos el contrato de arras en enero con validez para 4 meses. Vence el próximo día 21. Por nuestra parte estamos listos para la compra desde febrero. La parte vendedora no tiene aún lista la documentación para la firma (cuestiones de herencia). Nos interesa la vivienda pero en estos momentos estamos de alquiler y mi pregunta es si al cumplirse las arras podemos pedir que la parte vendedora se haga cargo de los gastos que nos genera a nosotros el que ellos no estén preparados para la venta. Porque ahora nos encontramos con que debemos seguir pagando un alquiler hasta que ellos solucionen el papelo.
Gracias
Hola, Torroman.
Sí, lo puedes pedir. Ahora bien, ten en cuenta que cualquier modificación del contrato de arras requiere del consentimiento de todas las partes. Por lo tanto, si la parte vendedora no quiere hacerse cargo de esos gastos, no tiene por qué aceptarlo (aunque tú tampoco tienes por qué prorrogar el contrato de arras si la parte vendedora no lo acepta).
Un saludo.
Hola, Torroman
Posiblemente esto lo tendrías que negociar con el vendedor, ya que si en el contrato de arras no figura una cláusula que lo indique expresamente no lo podrás exigir.
No obstante, si el contrato de arras vence y la compraventa no se ha concretado a causa de la parte vendedora, podrías tener el derecho a exigir la penalización por incumplimiento que, si se trata de unas arras penitenciales, implicaría que te devolvieran el dinero de la señal por duplicado.
Esto puede ser un argumento de negociación con el vendedor, ya que este tendría que evaluar qué le sale más a cuenta: ayudarte con los gastos que te causa seguir de alquiler o devolverte la señal por duplicado. No obstante, si te interesa comprar la propiedad, es aconsejable que manejes la situación con mucho tacto.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Pregunta similar: Puedo volver a poner mi piso a la venta si no han firmado las ampliaciones del contrato de arras
Buenos días! Soy la vendedora. El 29 de abril firmamos contrato de señal con una cláusula de devolución de la señal (1000€) en el caso de que los compradores no consiguieran el préstamo hipotecario en 10 días. Lo consiguieron y acto sucesivo les pido una señal razonable del 5% (valor del inmueble 160.000 €) y me dicen que no tienen dinero para darme más señal. Mientras tanto yo tengo visto un piso para comprar. A las dos partes nos corre prisa. Realizo una ampliación de contrato con fecha de firma ante notario para el 14 de junio y no la firman los compradores, dicen que no saben si van a llegar porque ahora con su aval se encuentran con un problema de adjudicación de herederos por el fallecimiento en 2003 del padre del comprador. Realizo una segunda ampliación para el 21 de junio que tampoco firman. No saben si pueden reunir dinero para ese trámite. Realizo una tercera para el día 28 de junio y nada. Mientras mi vendedora me dice que tendrá que volver a poner su casa puesto que no le doy garantías y todo por culpa de mis compradores. Mi preguntas son dos : tengo que devolver la señal de los 1000€ si tengo justificado que les concedieron la hipoteca? Puedo volver a poner mi piso a la venta?
Gracias. Un saludo. Susana
Hola, Susana
En este caso, si el contrato de arras se venció e incluye una cláusula de penalización por incimplimiento que indica que si los compradores desisten de la compraventa y no firman la escritura en la fecha pautada (como al parecer es el caso) entiendo que podrías quedarte con el dinero de la señal, ya que, aunque en principio les han concedido la hipoteca, no han firmado la prórroga del contrato de arras y parecen no poder asumir la compraventa por un tema legal.
No obstante, si el documento no incluía ninguna cláusula de penalización por incumplimiento y, además, no estaba definida una fecha límite para firmar la escritura en la notaría te podrías ver en un aprieto. No obstante, todo esto depende de las cláusulas que figuren en el documento. Es aconsejable que consultes tu situación con un experto legal o un abogado. Este te podrá decir con certeza cómo puedes proceder para poder poner nuevamente a la venta tu piso. Ten cuenta que en este tipo de situaciones la negociación puede ser determinante: puedes llegar a un acuerdo con el comprador para cancelar el contrato y buscar otro comprador para tu vivienda.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Buenas,
Soy comprador y he firmado arras el 5 de mayo. La parte vendedora ha teñido problemas con el registro y en el contrato figura que es prorrogable a los 90 días, pero sin ser más específico. ¿Significa esto que el contrato renueva automáticamente o que las partes deben acordar prorrogarlo? El tema es que nos gustaría recuperar el dinero si pasaran los 90 días sin haber obtenido aún la nota simple de la vivienda.
Gracias de antemano
Hola, Davidferno.
El contrato se prorrogaría automáticamente a los 90 días si se especifica claramente. En caso de que no se especifique, entendemos que esa prórroga debe acordarse entre la parte compradora y la vendedora, así que consideramos que sí podrías negarte a extender el contrato para recuperar el dinero. Ahora bien, como es algo sujeto a interpretación, no te lo podemos asegurar al 100%. Por ello, te aconsejamos consultárselo al notario con el que pretendas escriturar la compraventa, pues él te dirá gratuitamente si podrías negarte a prorrogar o no.
Un saludo.
Hola,
Soy parte compradora con un contrato de arras vencido hace 10 días hábiles.La inmobiliaria me transmitió la intención del vendedor de romper el acuerdo de venta alegando el vencimiento de las arras.
Aunque yo, la compradora, siempre he tenido intención de comprar y he estado muy encima de la operación, ha sido el vendedor quien se ha demorado en la entrega de la documentación confirmando que el inmueble estaba exento de cargas y quien ha aplazado la tasación hasta en 2 ocasiones. De haberse realizado todo a su tiempo las arras no habrían caducado.
Como entiendo que ha sido culpa del vendedor, podría reclamar el doble de la cantidad abonada como pago en el momento de firma de las arras? Obviamente el vendedor no quiere pagar esta cantidad, sería viable llevar este asunto a juicio? Qué pasos precios debería seguir para cubrirme las espaldas?
Hola, Noelia.
Lamentamos tu situación. Por lo que nos cuentas, parece que la operación no ha podido llevarse a cabo por culpa del vendedor, así que entendemos que tendrías derecho a recuperar el dinero de las arras (o el doble, si el retraso no está justificado y es la penalización indicada por el incumplimiento). Ahora bien, para asegurarte, te aconsejamos consultárselo al notario con el que querías escriturar la compra, que te dirá gratuitamente cuánto dinero tendrías derecho a recuperar y cuál sería la mejor manera de reclamarlo.
Un saludo.
Buenas, tengo que firmar una segunda prorroga de las arras por retraso de la hipoteca, se venció el plazo para presentar la denegación pero el intermediador me dice que está concedida y pronto saldrá la fein...
Ahora la inmobiliaria me pide mas dinero como acto de buena fe para la prorroga... Esto es legal y normal??
Hola, Angel:
Sí, es legal y normal que la agencia inmobiliaria te pida más dinero en concepto de señal al firmar la segunda prórroga del contrato de arras.
En este sentido, debemos tener en cuenta que los plazos y las cláusulas del contrato de arras son de cumplimiento obligatorio y que ni la agencia ni el vendedor están obligados a aceptar una prórroga. Por supuesto que es entendible que la demora no depende de ti, sino de la concesión de la hipoteca. Por eso suele dialogarse entre las partes y aceptar una prórroga en la mayoría de los casos.
No obstante, ten en cuenta que ese dinero es un adelanto del precio de compraventa, así que no implicará para ti una pérdida de dinero.
¡Espero haberte ayudado!
Saludos,
Paula
Hola, Ignacio:
Siento la demora en mi respuesta, espero que todo vaya mejor. En relación con tu pregunta sobre las arras, a priori podría decirte que si en el contrato se contemplan las causas de fuerza mayor o caso fortuito, podrías recuperar el dinero de la señal. Sin embargo, la respuesta depende de la interpretación de dicha cláusula. Por ello, te aconsejo que analices todas las partes del contrato de arras y que converses con el vendedor para llegar a un acuerdo.
Siento no poder ser más precisa, pero la respuesta depende estrictamente de lo que se establezca en el contrato y de la interpretación de las partes.
Aquí encontrarás más información sobre el contrato de arras.
¡Espero haberte ayudado!
Saludos,
Paula
que pasa si por fuerza mayor mierte de avalista el comprador no puede comprar la casa y el vendedor teniendo en cuenta eso amplia 1 mes mas la prorroga xa que formalice su nueva situaciin? estaria obligada yo, la vendedora a prorrogar varias veces a pesar de que estan aun gestionando la herencia del comprador y aun no tenemos fecha de firma .... podrian denunciarme por daños y perjuicios??? podrian ibligarme a pagar algo??? perderia las arrasa pesar de haber ido de buena fe y haberle dado 2 ampliaciines de 1 mes cad una más ademasdel propio contrato de arras q ern 2 meses +total 4 meses?)
Hola, Ic:
Gracias por compartirnos tu consulta. Respondiendo a tu primera pregunta, el vendedor nunca está obligado a realizar una prórroga del contrato de arras. Esta es voluntaria y, generalmente, se hace porque ambas partes siguen interesadas en llevar adelante la compraventa de la vivienda.
En relación con la segunda pregunta, es decir, si estarías obligada a pagar algo o si podrían denunciarte, en principio la respuesta es no, pero es importante verificar lo que dice tu contrato de arras. Como es un documento privado, cada agencia o vendedor puede incluir las cláusulas que considera oportunas. En general, lo que se firma es un contrato de arras penitenciales donde el vendedor solo tendría que indemnizar al comprador si la compraventa no se lleva a cabo por su responsabilidad.
En el caso que describes, como Parte Vendedora podrías retener el dinero de la señal (si has firmado un contrato de arras penitenciales), salvo que en este documento se incluya alguna cláusula que especifique que no existirán penalizaciones en caso de que la compraventa no se produzca por causas de fuerza mayor.
Te dejo a continuación un enlace en donde puedes descargar un modelo de contrato de arras para comprender mejor las consecuencias del incumplimiento:
¡Espero haberte ayudado! Si hay algo en mi respuesta que no se corresponde con tu situación, escríbenos nuevamente.
Saludos,
Paula
Muy buenas , e firmado un contrato de arras penitenciales y me queda un mes para que venza el tiempo, el problema lo tengo en que el piso está registrado como suelo comercial y está en trámite de cambiarlo la parte vendedora , si el tiempo pasa y aún no está hecha la venta sería mi culpa o sería culpa de la parte vendedora
Otra cuestión , en el contrato de arras que firme ponía vivienda y esta registrado como suelo comercial es válido el contrato en si aunque no esté registrado como tal?
Gracias de antemano
Hola, Misael:
¡Gracias por dejarnos tu consulta! Lo mejor en este caso es que, si se vence el contrato de arras, acuerdes con la parte vendedora una prórroga para extender el plazo hasta poder firmar la escritura de compraventa. El trámite es muy simple, basta con añadir un anexo a las arras donde se especifique el nuevo plazo.
Ahora bien, si no quieres firmar una prórroga, podrías desistir del compromiso del contrato de arras. Pero como tú conoces la situación del inmueble y sabes que la parte vendedora está haciendo los trámites para realizar el cambio del suelo comercial, podría entenderse que el desistimiento no está justificado y, por lo tanto, podrías perder el dinero que entregaste como señal.
En definitiva, puedes consultar con un abogado si eliges la segunda opción, pero mi consejo es que intentéis firmar una prórroga.
¡Espero haberte ayudado! No dudes en consultarnos si tienes más inquietudes.
Saludos,
Paula