Impuestos por vender una casa

Impuestos por vender una casa

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P
paula_13
/

Hola. estoy pensando en vender mi piso para comprarme otro más grande. Me gustaria saber antes cuales son los impuestos que me tocara pagar por la venta. Si me pueden aclarar esto lo agradecería. Saludos

106 respuestas
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HelpMyCash
#61

Hola, Roser

La venta de una vivienda en España tributa en el IRPF por la ganancia patrimonial obtenida y a través de la plusvalía municipal.

Si el asunto es que no eres residente español, deberás asumir el impuesto sobre la renta de no residentes. En este caso, el comprador de tu piso estará obligado a retener un 3% del importe de la compraventa en el momento de la escritura y este deberá ingresarlo, a nombre del vendedor, en el Tesoro Público.

Ahora bien, si eres residente y la casa que vas a vender es tu vivienda habitual y, además, la propiedad que pretendes comprar en Francia va a ser destinada como tu vivienda habitual, debes verificar directamente con Hacienda si te puedas acoger a la exención por reinversión para estar libre de pagar IRPF por la venta de la casa. Esta posibilidad, en definitiva, dependerá de los acuerdos fiscales que existan entre los países miembros de la Unión Europea. 

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#62
D
dolores
/

Pregunta similar: VENDI MI VIVIENDA

Hola, compre una vivienda en septiembre  de  2015, hice contrato en una inmobiliaria para la venta de la antigua vivienda en agosto de 2017, la vivienda se vendió en enero de 2018. con la venta de la antigua vivienda se canceló la hipoteca que tenía y los gastos de notaría no me sobró nada para quitar hipoteca de la nueva vivienda  Hacienda ahora me pide que justifique mediante escrituras de compra venta y escritura de la nueva vivienda, gastos y justificante de empadronamiento de la nueva vivienda. gracias

 

HelpMyCash
#63

Hola, Dolores

Es habitual que la Agencia Tributaria le pida a algunos contribuyentes realizar ciertas comprobaciones para determinar si la persona ha declarado la operación de forma correcta o para verificar si cumple con los requisitos, en el caso de que se haya acogido a algún tipo de exención que le libre de pagar IRPF por la venta de la vivienda.

En este caso, es aconsejable presentar toda la documentación que te solicita Hacienda y consultar tu caso con un experto fiscal. Este profesional te podrá indicar cómo proceder para no cometer errores que pudieran perjudicarte o que pudieran hacer que Hacienda te exija realizar una liquidación complementaria.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#64
P
Pilar
/

Pregunta similar: Venta de piso a mí hijo

Mi hijo quiere comprar mi piso por el valor catastral de 105000€,que actualmente está alquilado. Este piso fue adquirido en 1988 junto con mi ex marido por unos 20000€ pero en el divorcio en 2015 pasó a ser de mi propiedad asumiendo yo los gastos pertinentes, está libre de cargas.

Me gustaría saber los gastos e impuestos que van a correr de mi parte por la venta o existiría otra posibilidad mejor como la donación, o alguna otra alternativa.

Gracias, saludos! 

A 1 persona le ha parecido útil
HelpMyCash
#65

Hola, Pilar

Los gastos que tendrían que asumir por una compraventa tradicional son:

Los gastos e impuestos que tendrían que asumir en el caso de una donación son:

  • Donante o padre: IRPF por la ganancia patrimonial como si se tratase de una compraventa.
  • Donatario o hijo: debe asumir el impuesto de sucesiones, cuyo precio varía según la comunidad autónoma. Aunque, en algunas regiones existen importantes bonificaciones. Además, deberá pagar en este caso la plusvalía municipal.

Como puedes ver los impuestos que se deberán asumir en cada caso son bastantes similares, con la diferencia en que en una compraventa el vendedor quizás tiene una carga tributaria mayor, pero en una donación la tiene quien que recibe la donación. No obstante, hay que tener en cuenta que cada posibilidad tiene una serie de consideraciones legales. Es aconsejable que consultes tu situación con un experto legal o fiscal, ya que este te podrá indicar cuál es la mejor opción según tu caso concreto.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#66
A
Andres Cea
/

Pregunta similar: Amortizaciones en el calculo de adquisición de una vivienda

Que son las amortizaciones que aparecen a la hora de calcular el valor de adquisicion de una vivienda, en relacion al impuesto del incremento patrimonial?.

HelpMyCash
#67

Hola, Andrés:

Por definición, una amortización puede ser cualquier ingreso que compense los fondos invertidos. Por ejemplo, si quieres vender un piso que durante todo este tiempo lo has estado alquilando, las rentas anuales se consideran amortizaciones y deberás tenerlas en cuenta a la hora de calcular el IRPF. Si tienes más dudas al respecto, puedes consultarlo con un experto fiscal.

Saludos,

Paula

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HelpMyCash
#68

Hola, Susana:

Para el cálculo del IRPF se tienen en cuenta el precio de venta y el precio de adquisición (donde estaría incluida la cuantía del préstamo hipotecario). Más precisamente, para calcular el incremento patrimonial debes restar el valor de adquisición al valor de venta. A su vez, existe una exención por reinversión en vivienda habitual que, según describes, podría eximirte de pagar IRPF. A grandes rasgos, establece que si vendes tu vivienda habitual y reinviertes todo el dinero en una nueva vivienda habitual, no tienes que pagar este tributo. Para que la casa sea considerada como tal, debes haber vivido en ella durante los 3 años anteriores a la venta.

Aquí puedes encontrar la explicación de las exenciones del IRPF al vender un piso con más detalle.

La plusvalía municipal, en cambio, grava el incremento en el valor del suelo desde que compramos la vivienda hasta que la vendemos, así que en principio sí tendrías que pagar este impuesto. Aquí encontrarás una herramienta para calcular la cuota aproximada de plusvalía municipal.

En definitiva, es probable que no tengas que pagar IRPF, pero sí plusvalía municipal.

¡Espero haberte ayudado! No dudes en consultarnos si tienes más inquietudes.

Saludos,

Paula

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#69
J
Josxd
/

Entiendo que las rentas se suman al valor de transmision porque son una ganancia . Los gastos se deducen a parte.

#70
H
Helper_1008754094
/
Pregunta similar: Venta de local comercial: gastos, impuestos y deuda con la comunidad

Hola, estoy por vender una tienda con una deuda de la comunidad + ibi. El comprador esta dispuesto a asumir los gastos siempre que conste bajo notario y a mi se me haría un cheque con la diferencia de esos gastos. alguien alguna vez ha hecho algún procedimiento parecido y sabe si es así lo normal? Gracias 

HelpMyCash
#71

Hola, Helper:

La posibilidad de vender el piso con cargas y que estas se descuenten del precio de compraventa sí es habitual. En este caso, la carga recae sobre la propiedad. Por lo tanto, el notario tendrá que expresar en la escritura de compraventa que el inmueble contrae una deuda con la comunidad de propietarios de determinada suma de dinero y que el comprador descuenta esta cuantía del precio de compraventa con el fin de saldar la deuda. 

¡Espero haberte ayudado!

Un saludo,

Paula

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#72
H
Helper_1008754094
/

Gracias Paula. Ahora me han hecho saber que tengo que pagar una plusvalía y vendo a pérdidas. No sé si puedo evitar ese cobro. El caso será averiguarlo en el ayuntamiento supongo, que me decís?

HelpMyCash
#73

citando a Helper_1008754094 Gracias Paula. Ahora me han hecho saber que tengo que pagar una plusvalía y vendo a pérdidas. No sé si puedo evitar ese cobro. El caso será averigu...

Hola, de nuevo:

El pago de la plusvalía municipal cuando se vende un piso o, en este caso, un local comercial con pérdidas es complejo. De manera general, el Tribunal Constitucional ha establecido que obligar al pago de la plusvalía cuando se vende por un valor inferior al que se compró es inconstitucional. Sin embargo, aunque se ha intentando, no se ha podido legislar al respecto, salvo en el País Vasco y en Navarra. Por todo esto, los ayuntamientos continúan cobrando este tributo y añadiendo intereses por mora si no lo liquidas a tiempo.

Lo que sí podrías hacer, por ejemplo, es pagarla y luego recurrir la liquidación de la plusvalía. Pero no podría asegurarte el resultado positivo de este procedimiento. En definitiva, sí te aconsejo que hables en el ayuntamiento y, si lo deseas, con un abogado.

Si tienes una respuesta del ayuntamiento, puedes volver a escribirnos aquí para saber qué tipo de solución te ofrecen. Es un tema sobre el que recibimos consultas habitualmente, por lo que podría ayudar a otros usuarios.

¡Un saludo!

Paula

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#74
H
Helper_1008754094
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Hola paula. La escritura la firmo mañana, y ahora he leído sobre la anulación de la plusvalía. No sé que hacer para evitar el pago. Me espero y no firmo todavía la escritura?

HelpMyCash
#75

citando a Helper_1008754094 Hola paula. La escritura la firmo mañana, y ahora he leído sobre la anulación de la plusvalía. No sé que hacer para evitar el pago. Me espero y no...

Hola, de nuevo:

¡Siento mucho la demora en mi respuesta! ¿Has firmado la escritura finalmente? Según los expertos, quienes hicieron la transmisión entre el 26 de octubre y hoy (que entra en vigencia el BOE que regula el nuevo método de cálculo de la plusvalía), no tendrían que pagar este impuesto. Sin embargo, te aconsejo que consultes con un experto en fiscalidad, o bien, con un abogado para tener una respuesta más precisa.

Saludos,

Paula

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#76
H
Helper_1008754094
/

hola Paula.A final retrasé la firma ante notario visto lo sucedido con la plusvalía. Ahora que se sabe que a pérdidas no se paga, la cuantía irá a mi cuenta. 

#77
H
Helper_1008754094
/

Hola Paula. Finalmente firmé. Consta el la escritura que el comprador paga la comunidad y el ibi. MI duda es la siguiente. Después de recibir la transferencia que me corresponde se me debe notificar de los pagos que hace el comprador a la comunidad que son 10mil y del ibi? Porque no me han dicho nada, simplemente me fui con una note simple de la escritura. Gracias

HelpMyCash
#78

citando a Helper_1008754094 Hola Paula. Finalmente firmé. Consta el la escritura que el comprador paga la comunidad y el ibi. MI duda es la siguiente. Después de recibir la tr...

¡Hola, de nuevo!

Enhorabuena por la firma de la escritura. Lo ideal sería que te enviaran los comprobantes de pago para que tú estés tranquilo. Ahora bien, con respecto a las deudas con la comunidad, en el supuesto de que el comprador no las pague, la Ley de propiedad horizontal establece que este tendría que responder con la propiedad. Es decir que no te reclamarían a ti este pago, sino que se "cobraría" con la propia vivienda. 

En referencia al IBI, si consta en la escritura que han acordado que el comprador asuma ese pago, entiendo que no tendrías problema. Pero como por ley, de manera general, es el propietario al día 1 de enero quien tendría que pagarlo, creo que estaría bien pedir el comprobante así te olvidas del asunto.

De cualquier manera, este es un punto de vista. Te aconsejo que lo consultes con un experto inmobiliario para tener una respuesta definitiva.

¡Saludos!

Paula

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#79
H
Helper_1008754094
/

Hola paula. Finalmente he recibido por parte del comprador un justificante del pago del ibi y estoy a la espera de uno de la comunidad. Por último me han hecho pagar una condición resolutoria que no sé si me tocaba a mi o al comprador pero ante la necesidad de cerrar la compra venta la he asumido.

#80
F
Francisco Javier Lasala Gonzalez
/

Pregunta similar: Impuestos venta vivienda de piso con 3 titulares

Hola buenas tardes quisiera hacerles una consulta sobre un piso que voy a vender por irme a una residencia.

La cuestión es que hace 3 años enviude y mis dos hijas se tuvieron que hacer herederas de la parte de su madre y ya se liquido todo en su momento.

Por lo que estoy viendo en esta pág. yo al ser mayor de 65 años y la venta corresponder a una vivienda habitual no tendría que pagar nada de IRPF, pero mis hijas tendrían que pagar IRPF siendo que la totalidad del dinero me la voy a quedar yo

En caso de que mis hijas tengan que pagar IRPF la vivienda la compre en 1.962 ellas tendrían derecho al porcentaje de abatimiento como pone anterior mente por haber sido adquirida antes de diciembre de 1966

A la espera de su respuesta, reciban un cordial saludo

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