¿Puedo contratar una hipoteca fija con el IRPH como diferencial?
¿Puedo contratar una hipoteca fija con el IRPH como diferencial?
Respondergracias
Buenas tardes,
El 10.05.2006 firmamos ante Notaria hipoteca mediante tipo interés IRPH-Entidades, la oferta vinculante(annexa a la escritura de constitución) dice que el interés era del 3,900% con un diferencial del 0,450% incluido.
He buscado en Internet cual era el % de este tipo de interés a mayo del 2006 y era del 4,048% según **** que me coincide a la centésima con otros enlaces buscados para contrastar los datos.
Esto implica una diferencia de 0,148 a favor nuestro si se entiende que el 3,900% incluye el diferencial - de hecho así lo entiendo yo de acuerdo con oferta vinculante y los diferentes recibos mensuales que he consultado al respecto- o una diferencia de 0,302% a favor de la entidad si el 3,900% no incluye el diferencial del 0,450%.
He hablado con mi hermano que firmó hipoteca a tipo de interés Euribor el 16.05.2007 y era a 5,450% con un diferencial del 1% incluido. En mayo del 2007 el Euribor estaba a 4,373% según **** que también coincide a la centésima con otros enlaces buscados para contrastar los datos. En el caso de mi hermano, la diferencia es de 0,077% a favor de la entidad si al 4,373% le sumamos el 1% de diferencial.
Mi pregunta es, ¿A que pueden deberse estas diferencias?
Gracias.
Hola, MariaJo989.
En primer lugar, tenemos que matizar que, por lo general, el valor que se utiliza como referencia para calcular el interés no es el del mismo mes de la firma, sino el del anterior. Por lo tanto, en tu caso, habría que tener en cuenta el IRPH de abril y no el de mayo (y lo mismo en el caso de tu hermano).
Dicho esto, se nos ocurren dos razones por las que puede existir ese desfase:
- Que en los primeros años os aplicaran un fijo inicial (a ti del 3,90% y a tu hermano del 5,45%). Es habitual que las hipotecas variables tengan un interés inicial fijo que se aplica durante los primeros 12 o 24 meses. Si es el caso, debería aparecer tanto en la escritura como en la oferta vinculante.
- Que exista una cláusula de redondeo al alza o a la baja. Redondear al alza está prohibido por ley desde diciembre de 2006, así que de existir, tu hermano podría reclamar. También debe aparecer especificada en la escritura y en la oferta vinculante.
Quedamos a tu disposición para resolver cualquier otra duda.
Un saludo.
Si en el calculo que me habeis realizado sobre lo que he pagado de mas en el IRPH, como puedo saber yo que caso de los tres seria el mio, o eso lo decide el banco.
Hasta ahora
Has pagado Hubieras pagado (capital + interés) Podrías recuperar
sobre 199 meses Caso 1 Caso 2 Caso 3 Caso 1 Caso 2 Caso 3
127,443 € 87,816 € 67,352 € 106,810 € 39,627 € 60,091 € 20,633 €
En adelante tus pagos serían (con los índices actuales)
Diferencia
Con tu hipoteca Caso 1 Caso 2 Caso 3 Caso 1 Caso 2 Caso 3
Por mes 553 € 432 € 322 € 423 € 121 € 231 € 130 €
En total 110,100 € 86,017 € 64,122 € 84,242 € 24,083 € 45,978 € 25,858 €
En total, podrías recuperar / ahorrar sobre 30 años 63,710 € 106,069 € 46,491 €
Hola, CarolinaRubio.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sería el que decidiría cuál de los tres escenarios se aplicaría, aunque eso no se sabrá hasta finales de este año o principios de 2020. Y si no lo hace, seguramente será el Supremo el que decida. Esta información la puedes encontrar también en el informe que se manda automáticamente tras rellenar los campos del formulario de la calculadora de IRPH.
Si quieres estar al tanto de las novedades sobre este tema, puedes consultar periódicamente nuestra página dedicada a las noticias sobre el IRPH. Por nuestra parte, nosotros informaremos sobre cualquier novedad que se produzca a través de nuestro blog y de nuestras redes sociales.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Gracias Miquel, tengo otro duda al respecto, a mi después de lo comentado me aparece lo mismo con lo que queda aún por pagar de la hipoteca. Luego leo que podría cambiarla de banco y condiciones, mi duda es: si pagas o amortizas de golpe lo que queda de hipoteca se ha de pagar el importe pendiente más el interés que tengas o no? al margen de gastos de cancelación que pudiera haber?
Tampoco he entendido jamas como funciona (a parte de como pudo ser legal o no fuera un mega escándalo) que en mis hipotecas (tengo 2, una para la compra y otra para pagar las obras de reforma) quedaran clavadas en un tipo de "interés fijo" cuando desapareció el IRPH, y además que en la 1a. hipoteca al IRPH + 0,25 es de un 3,5% y que en la que és IRPH +0,00 es superior de un 3,75%
Lo peor no es que nos hayan ****, sinó como se han aprovechado de nuestra ignoráncia y desconocimiento, se siente uno tan poca cosa...
Gracias y un saludo,
Maximiliano
Hola, Maximiliano.
Sobre tu primera duda, si quieres pagar toda tu hipoteca antes de tiempo, simplemente tendrás que devolver el capital que te quede pendiente de amortizar (sin los intereses pendientes).
Respecto a las otras dudas, es probable que tus hipotecas estuvieran ligadas al IRPH Cajas o al IRPH Bancos, dos modalidades ya extintas de este índice de referencia. En 2013, por ley, estas dos variantes desaparecieron, así que en tus hipotecas pasó a aplicarse el llamado "interés sustitutivo", que en tu caso debía ser un tipo fijo o el último interés aplicado. Encontrarás más información sobre el tema en nuestra página sobre las modalidades del IRPH.
Finalmente, en cuanto a la diferencia de precio entre ambas hipotecas, es muy probable que una estuviera ligada al IRPH Cajas y la otra al IRPH Bancos. El primero cotizó, en general, algo por encima del segundo; de ahí que la hipoteca con un diferencial del 0% fuera más cara que la otra que tenía un diferencial del 0,25%.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Mucho gracias, explicación muy clara. Entonces lo mejor es cancelar para ahorarse los monstruosos tipos de interes que hacen que vaya a devolver practicamente el doble de lo que pedí, cierto?
Ya que esto no quiraria poder reclamar a posteriori por esa hipoteca ya cancelada, verdad?
Saludos cordiales,
Hola de nuevo.
Si te lo puedes permitir, lo ideal es cancelar la hipoteca para dejar de pagar esos intereses. En su defecto, si no pudieras liquidar todo el préstamo de golpe, podrías tratar de pasarte al euríbor (o a un tipo fijo más bajo) con un pacto con tu banco o llevándote la hipoteca a otra entidad (subrogación).
En principio, así no perderías tu derecho a reclamar posteriormente. Eso sí, si llegas a un acuerdo con tu banco para cambiar el interés, asegúrate de no firmar ningún "pacto de no reclamación", ya que este te impediría acudir a los juzgados posteriormente para reclamar lo que pagaste de más en su momento por el IRPH.
Un saludo.
Moltíssimes gràcies Miquel!
Contrate una hipoteca en el 2006,con el indice irph!la cual fue subiendo cada año!en el 2012 o 13 desaparecion el irph cajas y tenia el sustitutivo el ceca(que tambien desaparecio)y el banco me dejo la hipoteca a un interes fijo del 4 %!sin yo tener otras opciones!Mi pregunta:puedo reclamar intereses abusivos del irph e un inters fijo tambien abusivo?
Buenos días.
Entendemos que en tu escritura ponía que si el índice sustitutivo también desaparecía, el interés aplicado pasaría a ser o bien un fijo del 4%, o bien el último interés aplicado tras la última revisión. Hay jueces que consideran que eso es abusivo, dado que la ley que regula la eliminación del IRPH Cajas establece que, en caso de desaparición de este índice y de falta de índice sustitutivo, debe aplicarse el índice IRPH Entidades. Por ello, nuestro consejo es que te pongas en contacto con una asesoría jurídica para que estudien si sería viable presentar una denuncia (el estudio es gratis).
Aprovechamos para recordar que la justicia europea sentenciará a finales de este año (o a principios del siguiente) si el IRPH es abusivo por falta de transparencia. Si su sentencia es favorable a los consumidores, podrías reclamar lo pagado de más por este índice si el banco no te explicó en qué consistía antes de firmar tu hipoteca.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Hola.tengo una hipoteca con UCI llevo 15 años con IRPH.les pedimos al banco ampliar años y cambiar al Euribor.creiamos que iban hacernos una novacion y lo que hemos recibido es una copia de escrituras nuevas.de hecho nos han vuelto a tasar la vivienda que eso tenemos que pagarlo y que ellos corren con los gastos de notaria gestoria.etc.entiendo que el prestamo nos lo dan para camcelar la primera hipoteca y empezar con una nueva.en el apartado principal dice que es un prestamo hipotecario no destinado a vivienda habitual si no a residencial,creemos que nos estan engañando y a demás tendríamos cita para firmar el.10 de diciembre,con prisas.
Si me.podeis ayudar.mi pregunta es la siguiente,si firmamos esa nueva hipoteca perderiamos los derechos a posterior de.poder denunciarlos para reclamarles por.el.IRPH.esa es nuestra intencion.
Y si no firmamos tendriamos que seguir con el IRPH o estarían obligados a pasar al euribor?
Hola, ANA ISABEL BRAVO.
Efectivamente, vuestro banco se ofrece a daros una nueva hipoteca sin IRPH para cancelar la que tenéis actualmente. En principio, no perderíais el derecho a reclamar posteriormente si el IRPH se declara abusivo, a no ser que firméis un acuerdo de no reclamación. Nuestro consejo, por lo tanto, es que repaséis bien toda la documentación que el banco os haga firmar para aseguraros de no aceptar pactos de no reclamación.
Aprovechamos para recordar, eso sí, que la cuestión sobre la posible abusividad del IRPH todavía se está juzgando en Europa. Puedes mantenerte al tanto de todas las novedades sobre este tema en nuestra página sobre las últimas noticias acerca del IRPH.
Un saludo.
Busco cambiar la hipoteca de banco.
He ido a unas cuantas, y a parte de darme el pésame, q lo iban a consultar; y otro banco directamente, me aconsejó nueva hipoteca.
Mis preguntas son:
Q¿gastos tiene si hay novación?
Gastos si es subrogación?
¿Y si es nueva hipoteca?
He encontré un dato más en mi mierdi-hipoteca
El índice sustitutivo es IRPH de bancos+0,50%
Pero este ya no existe, no?
Gracias mil... ;)
Y feliz año!!!
Hola, Ana Badiola.
¡Feliz año!
Te dejamos varias páginas en las que explicamos cuánto cuestan todas estas operaciones:
-
Nuestra página sobre los gastos de cancelación (en caso de firmar una nueva hipoteca)
En cuanto al índice sustitutivo, ciertamente no podría aplicarse, pues el IRPH Bancos ya no existe. Por lo tanto, en caso del que el IRPH fuera declarado nulo por abusivo, podrían darse tres escenarios: que se te aplicara un interés del 0%, que se te aplicara un interés equivalente al diferencial de tu hipoteca o que se te sustituyera el IRPH por el euríbor. Será la justicia europea la que decida cuál de estos tres escenarios será el válido.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Porque no se puede meter en la calculadora del irph para conocer si tengo derecho a devolución fecha anterior al año 2000 mi hipoteca es de 1999, gracias, un saludo
Hola, txeimi.
Por defecto, la calculadora permite hacer simulaciones desde el año 2000, así que de momento no es posible calcular desde el año 1999. De todos modos, elevaremos tu petición a nuestro departamento informático para ver si es posible añadir años anteriores.
Mientras tanto, si quieres, puedes consultar nuestra página sobre el IRPH para ver si cumples los requisitos para reclamar.
Un saludo.
Buenos días, yo tengo una hipoteca que tiene el IRPH, la tengo con BANKIA que nos la traspasó el constructor pero es una vivienda de protección oficial del plan 2005-2008, cada año es el Gobierno el qué en marzo o en abril nos dice el IRPH para el próximo año, la duda es si tendría derecho a pedir si se me ha cobrado de más al ser una vivienda de protección
gracias
saludos
Hola, Marino.
Tendrías el mismo derecho que los demás a reclamar lo que te cobraron indebidamente.
Según la última sentencia del TJUE, los tribunales españoles deben considerar que el IRPH es abusivo si:
- La cláusula no tiene una redacción clara y comprensible.
- No te explicaron qué elementos usaban para calcular el interés ligado a este indicador.
- Si no te informaron sobre la evolución histórica del IRPH.
Te recomendamos que consultes toda la información sobre IRPH en nuestra web y que utilices nuestra calculadora gratuita de IRPH para saber cuánto podrías recuperar.
Esperamos haberte ayudado.
¡Un saludo!
Tengo una hipoteca desde el 2000, en 2005, realice una ampliación de capital, el índice de referencia es el IRPF entidades, es ilegal este índice?, O solo son ilegales el IRPF cajas y bancos. Gracias