FIN DE NOVACION POR CODIGO DE BUENAS PRACTICAS
FIN DE NOVACION POR CODIGO DE BUENAS PRACTICAS
ResponderB.día La novacion del prestamos hipotecario vence el 5/09/21 y me toca a pagar mensulamente 881. No se si pedir una ampliación de 5 años ya que son los que no he podido pagar x la novación. Estoy en el paro y me queda por jubilarme 4 años. Además tengo un ahorro y no se si pagar ahora para que me baje un poco la cuota o seguir ahorrando ese dinero. Qué me aconseja antes de ir al Banco?. Gracias por su atención. Saludos
Hola, MALU.
Por lo que nos cuentas, entendemos que tendrías problemas para pagar la nueva cuota. Por ello, lo más aconsejable sería lo siguiente:
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Tratar de acogerte otra vez al Código de Buenas Prácticas, pues legalmente es algo que se puede hacer. Si el banco no lo consiente, puedes tratar de llegar a un acuerdo para que te amplíe el plazo o para que te aplique una carencia de capital durante un tiempo (hasta que te jubiles, por ejemplo).
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Si eso no funciona, puedes plantearte la opción de usar una parte de tus ahorros para amortizar anticipadamente una parte de la hipoteca y reducir la cuota. Es la opción más barata (así también te ahorrarás intereses), pero tendrás un colchón de ahorros más pequeño para afrontar posibles imprevistos futuros.
Un saludo.
Buenas tardes, mi Hipoteca es del año 2006 Y me desgravó en mis declaraciones de la renta anteriores pero ahora si yo hago una amortización no sé si me beneficie ya que solo cobro subsidio de 450 €. Y el euribor está en negativo. Me beneficia hacer esto. Gracias x su amable atención
Hola, MALU.
Aunque estés en el paro, puedes seguir aplicando esa deducción si llevas a cabo una amortización anticipada de tu préstamo hipotecario. Ahora bien, desconocemos cuánto te beneficiaría desgravar por la hipoteca, dado que no tenemos tus datos tributarios. Por ello, quizás lo más adecuado es que traslades tu consulta directamente a Hacienda o a un gestor.
Un saludo.
Muchas gracias x la información, son de gran ayuda sus comentarios. Un saludo
Hola. Compré un piso con mi pareja, y aunque lo estoy pagando yo pusimos al 50/50 porque se suponía que ella iba a aportar algo. No ha sido así, salvo una pequeña cantidad inicial.
Ahora nos hemos separado (no estamos casados) y queremos hacer una extinción de condominio para quedarme con el piso y una novación de la hipoteca de la que me quedaría como único titular.
En cuanto a la compensación económica que le debería dar a mi pareja al estar al 50% es sí o sí los gastos que indicáis de la mitad del valor menos la mitad de la hipoteca pendiente o se puede llegar a un acuerdo?
Un saludo y gracias.
Hola, Helper_1006744984.
"Oficialmente", como la propiedad de la vivienda es al 50% y ambos sois cotitulares de la hipoteca, el reparto tendría que ser el que indicamos. Ahora bien, dado que tú has aportado más dinero para el pago de la hipoteca, entendemos que sí podéis llegar a un acuerdo privado para que eso quede reflejado en la compensación que le pagarás a tu expareja. Nuestro consejo, para no tener problemas con Hacienda, es que preguntéis al notario que escriturará la extinción cómo debería formalizarse ese acuerdo privado.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
Tengo una duda de la que no se comenta, y es esta:
Mi situación es esta: realicé una hipoteca en 2006 con mi expareja (con lo cual puedo desgravar mi 50% en la declaración de la renta). Hace como unos 9 años me separé de mi pareja (no somos ni pareja de hecho, solo tenemos una hija en común), ambos estamos en la hipoteca y escrituras del piso. Desde hace 9 años él esta incluso empadronado en otro domicilio. Él no me paga ninguna pensión, ni por la niña ni por la hipoteca, (y no quiero nada). En los registros del banco se puede ver, que la única nómina que entra es la mía. Con la cual se paga la hipoteca. Mi expareja sí está conforme con desvincularse de la Hipoteca.-
Entonces, mi pregunta es:
En caso de que mi banco no quiera realizar una novación, y otro banco sí me concediera la hipoteca a mí sola, podría desgravarme la hipoteca en la declaración de la Renta? Tengo entendido que después del año 2013, las hipotecas ya no se pueden desgravar en la Renta.
Porque tal y como estoy actualmente, aunque pago yo el 100% de la hipoteca no hay manera para poder desgravarme el 100% de la hipoteca en la Renta?? Solo me dejan el 50%.
Hola, PAMELA MARTINEZ.
Es un caso complejo. Según el criterio de Hacienda, únicamente tendrías derecho a desgravar sobre el 50% de lo que pagues por la hipoteca, ya hagas una novación o contrates una hipoteca nueva para cancelar la que tienes con tu ex. Sin embargo, hay tribunales (como el Tribunal Económico-Administrativo Central) que consideran que, en caso de divorcio, el que se quede con la casa puede aplicar la desgravación sobre el 100% de lo que pague por la hipoteca.
Al no estar casados, sin embargo, desconocemos si se os podría aplicar el criterio de esos tribunales, pues no somos expertos en temas legales. Nuestro consejo, por lo tanto, es que traslades tu consulta a un notario, a un gestor o a un abogado especializado en temas tributarios para recibir un asesoramiento legal más completo.
Un saludo.
Gracias Miquel por su respuesta.
Pero en caso de hacer una subrogación con fecha de este año, desgravaría la hipoteca? o me tienen que dejar la fecha por la cual compré la casa? es decir en 2006.
Al hacer la subrogación, puedo anular (quitar) tanto de la hipoteca como de la escritura a mi expareja, pero no tengo claro el tema de la Renta.
slts.
Hola de nuevo.
¡Gracias a ti por confiar en nosotros!
Entendemos que te refieres a hacer una subrogación de deudor para asumir toda la titularidad de la hipoteca. En este caso, te encontrarías el mismo problema: según Hacienda, podrías aplicarte la desgravación sobre el 50% de lo que pagues de hipoteca (tu porcentaje de la vivienda cuando la compraste), pero quizás se te podría aplicar el criterio judicial que te hemos explicado en la anterior respuesta.
Aprovechamos para comentar que la subrogación de deudor solo te permitiría asumir la titularidad de la hipoteca. Para quedarte con la parte de la vivienda que aún pertenece a tu ex deberás comprársela o llevar a cabo una extinción de condominio.
Un saludo.
Hola Miquel,
madre mía que complicado!!!
en caso de hacer un extinción de condominio, si mi expareja no quiere saber nada del piso, ni quiere dinero de lo que se haya pagado... igualmente tendría que pagarle?
En todo caso, para hacer esta anulación, tendría que:
1) hacer una Novación de hipoteca y después un condominio? así si que me quedaría el 100% de la hipoteca? y puedo desgravar el 100% ???
2) con simplemente hacer la extinción de condominio es suficiente para quedarme con el 100% de la hipoteca y poder desgravarme el 100%?
slds.
Hola de nuevo.
Intentaremos hacerlo fácil. Tendrás que hacer dos operaciones en paralelo: una para quedarte con el 100% de la propiedad de la vivienda y otra para quedarte con el 100% de la titularidad de la hipoteca.
Para quedarte con el 100% de la propiedad de la vivienda puedes hacer lo siguiente:
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Una extinción de condominio. En este caso, tendrás que pagarle a tu ex la diferencia entre la mitad del valor del piso y la mitad del importe pendiente de la hipoteca. Por ejemplo, si el piso vale 100.000 euros y os quedan 50.000 euros de hipoteca, tendrás que pagarle 25.000 euros. Además, tendrás que pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentados que se cobre en tu comunidad autónoma.
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Una compra de la parte de tu ex. En este caso, le tendrás que pagar lo mismo que le pagarías con una extinción de condominio, pues también asumirías su parte de la hipoteca. Sin embargo, también tendrías que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales que se cobre en tu comunidad, que suele ser mucho más alto que el de actos jurídicos documentados.
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Que tu ex te done su parte de la vivienda. En este caso, no tendrás que pagarle nada a tu ex, pero sí tendrás que pagar el impuesto sobre sucesiones y donaciones que se cobre en tu comunidad autónoma.
En todos estos casos tendrías que pagar también los gastos de notaría, registro y gestoría correspondientes. Puedes preguntar a un notario cuánto te costarían aproximadamente (el asesoramiento es gratis).
Para quedarte con el 100% de la titularidad de la hipoteca puedes hacer lo siguiente:
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Una novación de hipoteca, es decir, pactar con tu banco y con tu ex para que se le elimine de la hipoteca. Tendrás que pagar los gastos de novación correspondientes. Es posible que el banco te pida hacer, en vez de la novación, una subrogación de deudor, que es la operación que te hemos explicado antes.
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Contratar una nueva hipoteca, solo a tu nombre, para cancelar la que tienes en común con tu ex. Es una opción más cara, porque tendrás que pagar los gastos de cancelación de la hipoteca que tienes con tu ex (te pueden costar más de 1.000 euros), pero es una alternativa si tu banco no acepta la novación.
En todos los casos, como te comentábamos antes, no te podemos asegurar que puedas desgravar sobre el 100% de lo que pagues por la hipoteca, porque todo dependerá de la interpretación legal que se haga del criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central. Nuestro consejo, por lo tanto, es que se lo consultes a un notario, gestor o abogado especializado.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
Muchísimas gracias Miquel, por toda esta información, ha sido de mucha ayuda.
Ahora ya lo tengo más claro los pasos que tengo que realizar.
slds.
Buenas tardes. Me he divorciado recientemente y he solicitado novación de la hipoteca para quedarme yo sola como deudora. El banco acepta la novación, a cambio de contratar dos seguros con ellos (bastante caros, por cierto). Me han obligado también a tasar el piso y ahora me dicen que debo pagar una comisión por novación del 2%, con un mínimo de 950€. La hipoteca se firmó en 2012. Cómo podría saber si se trata de una comisión abusiva? Me parece una barbaridad. Gracias!
Hola, Helper_1008754220.
Lamentablemente, el precio de la comisión por novación no está regulado, así que el banco puede cobrar lo que le parezca oportuno. En general, las entidades suelen cobrar un 1% por este concepto, aunque no es extraño que se cobre hasta el 2%.
De todos modos, esa comisión debe aparecer obligatoriamente en la escritura de tu hipoteca. Nuestro consejo, por lo tanto, es que la leas detenidamente para comprobar si el precio de esa comisión es el correcto.
Aprovechamos para comentar que existe otra manera de quedarte sola como deudora: contratar una nueva hipoteca, únicamente a tu nombre, para cancelar la que tienes en común con tu expareja. Los gastos de la operación podrían ser mayores (tendrás que pagar la cancelación registral, que cuesta unos 1.000 euros, y la posible comisión de apertura de la nueva hipoteca y la tasación), pero quizás te sale a cuenta si consigues unas mejores condiciones que las que te ofrece tu banco.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Muchas gracias por su respuesta.
Disculpen, tengo otra duda. En el caso de que finalmente no hagamos la novación, sería cambiar la cuenta de cobro de la hipoteca y cancelar la actual?
Gracias.
Hola de nuevo.
Si no hacéis la novación ni contratas una hipoteca solo a tu nombre para cancelar la que tenéis en común, se mantendrán las condiciones de vuestra actual hipoteca. Eso significa que tu expareja seguirá siendo cotitular del préstamo, por lo que seguirá teniendo la obligación de pagar las cuotas (aunque en la práctica las pagues tú). Y para pagar esas cuotas, es más que probable que el banco exija que os mantengáis como cotitulares de la cuenta desde la que os pasan los recibos de las cuotas, así que no podréis cancelarla (y si lo hacéis, tendréis que abrir una nueva cuenta a nombre de ambos).
Un saludo.
Hola,me quedan 18 meses y 4500€ para acabar mi préstamo hipotecario.Estoy pensando en comprar una segunda vivienda y necesito saber qué me sale mejor; ampliar la hipoteca, rehipotecar la casa o pedir otro préstamo hipotecario para la segunda vivienda.Gracias
Hola, Silvia.
Dependerá de las condiciones que te ofrezcan con cada opción. Por ejemplo, es posible que pedir otro préstamo hipotecario aparte para adquirir la segunda residencia tenga menos gastos asociados que ampliar tu actual o que pedir una hipoteca con tus dos viviendas como garantía, pero si el interés que tienes con las otras opciones es más bajo, quizás te salga más caro.
Nuestro consejo, por lo tanto, es que preguntes por las tres opciones: que pidas una ampliación a tu banco, que pidas una hipoteca para segunda vivienda a tu banco y a otras entidades y que solicites un préstamo hipotecario a tu banco y a otras entidades para unificarla con tu actual hipoteca y adquirir esa segunda residencia. De este modo, podrás comparar el coste de cada alternativa y te podrás decantar por la que te salga más a cuenta.
Un saludo.