Hola. mi hermana y yo hemos heredado la casa de nuestra abuela que está en alcalá de henares y la queremos vender pero vivimos en Toledo ¿donde tenemos que pagar el impuesto?
Pregunta similar: Impuestos venta piso
Hola,vamos a vender una casa de herencia por mis padres en 130000€, la casa tiene un valor de150000€,quisieras saber que me tocaría pagar a Hacienda por la venta(repartimos 48000€ dos hermanos y 34000€ otro),ya que me han dado diferentes versiones y realmente no sé a quién hacer caso.Gracias
Hola, Juan:
Gracias por compartir tu consulta. No sé si entiendo bien pero ¿el valor de venta de la vivienda será de 130.000 y el valor de referencia del Catastro es de 150.000€? ¿Ya habéis pagado el impuesto de sucesiones o todavía no habéis terminado con los trámites de la herencia?
El cálculo del IRPF en caso de herencia se hace restando al valor de venta el valor declarado en el impuesto de sucesiones. A su vez, a partir de enero de 2022, el impuesto de sucesiones se debe declarar por el valor más alto de estos dos: el valor de referencia del Catastro o el valor declarado en la escritura de aceptación de la herencia. Luego, como el IRPF es un impuesto personal, cada uno de vosotros debería declarar la parte proporcional que les corresponde.
En cuanto a la plusvalía municipal, los métodos de cálculo cambiaron en noviembre. Aquí puedes calcular cuánto os tocaría pagar por este tributo. Ten en cuenta que, en este caso, todos los copropietarios estáis obligados a pagarlo de manera solidaria. Esto significa que si un heredero no paga su parte, la Administración podría reclamar la deuda a los otros copropietarios. Por eso, lo mejor es liquidar la plusvalía con el dinero de la venta y luego repartir las ganancias.
Espero que esto responda a tu pregunta. Si no lo hace, puedes volver a consultarnos sin problema. No obstante, te aconsejo siempre que llames a la oficina de Hacienda de tu localidad para tener una respuesta oficial. Así evitarás cualquier tipo de inconveniente.
Saludos,
Paula
Hola, Helper:
Según la nueva normativa, si vendiste tu piso con pérdidas luego del 10 de noviembre no tendrías que pagar la plusvalía municipal, pero sí puede que te exijan la liquidación a cero. Mi consejo es que vayas al ayuntamiento para aclarar la situación y que lleves los documentos que demuestren que la venta no representó ninguna ganancia para ti. Quizás te reclamen dichos 700€ basándose en el antiguo método de cálculo.
De todos modos, siempre te aconsejo que consultes con un experto en Derecho Tributario, quien podrá darte una respuesta más precisa en caso de liquidaciones indebidas.
Un saludo,
Paula
Quiero saber si ha variado la reforma de Montoro de 1995 sobre el IRPF a pagar por el que vende el piso heredado
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1.Cuál es el precio de compra para calcular lo que pagar por incremento patrimonial?.
- 2. En caso de que la vivienda fuera la habitual, en caso de reinvertir para vivienda habitual, si se reinvierte el beneficio ocasionado por la venta, el resto paga irpf, o está exento???
Hola, Tono:
Gracias por compartir tu consulta. En relación con el IRPF por la venta de una vivienda heredada, el valor de "compra" es el que has declarado al liquidar el impuesto de sucesiones.
Con respecto a tu segunda pregunta, no me queda claro a qué te refieres con "el resto". Si puedes aclarármelo, te podré dar una respuesta más precisa. Así y todo, si la vivienda que vendes era la habitual y reinviertes todo el dinero (contemplando los gastos) en otra vivienda habitual, estarás exento de pagar IRPF.
Espero haberte ayudado.
Un saludo,
Paula
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La vivienda a vender ha sido adquirida por herencia, en la adjudicación se puso un importe en que la valoramos, con ese importe pagamos el impuesto correspondiente.
Mi pregunta es la siguiente, este importe que nosotros pusimos en la adjudicación es el que tenemos que tener en cuenta para la venta posterior, en el irpf y de plusvalía municipal?
Muchas gracias
Hola, Helper:
Gracias por compartir tu consulta. Sí, para declarar el IRPF por la venta de una vivienda heredada debes considerar como valor de adquisición el que has declarado en el impuesto de sucesiones. De todas formas, siempre os recomiendo contactar con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial.
¡Espero haberte ayudado!
Un saludo,
Paula
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Buenas tardes.
Vendo una casa heredada en 2017, por 200000€ en Sevilla. Mi padre la construyó en el año 1975, y no tengo ni idea cuanto le costó construirla.Yo pagué un impuesto al heredar de 4000€ aprox. Que porcentaje de impuestos tengo que pagar al venderla?.
Hola, Helper:
Gracias por compartir tu consulta. En este caso, en todos los casos donde los impuestos requieran descontar el "valor de adquisición", debes tener en cuenta el valor que declaraste en el impuesto de sucesiones, que es el que pagaste cuando heredaste el piso.
En cuanto al porcentaje exacto, depende de varios factores, como el tipo que apliquen en Sevilla y tu tramo de ganancias. Te dejo a continuación dos herramientas que creo que será útiles:
- Calculadora de plusvalía municipal. Aquí solo tienes que completar los datos y te enviamos un informe con la cantidad estimada que te toca pagar. Es gratis.
- Guía para calcular el IRPF. Te explicamos paso a paso cómo calcular el IRPF.
¡Espero que te ayude!
Un saludo,
Paula
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Puedo vender un inmueble heredado antes de completar el pago fraccionado del impuesto de sucesiones?
Hola, Angel:
Gracias por compartir tu consulta. A priori, sí puedes, puesto que permiten inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad con el comprobante del pago fraccionado. En efecto, es bastante habitual vender la casa heredada para pagar posteriormente el impuesto de sucesiones con la ganancia.
No obstante, te recuerdo que esta información es orientativa y que la mejor forma de obtener una respuesta oficial es comunicándote con la Agencia Tributaria. Puedes encontrar sus números de teléfono en la web.
Espero haberte ayudado.
Saludos,
Paula
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Herederos la legitima de mi padre y mi madre el resto vendió el piso se escritura según tasación en 150000 y a los 3 meses se vendió en 135000 15 euros por debajo de tasación tengo 1/12 parte de la venta y tengo que declararlo pero no se como ponerlo en la declaración me dicen que es a perdidas y no tengo que declarar otros que tengo que declarar lo percibido hay dos casilla adquisición y venta que tengo que poner?
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Me pueden ayudar con esta duda
he vendido un piso heredado y mi duda es referente al irpf que debo pagsr
la casa en el momento de la herencia la valoramos y pagamos todo los impuestos por 120000 euros y yo la he vendido por 123000
cual es el irpf que debo abonar
la diferencia de esos dos valores, irpf sobre 3000 euros ?
muchss gracias
Mic
Hola, Andrés:
Gracias por compartir tu consulta. Creo que estás bien orientado en cuanto al valor de adquisición, que es el valor declarado en la herencia menos más los impuestos (según entiendo, 1200.000€). Pero el valor de transmisión no es solo el precio de venta, a ello puedes restarle, por ejemplo, lo que pagaste o pagarás de plusvalía municipal por la venta o la comisión inmobiliaria si es que has contratado una para llevar a cabo la operación.
Aquí te explicamos con más detalle cómo calcular el IRPF por la venta de una vivienda.
MUY IMPORTANTE que tengas en cuenta que esta información solo es orientativa. Te aconsejo ponerte en contacto con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial. Puedes encontrar sus números de teléfono en la web.
¡Espero que te ayude!
Saludos,
Paula
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Buenas tardes. Por fallecimiento de mi madre en 2009 heredé una casa en Lugo y el valor en el ISD, liquidado en 2009, fue 180.000E. La vendo ahora, en 2022, pero por 110.000 E. En Enero de 2022 se estableció el valor de referencia de los inmuebles a los efectos de liquidación de varios impuestos. Sin embargo yo liquidé el ISD en 2009, aunque aún no he hecho cambio de la escritura, que sigue estando a nombre de mi madre. ¿Cuál sería el valor de adquisición a considerar para el IRPF de 2022, a declarar en 2023? Muchas gracias
Hola, aplicadaeconomía:
Gracias por compartir tu consulta. Desde nuestro punto de vista, el valor que tendrías que tener en cuenta para calcular el incremento patrimonial es el declarado en la escritura de aceptación de la herencia. El valor de referencia del Catastro, a priori, solo se utiliza como base imponible para declarar el impuesto de sucesiones y donaciones y el impuesto de transmisiones patrimoniales en caso de adquirir una vivienda. De todos modos, te aconsejo que te pongas en contacto con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial.
Saludos,
Paula
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Mi esposa heredó un inmueble al 50 por ciento con una hermana. La herencia fue hace 20 años. En su momento no se líquido el impuesto sobre sucesiones. Ahora ha vendido siu parte a su hermana. Cual deberá ser el importe a poner como valor de adquisición?
Hola, Miguel:
Si no habéis pagado impuesto de sucesiones, puede que se tome en cuenta el valor declarado en la escritura de aceptación de la herencia. De todos modos, en HelpMyCash no somos expertos fiscales, por lo que te aconsejo que te pongas en contacto con la Agencia Tributaria.
Espero que puedas resolverlo.
Saludos,
Paula