Vender vivienda habitual antes de 3 años

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Vender vivienda habitual antes de 3 años

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A
andres-saez
/

Hola. Tengo un problema. Tengo apenas 1 año y medio en mi piso en Valladolid, pero por una situación personal estoy pensando ponerlo a la venta después del verano y comprar un piso más pequeño lejos del centro. Para poder acogerme al beneficio de reinversión en otra vivienda tengo que esperar a que se cumplan los tres años? Gracias.

210 respuestas
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#61
C
cristina
/

Buenas noches,

En noviembre del 2019 compramos una vivienda mi pareja y yo. Justo ahora nos hemos separado. No consta en ningun lugar que seamos pareja de hecho. pagamos en su momento el itp del 5% por ser menores de 33 años. Si vendemos exactamente por el precio que compramos el año que viene deberemos pagar algo a hacienda? 

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#62

citando a cristina Buenas noches, En noviembre del 2019 compramos una vivienda mi pareja y yo. Justo ahora nos hemos separado. No consta en ningun lugar que s...

Hola, Cristina

Si venden el piso al mismo precio al que lo compraron el año pasado y al realizar el cálculo de la ganancia patrimonial para saber cuánto debes pagar en el IRPF por la venta obtienes una pérdida, no deberás pagar nada a Hacienda por la operación.

 

Esto de debe a que las pérdidas patrimoniales no están sujetas al pago del IRPF. Si tienes dudas, es aconsejable que acudas con un experto en fiscalidad para que te realice el cálculo oportuno.

Ten en cuenta que, al vender la vivienda antes de cumplir los tres años de tenerla en propiedad, esta no se considera tu vivienda habitual y, por tanto, no puedes acogerte a la exención por reinversión, en el caso de que tengas planeado destinar el dinero en la compraventa de otro inmueble.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

 

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#63
M
Manu
/

Buenas tengo una duda, compre un piso hace 2 años y lo he reformado todo, mi pregunta es ahora mismo voy a volver a ser padre de mi segundo hijo, eso es un motivo por le cual podría acogerme a una excepción, ya que el piso nos ha quedado pequeño ya que solo dispone de 2 habitaciones?.

 

Gracias.

HelpMyCash
#64

citando a Manu Buenas tengo una duda, compre un piso hace 2 años y lo he reformado todo, mi pregunta es ahora mismo voy a volver a ser padre de mi segundo hijo, e...

Hola, Manu

Para poder acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual debes haber residido en el piso durante, al menos, tres años, según lo dispuesto por la Agencia Tributaria.

 

No obstante, en algunos casos, aunque no se cumpla con el requisito de los tres años, Hacienda permite que el contribuyente aplique a la exención si el cambio de residencia se dio por causas justificadas. Las que menciona de forma clara el reglamento del IRPF son el traslado laboral, la celebración de matrimonio o un divorcio.

En este sentido, es poco probable que la causa que indicas sea considerada por la Agencia Tributaria como justificada. No obstante, cada situación está sujeta a la interpretación que hace Hacienda de cada caso y el organismo hace énfasis en que debe haber un componente de obligatoriedad en el cambio de residencia.

Por tanto, si crees que estás ante una situación de esta naturaleza, es aconsejable que consultes con un experto en fiscalidad. Este te podrá decir si este motivo puede ser considerado o no una causa justificada y te podrá indicar cómo demostrarlo ante Hacienda.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#65
J
Juan Carlos
/

Hola Manu, te comento a mi me denegaron la exención, mi causa justificada era por matrimonio y como paso un tiempo entre el matrimonio y la compraventa no me permitieron aplicarla. Hacienda siempre gana.

A 1 persona le ha parecido útil
#66
L
Luis
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Buenas tarde llevo menos de 3 años viviendo en un piso que tenía con mi ex mujer y la sentencia de divorcio es del 19 de enero del 2019 , pero por causas de necesitar un piso más grande puedo venderlo y acogerme a no pagar hacienda 

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#67

citando a Luis Buenas tarde llevo menos de 3 años viviendo en un piso que tenía con mi ex mujer y la sentencia de divorcio es del 19 de enero del 2019 , pero por...

Hola, Luis

Sí. Al tener más de tres años viviendo en el piso este tiene la condición de vivienda habitual a efectos fiscales.

Por tanto, puedes acogerte a la exención por reinversión si utilizas el dinero de la venta para comprar otra vivienda habitual. De esta manera, no tendrías que pagar IRPF por la venta del piso.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#68
P
Pablolujan
/

Hola

Mi empresa es una multinacional americana que esta haciendo ajustes por el coronavirus y han cerrado la oficina de Málaga donde trabajo para centrar todo en Madrid, ha habido reducción pero a mi proponen mudarme a Madrid. Mi mujer y yo tenemos un piso en propiedad en Málaga que compramos a medias hace dos años, pero ellas es madrileña y la idea de desplazarnos a Madrid esta sobre la mesa porque ella puede trabajar perfectamente en remoto.

He estado investigando mucho sobre lo que nos puede costar. En teoría la empresa nos ayudará con el desplazamiento y nos pagará la mitad de seis meses de alquiler lo que nos da algo de margen para buscar una nueva casa para comprar. Mi pregunta es sobre el IRPF, si vendo el piso porque es la empresa que me traslada tendré que pagar por no tener los tres años? he leído que a veces la deniegan, por eso quiero estar seguro para evaluar la situación.

Muchas gracias.

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#69

citando a Pablolujan Hola Mi empresa es una multinacional americana que esta haciendo ajustes por el coronavirus y han cerrado la oficina de Málaga donde trabaj...

Hola, Pablo

La Agencia Tributaria establece que la vivienda no pierde el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido los tres años reglamentarios para que sea considerada como tal, el contribuyente por alguna circunstancia justificada, como lo es un traslado laboral, tiene que vender la casa y comprar otra en otro sitio con el dinero de la venta.

 

En este sentido, podrías acogerte a la exención por reinversión y no tener que pagar IRPF por la venta y la compra de tu vivienda habitual

En algunos casos, Hacienda deniega la exención a los contribuyentes cuando estos no pueden demostrar que hubo obligatoriedad en el cambio de residencia. Si este se da por voluntad propia y no porque la circunstancias lo exijan, la Agencia Tributaria puede alegar que no es una causa justificada.

Sin embargo, en principio este no es tu caso, ya que te mudas porque tu empresa cierra la oficina y te ves obligado a desplazarte a Madrid para mantener el empleo.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#70
O
oscar-manu610
/

La Agencia Tributaria es muy exigente con los plazos. A mi me denegaron la exención por reinversión porque adquirí un terreno para construir la nueva vivienda habitual y por retrasos de los permisos del ayuntamiento (no por causa mía) la casa seguía en construcción pasados los dos años.

Presente un recurso y lo desestimaron, tuve que pagar el irpf por la ganancia de 66 mil euros aun invirtiendo en su totalidad el dinero en la construcción de la nueva casa. Injusticia

#71
M
male_martine232
/

Hola. Tengo una duda para no pagar irpf por comprar otra casa los 3 años se cuentan desde que compraste la casa o desde que empiezas a vivir en ella? gracias

HelpMyCash
#72

citando a male_martine232 Hola. Tengo una duda para no pagar irpf por comprar otra casa los 3 años se cuentan desde que compraste la casa o desde que empiezas a vivir en ell...

Hola, male_martine232

Para que tu vivienda sea habitual debes haber vivido de forma continua en ella durante, al menos, tres años. Si lo has hecho, podrás acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual y estar libre de pagar este impuesto por la venta de tu piso.

Si la Agencia Tributaria te pide demostrar que has habitado en el piso, puedes hacerlo a través del padrón municipal, la domiciliación de los recibos o, incluso, por el consumo de los suministros.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#73
A
Abilio
/

hola

he vivido en mi piso cuatro años y medio pero me fui a inglaterra por seis meses y durante esos meses alquile el piso. Es decir en total tengo más de tres años viviendo en el piso pero no han sido continuos porque en el medio me fui a inglaterra. Tendre que pagar irpf si vendo el piso?

HelpMyCash
#74

citando a Abilio hola he vivido en mi piso cuatro años y medio pero me fui a inglaterra por seis meses y durante esos meses alquile el piso. Es decir en tot...

Hola, Abilio

La Agencia Tributaria establece que para poder acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual tienes que haber habitado en la casa durante un plazo continuado de, al menos, tres años.

De esta manera, si alquilaste la vivienda, se interrumpió el plazo y no llegas a los tres años continuos es poco probable que te puedas acoger a la exención. En este sentido, tendrás que pagar IRPF por vender el piso, ya que este no cumple con la condición de vivienda habitual.

Espero haberte ayudado.

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#75
R
rosa
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Pregunta similar: Vivienda habitual

Llevo viviendo en Madrid 4 años de alquiler, me traslade aqui por estudios de mi hija. Mi casa de Barcelona ha estado vacía durante este tiempo, ahora la he vendido, despues de tenerla en propiedad y residir en ella casi 20 años. Se considera vivienda habitual? como puedo demostrarlo? No hay recibos de consumos, no hay correspondencia y por su puesto no estoy empadronada en ella. 

HelpMyCash
#76

citando a rosa Pregunta similar: Vivienda habitual Llevo viviendo en Madrid 4 años de alquiler, me traslade aqui por estudios...

Hola, Rosa

Según lo estipulado por la Agencia Tributaria una vivienda es considerada habitual cuando el contribuyente ha residido durante un plazo continuo de, al menos, tres años en el inmueble.

En tu caso, al dejar de vivir de forma continua en la vivienda, esta ha perdido la consideración de habitual a efectos fiscales, ya que esta se pierde cuando la propiedad deja de ser la residencia habitual del contribuyente.

No obstante, si tu intención es reinvertir el dinero de la venta de la casa en la compra de una nueva vivienda habitual, existen algunas causas justificadas como, por ejemplo, la celebración de matrimonio o un traslado laboral, que pueden hacer que no pierdas el derecho a la exención para no tener que pagar IRPF por la venta de la casa.

 

Esto debido a que Hacienda entiende que si concurren estas causas la vivienda no pierde la condición de habitual, a pesar de que no hayan transcurrido los tres años.

En este sentido, es aconsejable que consultes tu situación con un experto en fiscalidad, porque si hubo obligatoriedad en el cambio de domicilio es posible que tengas argumentos que te permitan acogerte a la exención.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#77
M
Mari
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Buenos días,

En Enero del 2018 adquirí mi primera vivienda, pero quiero venderla e irme un tiempo a casa de mis padres hasta encontrar una nueva vivienda que pueda comprar. Tengo 2 preguntas... debo esperar hasta Enero de 2021 para poder vender mi primera vivienda donde resido? Y en caso de venderla... debo comprar otro piso lo antes posible para que no me sancionen o no importa el tiempo que pase hasta que pueda adquirir mi nuevo hogar? Muchas gracias

HelpMyCash
#78

citando a Mari Buenos días, En Enero del 2018 adquirí mi primera vivienda, pero quiero venderla e irme un tiempo a casa de mis padres hasta encontrar una...

Hola, Mari

Puedes vender la vivienda cuando quieras, pero si tu intención es acogerte a la exención por reinversión estipulada por la Agencia Tributaria y así quedar libre de pagar IRPF por la venta del piso, tendrías que tener, al menos, tres años de residencia continua en la casa.

 

El plazo que tienes para hacer la reinversión es de dos años, contados a partir de la fecha de la firma de la compraventa. Eso sí, debes declarar la venta e indicar que te coges a la exención en el año fiscal que corresponde. Es decir, el siguiente a la venta.

Espero haberte ayudado.

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#79
M
Mari
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citando a Ottymar Tademo
citando a Mari Buenos días, En Enero del 2018 adquirí mi primera vivienda, pero quiero venderla e irme un tiempo a casa de mis padres hasta encontrar una...
Hola, Mari Puedes vender la vivienda cuando quieras, pero si tu intención es acogerte a la exención por rein...
antes de nada agradecerte de corazón tú rápida respuesta, me has ayudado mucho.

Si no es molestia, me gustaría saber si en el plazo de 2 años para encontrar nuevo hogar, el hecho de que esté en alquiler en otro sitio, no implica nada, es decir, tengo que vender mi piso, irme a un piso de alquiler durante un tiempo mientras busco mi hogar definitivo para reinvertir lo que haya podido ganar con la primera venta. No pasa nada por estar ese plazo en un piso de alquiler, no? Gracias y disculpa la ignorancia, todo esto es nuevo para mi. Gracias

#80
E
Esther
/

Pregunta similar: Vender vivienda antes de los 3 años

Hola tengo una consulta quiero vender mi piso y cuando yo lo Compre del IMPUESTO DE TRASMISIONES PATRIMONIALES   en vez de pagar el 10%  , me beneficie pagando el 5%  porque era vivienda habitual y tenia menos de32 años . Vale pues ahora  quiero vender y no han pasado 3 años , se cumplen los 3 años el 28 de marzo de 2021 , cuánto tendría que devolver ? El 5% entero o una parte de los meses que me quedan por llegar a los 3 años ?

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