Reclamar que me quiten el suelo de la hipoteca es un hit hoy en dia

Reclamar que me quiten el suelo de la hipoteca es un hit hoy en dia

Reclamar que me quiten el suelo de la hipoteca es un hit hoy en dia

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A
AINHO2202
/

Hoy voy a realizar una petición cordial al BBVa para que miren mi caso, des del 2005 tengo hipoteca con ellos, tengo un diferencial del 0.60 por tener plan de pensiones, seguro del hogar y nominas, y me pusieron un suelo del 2.5% por lo que he leído no esmuy alarmante pero he pagado de más casi 5.600 euros, y aunque a día de hoy tenga empleo si me quedo sin no podre asumir una hipoteca tant elevada, solo quiero que me quiten el suelo a fecha de hoy dejaría de pagar 120 euros que buenos són para otros gastos familares, por algun foro he leído que el BBVA en el 2011 quito el suelo de aquellos que se lo pidieron, se que tengo el NO pero quiero luchar por mis derechos, lo ilogico de todo es que haya una ley del CONSUMIDOR que no la cumplen y no se penalice por ello. Y creo que es culpa una vez más de los partidos políticos que hacen leyes para los empresarios para fastidiar a la clase trabajadora y no obligan a cumplir leyes a los bancos!!!!!! Solo quiero saber si alguien, cliente del BBVA ha conseguido que le quiten el suelo pero a que precio....saber de que más gente lo ha conseguido me da más fuerza para imponer mi petición. Gracias, Aïnhoa (Girona)

182 respuestas
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#21
M
MTG
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Pregunta similar: podrían ayudarme con una carta de reclamación del suelo hipotecario?

Podrian ayudarme en el texto para enviar a mi sucursal una carta de reclamación del suelo hipotecario. lo haré en atención al cliente, ya que el director de mi sucursal, siempre tiene negativas hacia mí. gracias
#22
A
Anónimo
/
A MTG: ahí te paso una que vi en otra web cuando la buscaba para la hipoteca de mi hermano. Espero que a ti también te sirva!!!

Banco/ Caja.............

Oficina.............

A/Att.

Sr. Director 
En..................., a........ de........... de 20..

Distinguido Sr. Director:Me dirijo a usted como titular del préstamo/crédito en cuyo contrato la entidad ha incorporado una cláusula de límite mínimo a la variación del tipo de interés aplicable, estableciendo un interés nominal anual mínimo del.... por ciento. A efectos de facilitarles una completa y más rápida identificación, acompaño fotocopia de un recibo de dicho préstamo/crédito.

A este respecto, indicarles que la mencionada cláusula, coloquialmente conocida como “cláusula suelo”, comporta un desequilibrio contractual importante que desvirtúa la esencia misma del contrato de préstamo a interés variable suscrito, que no es otra que el tipo de interés varíe en función de las fluctuaciones del mercado conforme al índice pactado. Con la incorporación de esta cláusula a mi contrato, la variabilidad del tipo de interés pretendida desaparece para convertir al préstamo en la práctica en una operación a interés fijo y que, en todo caso, se utiliza para lograr un incremento artificial del tipo de interés ante las tendencias bajistas del mercado hipotecario, en perjuicio de mis intereses como consumidor y correlativa ganancia de esa entidad como prestamista.

Estas meras consideraciones convierten la citada cláusula en abusiva por aplicación del artículo 82 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y por tanto ha de ser sancionada con la nulidad de pleno derecho y tenerse por no puesta en el contrato.

A estos mismos efectos, resulta necesario significarles que incluso el legislador, consciente del carácter abusivo de esta cláusula, ha tomado cartas en el asunto, de manera que el Pleno del Senado ha aprobado por unanimidad, en fecha 23 septiembre de 2009, una moción del Grupo Parlamentario Popular en la que se reclama al Gobierno la puesta en marcha de medidas que eviten el abuso de algunas entidades bancarias por la aplicación de estas cláusulas, habiéndose iniciado los mecanismos necesarios para ello.Por todo lo expuesto, y dado que lamentablemente el Banco/Caja.......... decidió incorporar en mi contrato de préstamo esta cláusula de límite mínimo de tipo de interés, por medio del presente escrito, LES REQUIERO:

PRIMERO.- La inmediata inaplicación de la cláusula de limitación mínima de la variación del tipo de interés de mi contrato de préstamo/crédito (cláusula suelo), al objeto de que la próxima cuota a satisfacer se calcule conforme al índice de referencia pactado, vigente a la fecha pactada, y con el margen diferencial pactado.

SEGUNDO.- El recálculo de las cuotas satisfechas en el préstamo, desde la fecha de la primera revisión hasta la última cuota abonada, aplicando el tipo de interés de referencia pactado en cada momento y el diferencial pactado. Acto seguido, procedan a abonar en mi cuenta (la misma en la que está domiciliado el abono del préstamo) el importe resultante de la diferencia entre la cantidad abonada por mí conforme a esa cláusula de límite mínimo de tipo de interés y la que realmente hubiera debido abonar sin esa barrera

TERCERO.- Si pasados 30 días desde la recepción de la presente no obtengo respuesta en contrario por escrito suficientemente razonada, se entenderá que han aceptado la propuesta de inaplicación de la cláusula de suelo, lo que deberá reflejarse en el importe de la próxima cuota, y la devolución de las cantidades indebidamente cobradas que deberán hacerse efectivas sin demora en mi cuenta.En caso de denegarme la legítima petición que formulo a través del presente escrito, me reservo expresamente el ejercicio de las acciones extrajudiciales o judiciales que me correspondan, bien individualmente bien a través de las acciones colectivas que en su caso se ejerciten, y que conllevarán además la solicitud de una indemnización por los daños y perjuicios causados.

Sin otro particular, y a la espera de una respuesta por su parte que confío sea favorable a las pretensiones formuladas -en aras a resolver este contencioso por la vía amistosa, sin acudir a otras vías-, reciba un cordial saludo,

Nombre y domicilio Recibido y conforme (sello de la entidad)

DNI y firma

ANEXO:. Se deberá acompañar de fotocopia de un recibo del préstamo.  
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#23
M
majipul
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BBVA-Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Oficina (Sevilla) A/Att. Servicio de Atención Al Cliente En Sevilla, a 30 de enero de 2012 Estimados señores del departamento de Atención al Cliente, me dirijo a Vds., por este medio que espero sea el adecuado para que si en su derecho procede, conozca y resuelva la siguiente reclamación, al amparo de lo estipulado en la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras (publicada en el Boletín Oficial del Estado de 24 de marzo de 2004): Por la presente, nosotros: Nombre 1, con DNI: xxxxxxxx, Nombre 2, con DNI: xxxxxxxx y Nombre 3, con DNI: xxxxxxxx, con domicilio, a efecto de notificaciones, en Sevilla, calle, como titulares del préstamo nº tramitado en su oficina, Nos dirigimos a ustedes en nuestra condición de titulares de un préstamo con garantía hipotecaria contratado con esta entidad, en cuyo contrato esta entidad ha incorporado una cláusula que impone un límite a la Variabilidad del tipo de interés, de forma que éste nunca podrá resultar inferior al tipo mínimo que la propia entidad unilateralmente ha fijado (la ya conocida “cláusula suelo”). Recordarles: Que reconociendo por nuestra parte que la cláusula es válida, les recordamos que lo que es ilegal es la falta de reciprocidad entre el suelo y el techo ya que solo beneficia al banco y una cláusula que beneficie solamente a una de las partes se considera abusiva , tal como indica el Artículo 82 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre y especialmente lo que indica el punto 1 del Artículo 83, Nulidad de las cláusulas abusivas e integración del contrato: “Las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas” y especialmente el Artículo 82, el cual dice que, una cláusula que solo sea beneficiosa para una de las partes, es una cláusula abusiva y por tanto sancionable. El Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), por ser un banco regulado por el Banco de España, está sujeto a esta ley de consumo. También ponemos en su conocimiento que recientemente el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, ha dictado sentencia en la cual ha declarado nula por abusiva dicha cláusula suelo, ya que el Juzgado entiende que hay una clara desproporción entre las posiciones de ambas partes contratantes, respecto del suelo y techo, y como consecuencia genera un "importante desequilibrio entre las prestaciones de las partes derivadas del contrato como consecuencia de la inclusión de la cláusula suelo". No debemos olvidar como su señoría destaca que la inclusión "es fruto de una actuación contraria a la buena fe" por parte del BBVA. Y que a su vez: Este banco BBVA, está obligado a trabajar según la “Orden de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios” y el incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Orden podrá ser sancionado de acuerdo con lo previsto en la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito. EXPONEMOS Primero.- En nuestro préstamo nº tenemos un límite mínimo de Euribor de 2,25% (la llamada cláusula suelo), al cual hay que sumarle el diferencial (0,90%), y un límite máximo de Euribor del 15% (el llamado techo). Comprobamos que nos queda un límite mínimo de Euribor a 3,15%, y un límite máximo de Euribor a 15%. En los 12 años que el Euribor lleva vigente, su valor más alto ha sido 5,393% en Julio de 2008 y el más bajo fue en Marzo de 2010 a 1,215%. Indicarles que, las revisiones las tenemos semestrales, en Febrero y en Agosto. Dicha cláusula mínima comenzó a afectarnos desde Agosto de 2009, desde entonces llevamos 5 revisiones pagando las cuotas con Euribor de 2,95%, y en todo este tiempo ni se ha acercado al 2,25% que tenemos como mínimo. A este respecto, indicarles que la mencionada cláusula, comporta un desequilibrio contractual importante, pues nosotros tenemos por contrato un interés variable (precisamente para poder beneficiarnos de las bajadas del Euribor) mientras que con esta cláusula mínima, nos están imponiendo un interés fijo con el que el único beneficiado es el banco. Estas meras consideraciones convierte la citada cláusula en abusiva por aplicación del artículo 82 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y por tanto ha de ser sancionada con la NULIDAD DE PLENO DERECHO y tenerse por no puesta en el contrato. Segundo.- Que no se no ha hecho entrega de la escritura del préstamo hipotecario y de la Oferta Vinculante, firmados en la notaria de, en Sevilla, el pasado día de 2006 y que nos costó 301 € por la tramitación de esa documentación y que lógicamente se nos somete a una desinformación continuada, dados que los datos que tenemos han sido facilitados por el director de la oficina y que además de la indefensión que nos impide conocer que se cumplen la “Orden de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios” y el incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Orden podrá ser sancionado de acuerdo con lo previsto en la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito. Tercero.- En la negociación del préstamo, bajo la dirección de D. Fulano de tal, se pactó un interés equivalente al Euribor + diferencial, siendo este del 0.85 y un interés fijo de salida durante tres meses del 3.90 y la realidad es otra: el diferencial es el 0.90 y el interés de salida fue del 4.15 y hay un suelo del 2.25 y un techo de 15%, se adjunta nota manuscrita de aquellos acuerdos, que con buena fe creímos que era lo que firmábamos, salvo la cuantía que se aumentó para facilitar la liquidez necesaria para gastos y seguros. Siendo este el único documento que tenemos. POR TODO LO EXPUESTO, dado que lamentablemente su Banco BBVA ha decidió incorporar esta cláusula de límite mínimo de tipo de interés en mi contrato de préstamo nº Y ESPECIALMENTE POR la falta de reciprocidad entre la cláusula suelo y techo y por tanto es una cláusula abusiva, por no haberme entregado la escritura del préstamo hipotecario y por no habernos entregado la Oferta Vinculante en las condiciones que establece el punto 2 del Artículo 7 del citado Real Decreto. Este banco BBVA, está obligado a trabajar según la “Orden de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios” y el incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Orden podrá ser sancionado de acuerdo con lo previsto en la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito. SOLICITAMOS: PRIMERO.- La inmediata inaplicación de la cláusula de limitación mínima de la variación del tipo de interés (cláusula suelo), de mi contrato de préstamo nº al objeto de que la próxima cuota a satisfacer se calcule conforme al índice de referencia pactado, vigente a la fecha pactada, y con el margen diferencial pactado. SEGUNDO.- El recalculo de las cuotas satisfechas en el préstamo, desde la fecha de la primera revisión hasta la última cuota abonada, aplicando el tipo de interés de referencia pactado en cada momento y el diferencial pactado. Acto seguido, procedan a el importe resultante de la diferencia entre la cantidad abonada por mí conforme a esa cláusula de límite mínimo de tipo de interés y la que realmente hubiera debido abonar sin esa barrera. TERCERO.- Si pasados 30 días desde la recepción de la presente no obtengo respuesta en contrario por escrito suficientemente razonada, se entenderá que han aceptado la propuesta de: Inaplicación de la cláusula de suelo, lo que deberá reflejarse en el importe de la próxima cuota, y la devolución de las cantidades indebidamente cobradas que deberán hacerse efectivas sin demora en mi cuenta. En caso de denegarme la legítima petición que formulo a través del presente escrito, me reservo expresamente el ejercicio de las acciones extrajudiciales o judiciales que me correspondan, bien individualmente bien a través de las acciones colectivas que en su caso se ejerciten, y que conllevarán además la solicitud de una indemnización por los daños y perjuicios causados. LES RECORDAMOS que como recoge en su artículo nº1 ,el reglamento para el defensor del cliente de BBVA en España: “Todas las entidades, sucursales y centros operativos del Grupo BBVA que prestan servicio al cliente han de esforzarse en atender con amabilidad y prontitud sus reclamaciones y quejas, resolviéndolas favorablemente siempre que sean fundadas y puedan hacerlo dentro de su ámbito de competencia, adoptando las medidas que eviten su repetición en el futuro y esforzándose en proporcionar el servicio que el cliente espera de un grupo financiero como BBVA.” Y de momento nosotros no nos sentimos tratados como un cliente se merece. Sin otro particular, y a la espera de una respuesta por su parte que confío sea favorable a las pretensiones formuladas -en aras a resolver este contencioso por la vía amistosa, sin acudir a otras vías-, reciba un cordial saludo, Atentamente, YO Recibido y conforme (sello de la entidad) espero que te sea de ayuda
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#24
F
fisbu
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Una Carta-tipo, para Cajamar, por favor,gracias.
#25
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M.Araceli
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Hola a mi me pasa igual que a vosotros tengo mi Hipoteca en el BBVA con suelo 2,5%+0,5 y techo 15%, me gustaria poder solucionar este tema. Os dejo mi email para que os pongáis en contacto conmigo cheliuska@gmail.com me gustaría saber que tipo de carta se puede entregar al banco o si existe la posibilidad de entregarla a algún otro sitio para hacer más fuerza. Muchas gracias.
#26
K
kiro6110
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GRACIAS ME HA AYUDADO
#27
K
kiro6110
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citando a majipul BBVA-Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Oficina (Sevilla) A/Att. Servicio de Atención Al Cliente En Sevilla, a 30 de enero de 2012 Estimados s...
GRACIAS ES UNA BUENA REFERENCIA MUY BUENA
#28
M
MERCEDES FLORES
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Yo tengo esta otra, que he sacado del programa de Radio El Público a través de Faceebook. Si alguna persona tiene alguna en concreto que haya dirigido a CaixaBank , le agradecería me la facilitaran. Gracias SERVIcIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Distinguido Sr. Director: Me dirijo a usted como titular del préstamo Nº, …………… cuyo contrato la entidad ha incorporado una cláusula de límite mínimo a la variación del tipo de interés aplicable. A efectos de facilitarle una completa y más rápida identificación, acompaño fotocopia de un recibo de dicho préstamo. AQUÍ FOTOCOPIAR INSERTANDO IMAGEN A este respecto, indicarles que la mencionada clausula, coloquial mente conocida como “cláusula suelo”, comporta un desequilibrio contractual importante que desvirtúa la esencia misma del contrato de préstamo a interés variable suscrito, que no es otra que el tipo de interés varíe en función de las fluctuaciones del mercado conforme al índice pactado .Con la incorporación de esta cláusula a mi contrato, la variabilidad del tipo de interés pretendida desaparece para convertir al préstamo en la práctica en una operación a interés fijo y que, en todo cosa ,se utiliza para lograr un incremento artificial del tipo de interés ante las tendencias bajistas del mercado hipotecario, en perjuicio de mis intereses como consumidor y correlativa ganancia de esa entidad como prestamista. Dicha cláusula debe cumplir con lo estipulado en la ley General para Defensa de los Consumidores y Usuarios. En particular, todas las cláusulas mediante las que se articule los sistemas de cobertura no podrán ser abusivas según definición del artículo 82 de dicha ley o de lo contrario podrán ser declaradas nulas por tribunales. Por todo lo expuesto, y dado que su entidad decidió incorporar en mi de préstamo esta cláusula de límite mínimo de tipo de interés, por medio de préstamo escrito, LES REQUIERO: PRIMERO.- La inmediata in aplicación de la cláusula de limitación mínima de variación del tipo de interés de mi contrato de préstamo (cláusula suelo), al objeto de que la próxima cuota a satisfacer se calcule conforme al índice de referencia pactado, vigente a la fecha pactada, y con el margen diferencial pactado. SEGUNDO.- El re cálculo de las cuotas satisfechas en el préstamo, desde la fecha de la primera revisión hasta la última cuota abonada, aplicando el tipo de interés de referencia pactado en cada momento y el diferencial pactado. Acto seguido, procedan a abonar en mi cuenta (la misma en la que está domiciliado el abono del préstamo) el importe resultante de la diferencia entre la cantidad abonada por mi conforme a esa cláusula de límite mínimo de tipo de interés y la que realmente hubiera debido abonar sin esa barrera. TERCERO.- Si pasado 30 días desde la recepción de la presente no obtengo respuesta en contrario por escrito suficientemente razonada, se entenderá que han aceptado la propuesta de in aplicación de la cláusula suelo, lo que deberá reflejarse en el importe de la próxima cuota, y la devolución de las cantidades indebidamente cobradas que beberán hacerse efectivas sin demora en mi cuenta. En caso de de-negarme la legítima petición que formulo a través del presente escrito, me reservo expresamente el ejercicio de las acciones extrajudiciales o judiciales que me correspondan, bien individualmente bien a través de las acciones colectivas que es su caso ejercite la Fundación Youbank, y que conllevarán además la solicitud de una indemnización por los daños y perjuicios causados. Sin otro particular, y a la espera de una respuesta por su parte que confío sea favorable a las pretensiones formuladas en aras a resolver este contencioso por la vía amistosa, sin acudir a otras vías, reciba un cordial saludo Fdo.: Firma, fecha del recibí y sello de la entidad
#29
J
javichitoto
/
Pregunta similar: Es posible reclamar dinero cobrado demas por anulacion de la clausula suelo?

Hola, quisiera saber si en base a las ultimas sentencias favorables sobre devolucion de dinero cobrado demas por los bancos por la clausula suelo, la posibilidad es real o solo dependera del juez que te toque. Un saludo, gracias.
HelpMyCash
#30
Hola, Javi.

La sentencia del Tribunal Supremo (la más relevante en este sentido) no habla de devolución de lo cobrado de más, sólo lo han hecho algunas sentencias aisladas. En todo caso, se trata de un tema judicial por lo que es difícil decir con seguridad qué podría pasar.

¡Suerte!

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#31
A
Alexvar
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Pregunta similar: Puedo reclamar suelo de la hipoteca???

Buenos días, Tengo des de septiembre del 2009 una subrrogacion de hipoteca de promotor,en el cual me especifica en la hipoteca que el interes nunca me bajara de un 3% y nunca me subirá más de un 19%. Esto es una cláusula suelo verdad?...ahora tengo 292.000€ de hipoteca y pago 1200,82€ cada mes... Le lleve una carta al director del banco para reclamar esta cláusula suelo,me la firmo y sello....pero lo único que me ha dicho es que al ser una subrrogacion lo tengo muy difícil,y que hasta el 2011 no era obligatorio una oferta vinculante a la hipoteca,y me dijo también...que me esperara a finales de agosto a ver si había más información al respecto....ya que el banco de España estaba poniendo cartas sobre el asunto pero que como cada día se comenta algo diferente...por el momento lo mejor que hay es Esperar....la verdad... Que puedo hacer??? Muchas gracias!
HelpMyCash
#32
Hola, Alexvar.

Francamente, esto de que por ser una subrogación lo tendrás más difícil nos suena a cuento chino. Si tu banco no es uno de los que retira el suelo automáticamente (BBVA, Cajamar y Novagalicia) deberías plantearte amenazar con una demanda judicial. Ten en cuenta que la mayor parte de las veces gana el usuario, por lo que el banco debería ser razonable en este sentido.

¡Suerte!

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#33
A
aporlabanca
/
Hola, lo primero que deberías ver es si el banco te facilitó oferta vinculante de las condiciones hipotecarias, y luego presentar un escrito de denunciar ante el Servicio de Atención al cliente bien fundamentada, para que te den una respuesta por escrito y que te sirva para poder ejercitar acciones legales por ese atropello. http://reclamaelsteusdrets.blogspot.com.es/
#34
C
cuik
/
Pregunta similar: Reclamar cláusula suelo de hipoteca ya pagada

Buenos días, Termine de pagar mi piso el año pasado en Junio, tras apretarnos el cinturon decidimos liquidar la deuda, pero los ultimos años tenia clausula suelo, me conviene reclamar judicialmente lo que pague de mas? que me aconsejais. y si fuera afirmativo, que coste tendria.

Gracias

HelpMyCash
#35

Hola, Cuik.

Para saber si te conviene reclamar, te aconsejamos que calcules primero cuánto has pagado de más a causa del suelo con esta calculadora.

Ten en cuenta que los gastos de abogados, procurador y tasas judiciales rondarán los 3.000 euros. Así que viendo las dos cifras, decide si vale la pena arriesgar.

Un saludo!

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#36
N
nito105c
/
Pregunta similar: Dónde reclamar el incumplimiento de la cláusula de suelo en las hipotecas y el irph

Tengo concedidas dos hipotecas, una de ellas con euribor con suelo. Hace un tiempo (obligados) me quitaron la cláusula suelo y pago menos, pero me he enterado que debería pagarme también dinero atrasado. La otra hipoteca les pregunté por qué no me habían quitado lo de la cláusula suelo y me contestó la de caja que esa hipoteca se regía por otro índice y no el euribor. Me gustaría saber si me puedo dirigir a OMIC o a otra entidad que puedan reclamarme lo que me corresponde y qué documentación debo aportar o exigirle al banco. Resido en Chiva (Valencia) y las hipotecas las tengo con Cajamar (anterior Caja Campo). Gracias

#37
J
Julián García
/

Hola nito105c,

Para que tengas claro los pasos que tienes que seguir para reclamar sobre una cláusula suelo, descárgate la guía gratuita de HelpMyCash sobre cómo reclamar al banco, en ella te explicamos que lo primero que tienes que hacer es dirigirte al SAC (Servicio de Atención al Cliente del banco de España), y te informaremos de los pasos sucesivos.

Además si quieres más información para redactar un escrito y solicitar una reclamación sobre la cláusula suelo, entraen el siguiente hilo del foro de hipotecas de HelpMyCash y encontrarás un modelo de carta de reclamación por suelo.

También puedes calcular ¿cuánto has pagado de más por la cláusula suelo?, con esta calculadora gratuita.

Mucha suerte. Un saludo!

#38
N
nito105c
/
Gracias, pero me gustaría saber si me podéis aconsejar algún gestor que me lo pueda gestionar(Valencia). Lo de la reclamación del suelo también es con el irph.? Me gustaría un gestor ya que el del banco(director) me dijo que la hipoteca de irph no se rectificaba, ni tampoco,evidentemente, que me tendrían que pagar el dinero que me han cobrado de más por lo del suelo.
#39
S
sergio mena
/
Pregunta similar: reclamacion al banco sobre la clausula suelo

hola mi pregunta es que e decidido dejar de pagar la hipoteca ya mee llegado 2 veces y lee puesto una reclamacion por dicha clausula y ni caso claro como pago ni caso e decidido dejar de pagar la hipoteca aber si quieren llegar a un acuerdo que me puede pasar

#40
M
Marta Rabal
/

Buenos días Sergio Mena,

Siempre puedes emprender acciones legales cuando se cumpla lo siguiente:

-Según la Ley 1/2013 de suelo, puedes reclamar los intereses que te han cobrado del suelo desde mayo de 2013. Esto lo podremos hacer cuando el banco no te haya informado nunca de que tenías la cláusula suelo o que no apareciera en la ficha de la hipoteca y siempre que la diferencia entre el techo y el suelo sea muy elevada.

-Si no te conviene ir a juicio porque crees que no te sale rentable siempre puedes intentar negociar con ellos a cambio de la contratación de algún seguro.

-También puedes acudir a la Oficina de Intermediación Hipotecaria de tu comunidad autónoma. http://www.abogacia.es/2012/06/21/oficina-de-inter...

Un saludo

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