Hola. estoy pensando en vender mi piso para comprarme otro más grande. Me gustaria saber antes cuales son los impuestos que me tocara pagar por la venta. Si me pueden aclarar esto lo agradecería. Saludos
Hola, Francisco:
Gracias por compartir tu consulta. La responderé por partes:
- Tal como dices, al vender la parte de la vivienda que te corresponde a ti, estarás exento de pagar IRPF por haber sido tu vivienda habitual y ser mayor de 65 años.
- La parte que le corresponde a tus hijas, sí tributará para el IRPF. Pero en estos casos se tiene en cuenta como valor de adquisición el declarado en el impuesto de sucesiones cuando se tramitó la herencia. Del mismo modo, la fecha de adquisición sería el momento en que se formalizó la herencia. Por tanto, entiendo que no tendrían derecho al porcentaje de abatimiento.
- Con respecto al otro punto que mencionas, de que tus hijas te darán el dinero de la venta, te aconsejo que lo consultes con un experto, o bien, que te comuniques con el Ministerio de Hacienda, porque podría entenderse como una donación. Por tanto, tendrían que pagar otros tributos relacionados con esta operación.
Espero haberte ayudado. Si tienes más inquietudes, no dudes en consultarnos.
Un saludo,
Paula
Pregunta similar: Venta piso impuestos Barcelona
Hola compré un piso en el año 93 por unos 42.000 €, y lo quiero vender por unos 200.000 €, este piso lo he tenido alquilado desde el 2004 hasta la actualidad, yo he estado viviendo de alquiler desde el año 2004 hasta el 2016, que compré otra vivienda fuera de Barcelona. Gracias
Hola, Nuria:
Gracias por compartir tu consulta. En esta página encontrarás el paso a paso para calcular los impuestos por la venta de tu vivienda. Si tienes más dudas, te aconsejo que consultes directamente con la Agencia Tributaria.
Un saludo,
Paula
Pregunta similar: Si lo vendo sin inmobiliaria se paga el iva?
Si se vende sin inmobiliaria hay que pagar IVA?
Hola, Maite:
La venta de un piso solo tributa para el IRPF y la plusvalía municipal. A ello se puede añadir el IBI, que le corresponde pagarlo a quien sea propietario de la vivienda al primero de enero. El IVA no es un impuesto de la venta, solo se hace este "recargo" del 21% a los honorarios inmobiliarios. Por tanto, si vendes como particular, no tendrás que pagar honorarios ni IVA.
Ten en cuenta, sin embargo, que algunas inmobiliarias cobran honorarios que no superan los 5.000€, con IVA incluido. Puedes hacer clic en el botón y te ayudamos a encontrar la mejor inmobiliaria según tus necesidades particulares, sin compromiso.
Espero haberte ayudado. Si tienes más inquietudes, puedes escribirnos nuevamente.
Un saludo,
Paula
Pregunta similar: Como justifico a hacienda que vendo este año pero compro al siguiente
Tengo mi vivienda en venta ya que he comprado una nueva que me entregan en junio de 2023. Si vendo mi vivienda este año, ¿como tengo que justificar en hacienda que el dinero de la venta lo destino a la compra de una nueva, si la venta y la compra seran de diferente ejercicio fiscal?
Buenos días, Helper:
En el caso que describes, entendemos que debes consignar la casilla 1635 con el valor de transmisión de la vivienda habitual suceptible de reinversión.
De todos modos, por consultas relacionadas con impuestos, os recomendamos que consultéis directamente con la Agencia Tributaria. En este enlace puedes encontrar sus números de teléfono.
Un saludo,
Paula
Pregunta similar: Vender piso que ahora cuesta menos
Hola buenas, mi consulta es la siguiente:
compre un piso el año 2005 por 205.000, a dia de hoy me quedan 165.000 de hipoteca. Por la zona veo que se venden por mas o menos esa cantidad.
hace dos años nos fuimos del piso, lo tengo alquilado, y yo vivo en una casa alquilado en diferente comunidad.
nuestra intención es vender ese piso, pero no sabemos muy bien, que gastos tenemos, y claro como nos costo mas de lo que vale ahora, tenemos perdidas y no sabemos si estamos exentos de algún impuesto o similiar.
Hola, Samuel:
Gracias por compartir tu consulta. Aquí encontrarás información sobre todos los gastos que implica vender un piso en España.
Con respecto a los impuestos, el IRPF grava la ganancia patrimonial. En este caso, no tendrías ganancia, sino pérdida, por lo que no tendrías que pagar IRPF.
Con respecto a la plusvalía municipal, desde noviembre del año pasado tampoco tienes que pagar si vendes con pérdidas. Por lo tanto, no tendrías que hacer frente a ninguno de estos impuestos.
Recuerda, sin embargo, que sí tendrás que declarar que has llevado a cabo la compraventa con pérdidas.
Si necesitas la ayuda de una inmobiliaria para llevar adelante la operación, puedes hacer clic aquí. Te ayudamos a comprar todas las agencias para que encuentres la que mejor se adapte a tus necesidades.
Espero haberte ayudado.
Un saludo,
Paula
Pregunta similar: Impuestos por venta
Hola mi hermana y yo ( discapacitada) recibimos un piso en catalunya de herencia y ahora lo vamos a vender 215.000 (107.500 cada una)el abogado lo valoro en aproximadamente 170.000 cuanto tendré que pagar de impuestos por la venta ya que tengo más de el 65 por 100 de minusvalía y una pensión muy baja
Gracias
Hola, Helper:
Gracias por compartir tu consulta. Son varios los factores que se deben tener en cuenta para calcular el IRPF, además del valor de transmisión y el de adquisición. En esta página te lo explicamos con detalle.
No obstante, lo mejor siempre es comunicarse con Hacienda para que puedan ayudarte con tu declaración y resolver tus dudas. Aquí encontrarás todos sus números de teléfono.
Espero que te sea útil.
Un saludo,
Paula
Pregunta similar: Vender una segunda residencia
Quiero vender una segunda residencia con el dinero de ella pagaré un hipoteca pendiente de la misma ese dinero que aporta la hipoteca tiene retención de irpf
Hola, José:
La ganancia patrimonial sí que está sujeta a Gravamen. Ten en cuenta que para calcular la base imponible debes restar al precio de venta, el precio de compra. En otras palabras, parte del capital pendiente de amortización está incluida en ese precio de compra. Los intereses y los costes de constitución del préstamo no pueden deducirse. Aquí encontrarás más información para calcular el IRPF por la venta de tu casa.
Recuerda, sin embargo, que esta información solo es orientativa. Procura consultar con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial, puedes encontrar sus números de teléfono en la web.
Pregunta similar: Cunsulta sobre impuesto plusvalia IRPF
Hola, en su web indican que seria deducible de la base imponible de plusvalia IRPF, "el cambio completo de partes importantes de la casa, como cocina y baños", por favor, me podrian confirmar si hay normativa clara ó jurisprudencia al respecto???? gracias
Hola, Antonio:
Según hemos podido investigar, las reformas deben representar una mejora sustancial en el inmueble, pero desconocemos si existe jurisprudencia al respecto. Recuerda que la información sobre impuestos que encontrarás en nuestra web es solo orientativa, no somos expertos fiscales. Por eso creo que lo mejor será consultar con la Agencia Tributaria. Aquí encontrarás sus números de teléfono.
Saludos,
Paula
Pregunta similar: Vender antes de los tres años
Hola, buenas tardes
Hace un año, vendimos la casa en la que llevábamos 18 años para comprar en la que residimos actualmente.( Como ya he dicho llevamos un año en la actual )
Ahora queremos vender por problemas personales, es nuestra primera casa juntos, estamos casados y tenemos hijos , no se si pueda influir en algo
Al vender la casa hubo ganancia
¿Cómo podría calcular cuánto tenemos que pagar por vender esta?
Y qué es exactamente lo que se paga, ¿la ganancia que hubo?
Espero me haya explicado bien y puedan ayudarme
Hola, Ana:
Si llevas tan solo un año viviendo en la casa que quieres vender, tendrás que pagar los impuestos pertinentes, es decir, IRPF y plusvalía municipal.
El IRPF se calcula en función de la ganancia que obtengas con la venta. Haz clic aquí, que te enseñamos paso a paso cómo calcular el IRPF por la venta de tu vivienda.
En cuanto a la plusvalía municipal, actualmente existen dos métodos de cálculo que tienen en cuenta diferentes variables y tú puedes elegir el que te resulte más conveniente. Para ponértelo fácil, puedes usar nuestra calculadora de plusvalía municipal para estimar cuánto tendrías que pagar.
Por otra parte, entiendo que te has acogido a la exención por reinversión en vivienda habitual tras la venta de la primera casa. Como a la nueva vivienda la has habitado dentro del primer año después de la compra, entiendo que no tendrías que devolver dinero a Hacienda ni nada por el estilo. Digo esto porque me da impresión de que esta es otra tus dudas. De todos modos, te aconsejo ponerte en contacto con la Agencia Tributaria para confirmarlo.
Por último, si todavía no tienes agencia inmobiliaria para vender la nueva vivienda, puedes utilizar nuestro comparador para encontrar la mejor inmobiliaria para ti.
¡Espero que te ayude!
Saludos,
Paula
Pregunta similar: Vender antes de los tres años requeridos
Hola, necesito vender mi casa en la que llevo un año residiendo, se que no se considera vivienda habitual al no llevar los tres años requerido
Supongo que pagaría por la ganancia obtenida
¿Cuál sería el porcentaje a pagar?
¿O qué es lo que tendría que pagar?
Muchas gracias, espero puedan ayudarme
Hola Paula: por favor, me podrias confirmar en que te basas para decir que las reformas de baños y cocinas son deducibles de la base imponible para la plusvalia del IRPF????
Hola, de nuevo, Antonio:
La información que encontrarás en la página de impuestos para vender un piso proviene de entrevistar a distintos expertos fiscales. En cuanto a las reformas, la información que nos han proporcionado indica que solo pueden deducirse si representan una mejora sustancial en el inmueble.
No obstante, y como te he comentado antes, en HelpMyCash no somos expertos fiscales. La información que proporcionamos en nuestra web solo es orientativa y aconsejamos verificarla con la Agencia Tributaria antes de hacer cualquier declaración. Es el fisco quien tiene la última palabra.
¡Saludos!