¿Qué es un contrato de arras?

¿Qué es un contrato de arras?

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A
Anónimo
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¿Qué es un contrato de arras?

78 respuestas
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#41
M
M.lsabel C G
/
Pregunta similar: Cumple el contrato de arras

Buenas noches

El pasado 4 de septiembre firme un contrato de arras con una fecha de vencimiento de 45 días, a día de hoy el banco todavía no me ha dicho si tengo aprobada o no la hipoteca y estoy un poco nerviosa, ya que la fecha estipulada vence ya y sigo sin respuesta (añadirle a eso que ahora la ley nueva dice que tengo que ir 10 días antes de las escrituras a notaría) y ya si que no cumplo la fecha pactada.

Yo sigo muy interesada en la compra de este inmueble

Puedo perder el dinero entregado? 

HelpMyCash
#42

Buenos días, M. Isabel.

Para saber cuáles podrían ser las consecuencias de no formalizar la compraventa en el plazo previsto, puedes consultar las cláusulas que contiene el contrato de arras que firmaste.

Sin embargo, vista la situación y tu interés por la vivienda, quizás podrías pactar con el vendedor una prórroga del contrato y tener así más tiempo para conseguir financiación.

Por otra parte, si en tu banco tardan demasiado, podrías explorar qué hipotecas te ofrecen otras entidades.

Por último, sobre la obligación de superar el test ante notario que establece la nueva ley hipotecaria, nos gustaría recordarte que no es necesario ir diez días antes de la firma, sino que con un día antes sería suficiente.

Esperamos haberte ayudado.

¡Un saludo!

 

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#43
M
Maria Noel Moreno
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Pregunta similar: Arras omitidas

Buenas, en breve voy a firmar la hipoteca. Es una situación rara porque he pedido 100% financiado más gastos. Lo hago a través de un bróker. El caso es que éste me ha dicho que cuando me llame el gestor no comente nada de que he entregado una cantidad en arras porque las tiene de momento omitidas. Y yo me pregunto... El día de la firma esto quiere decir que el cheque al vendedor será por el total de la compraventa? Entonces la inmobiliaria me tiene que devolver las arras, no? Creo que la inmobiliaria me dijo que daría las arras al vendedor... 

HelpMyCash
#44

Hola, Maria Noel Moreno.

En principio, el dinero de las arras se lo queda el vendedor y se descuenta del importe de la compra. Entendemos, por lo tanto, que lo más probable es que el banco te prepare dos cheques: uno para pagar al vendedor la parte restante de la compra y otro (quizás el de las supuestas arras que faltan) para pagar los gastos de formalización de esa compraventa

De todos modos, como se trata de una operación un tanto compleja, nuestro consejo es que traslades esta misma pregunta a tu bróker para que resuelva tus dudas. 

Un saludo.

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#45
M
Maria Noel Moreno
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Gracias por la respuesta. Es entendible que será así, voy a confiar. Estoy pendiente de hablar con la broker para que me lo aclare. Os envío la respuesta cuando me lo resuelva así podrá servir tb para más gente que le pase. Muchas gracias! 

#46
C
Carolina piedrahita
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Pregunta similar: Prórroga contrato de arras

Buenas tardes,

en diciembre firme un contrato de arras para comprar un piso que estaba vigente hasta el 28 de febrero. Como han habido problemas por una cuestión de aceptación de herencia y falta de registro q desconocíamos cuando firmamos el contrato, no hemos podido firmar la compra. Hoy la inmobiliaria me manda prórroga de una mes más, con la cual estamos de acuerdo, pero sin firmar que porque son muchos los propietarios y que se tendrá que firmar la próxima semana.

mi pregunta es:

1. Me puede afectar que la prórroga no esté firmada 

2. si se cumplió el plazo de la prórroga y no se pudo firmar por l cuatrienal de la aceptación de herencia y el registro de los mismos. El vendedor me tendría q pagar el doble del precio de arras como penalización 

HelpMyCash
#47

Hola, Carolina piedrahita. 

Si te parece bien, iremos por partes: 

1. Sí, te puede afectar. Al no haber nada firmado, los propietarios podrían vender su vivienda a otra persona y negarse a pagarte una indemnización. En ese caso, lógicamente, podrías reclamar, pero sería tu palabra contra la suya. Por ello, nuestro consejo es que, al menos, firmes algún tipo de documento con la inmobiliaria que acredite que se ha acordado esa prórroga. 

2. Si se cumple el plazo de la prórroga, tú mantendrás el derecho a reclamar la indemnización que corresponda (la que salga en el actual contrato de arras). De hecho, podrías reclamar tanto por el vencimiento de la prórroga como por el vencimiento del contrato original. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#48
H
Helper_912692853
/
Pregunta similar: Entrega de arras

Hola tengo una duda, 

Quiero comprar una vivienda que vale 140000 euros, quiero entregar en arras el 50% de el valor de la casa, 70000 y quiero saber si el banco me va a seguir dando después el 80%.

Explico mejor, del 50% que entrego en arras el 30%lo tenía guardado para gastos, compra del garage y reforma, pero como no puedo firmar hasta agosto porque soy marino y estoy en la mar quiero asegurarme la vivienda para que sea mía, ahora bien, si después el banco no me da el 80% porque yo ya he pagado un 50% y me dice que solo me da el 50%restante, los otros 70000,pues ya tendría un problema porque no tendría ya para los gastos, garage y reforma.

No se si me he explicado bien, espero que si. 

Gracias y un saludo. 

HelpMyCash
#49

Hola, Helper_912692853.

Sí, el banco te puede seguir financiando hasta el 80% de la compra. Si hablas con la entidad y le explicas la situación, en principio no deberías tener problemas.

Ahora bien, la operativa será un poco más complicada: como ya habrás entregado el dinero para los gastos, el garaje y la reforma, el banco tendrá que entregarte varios cheques para pagar los gastos y la reforma. Por la emisión de estos cheques extra podría cobrarte, así que te recomendamos que lo preguntes para saberlo. 

Si quieres hacerlo más fácil, puedes plantearte la opción de entregar un adelanto inferior (de un 20%, por ejemplo), pues si el vendedor accede, también puedes reservar esa vivienda con una entrega de dinero algo más baja. De este modo, podrás guardarte el 30% restante para hacer la provisión de fondos para los gastos y para pagar la reforma posterior. 

Gracias por utilizar los servicios del comparador de hipotecas HelpMyCash.com

Un saludo.

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#50
H
Helper_912692853
/

Hola Miguel, gracias por tu respuesta. 

Tengo otra duda que quizás me puedes aclarar. 

Mi banco me ha ofrecido las siguientes condiciones, matizar que solo me las ha escrito en un mail, nada de papeles oficiales y formales donde reflejen cuotas,cuadro amortización, TAE, etc. 

Hipoteca 112000 a 30 años

1,50% 18 meses

Después euribor + 0,80 ya bonificado

Nómina - 0,5

Seguro hogar - 0,1

Seguro vida al 50% - 0,2

Sin comisión de apertura ni amortización parcial. 

Le he pedido papel formal de la oferta y todavía no lo he recibido después de una semana, ¿tanto se tarda en esto y en saber si estaría concedido?

¿Tiene algún nombre característico esa oferta?, se que no es ni FEIN u oferta vinculante, simplemente la oferta, en otros bancos me lo dieron al momento con sus cuotas, comisiones, cuadro amortización, etc.

Con las condiciones descritas anteriormente he mirado en la calculadora que tenéis, poniendo en el recuadro "tipo de interés" - 0,478+0,80=0,322,es decir puse 0,322 y me salía una cuota de 326, 32 euros al mes, lógicamente después de los primeros 18 meses y contando que el euribor siga igual, mi pregunta es ¿estaría bien realizado ese cálculo de 326,32 euros mensuales?

También le he preguntado por la TAE y la respuesta es que aún no la sabe ¿es eso posible que no la sepa? 

Espero haberme explicado, gracias y un saludo Miguel. 

HelpMyCash
#51

Hola de nuevo.

Creemos que el documento al que aludes es la FIPRE, en la que se indican las condiciones genéricas que tienen las hipotecas de un banco concreto. Ten en cuenta, eso sí, que esas condiciones no son las definitivas (el banco te dará las condiciones definitivas cuando analice tu documentación). 

Sobre las cuotas, la oferta que te hacen tiene un interés inicial fijo, así que la mensualidad no sería esa exactamente. Según nuestros cálculos, durante los primeros 18 meses pagarías una cuota de 386,53 euros. Y para los siguientes, si el euríbor se mantuviera en su último valor (-0,501% de febrero), las cuotas serían de 328 euros mensuales.

Sobre tu última pregunta, la TAE depende de varios aspectos que el banco puede desconocer, como el precio de los seguros. De todos modos, si pides la FIPRE (tienes derecho a recibirla), el banco tendrá que calculártela con el precio orientativo de esos seguros. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

 

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#52
H
Helper_912692853
/

Gracias Miguel, 

Me acaban de enviar las condiciones, la FIPRE la cual me comenta que debo de devolver firmado y una hoja que pone "SOLICITUD DE FINANCIACIÓN" que también debo devolver firmada, ¿esta última me compromete a algo?

Estoy en un barco trabajando y estoy gestionado esto por mail, por eso tantas dudas. 

Gracias de antemano. 

Un saludo 

HelpMyCash
#53

Hola de nuevo.

La FIPRE hay que firmarla para certificar que el banco te la ha entregado. En cuanto a la solicitud de financiación, entendemos que solo tendrías que devolverla firmada si te interesa cursar la petición, aunque te aconsejamos leer el documento por si acaso. Eso sí, en caso de que lo hagas, eso no te compromete a nada, pues hasta que no firmes la escritura de la hipoteca, puedes echarte para atrás en cualquier momento sin penalización. 

Aprovechamos para darte las gracias por confiar en nosotros. 

Un saludo. 

 

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#54
P
Patricia
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Pregunta similar: Contrato de arras obligatorio?

Buenas tardes, estamos en pleno proceso para firmar la hipoteca. El gestor del banco nos a pedido una serie de documentos y entre ellos el contrato de arras. Nosotros no tenemos contrato de arras firmado, el banco puede obligarme a hacerlo??? Me pueden denegar la hipoteca por no tener dicho contrato? Había leído que no es obligatorio... 

Gracias!

HelpMyCash
#55

Hola, Patricia. 

El contrato de arras no es obligatorio para empezar a tramitar la solicitud, aunque sí es preferible entregarlo para que el banco sepa por cuánto se venderá la vivienda. Asimismo, a medida que avance el proceso, es muy probable que la entidad sí te exija presentar el contrato de arras, pues si la vivienda ya está reservada, hay menos probabilidades de que la operación se eche para atrás. 

En todo caso, eso es algo que dependerá de la política interna de tu banco, así que te aconsejamos preguntárselo directamente. En caso de que sí sea absolutamente imprescindible presentar ese contrato de arras, si aceptas formalizarlo con el vendedor, te recomendamos incluir una cláusula que te permita recuperar el dinero de la reserva en caso de que se cancele la compra por la denegación de la hipoteca. 

Un saludo.

 

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#56
H
Helper_911685517
/
Pregunta similar: contrato arras

Buenos días, somos los compradores de una casa que había que arreglar papeles antes de realizar hipoteca (cambio de uso de local a vivienda y división horizontal), los vendedores estaban de acuerdo (todos los gastos corren por nuestra cuenta), debido al COVID llevamos un año con los papeles en el ayuntamiento, se realizó una prórroga de 6 meses que vence ahora, los vendedores parece que se les está haciendo largo y nos dicen que tenemos que hacer un nuevo contrato con una fecha límite sin posibilidad de prórrogas y si no efectuamos la compraventa perderemos todo lo depositado a ellos y lo que llevamos invertido en proyecto y licencia.

Nosotros no queremos ya que el contrato está vigente en el cuál hay una cláusula en la que dice que si no es culpa de las partes se irá prorrogando hasta que los papeles estén arreglados.

Nosotros hemos invertido y cada dos meses tenemos que volver a renovar la concesión de la hipoteca y no es culpa nuestra que el ayuntamiento vaya tan lento, decir que cualquier persona que necesite solicitar hipoteca para adquirir esa vivienda tendrá que realizar los mismos trámites que nosotros,...

Nos tenemos que reunir en estos día y necesitamos saber con certeza qué debemos hacer y si en caso que ellos no quieran prorrogar si nos devolveran el dinero y los gastos que llevamos hasta el momento

gracias

HelpMyCash
#57

Hola, Helper_911685517.

En principio, si en el contrato de arras actual existe esa cláusula que obliga a las partes a prorrogarlo si se mantiene el bloqueo del ayuntamiento, los vendedores están obligados a respetarlo (a no ser que acordéis lo contrario). Por lo tanto, si deciden romper el contrato unilateralmente, tenéis derecho a recuperar el dinero aportado y a cobrar la penalización que se establezca en el propio contrato de arras. 

Gracias por utilizar los servicios del comparador de hipotecas HelpMyCash.com

Un saludo. 

 

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#58
H
Helper_911685517
/

Buenos dias 

gracias por la pronta respuesta

si no es molestia le voy a redactar la prórroga que hicimos referente a la cláusula cuarta dónde lo especifica:

"una vez esté otorgada la licencia por parte del Ayuntamiento de Inca para el cambio de uso de la planta baja de local a vivienda, se procederá a inscribirse en el registro de la propiedad nº1 de Inca, aún a nombre de LA PARTE VENDEDORA, se establece un plazo de 6 meses para realizar los trámites en el Ayuntamiento, se puede prorrogar si el Ayuntamiento requiere algún trámite o se demore por causas ajenas a AMBAS PARTES

"Por esta razón y estando AMBAS PARTES de acuerdo, se hace una prórroga del contrato firmado el 15 de Junio de 2020 por 6 meses a partir de la presente firma. Durante este peíodo de tiempo se estima que se finalicen los trámites por parte del Ayuntamiento de Inca, de lo contrario, se acordará de mutuo acuerdo si se considera oportuno realizar otra prórroga."

Esto se firmo 18 Diciembre 2020 así que en breve tenemos que reunirnos...

Decir que en Marzo 2021 tuvimos que realizar un nuevo proyecto ya que esa casa no tenía final de obra y no lo sabíamos, los dueños dicen no acordarse que no pasaron el final de obra, esto hizo que practicamente es como si hubieramos empezado de nuevo...

 

gracias por su tiempo 

HelpMyCash
#59

Hola de nuevo. 

¡Gracias a ti por confiar en nosotros!

La parte "se acordará de mutuo acuerdo si se considera oportuno realizar otra prórroga" nos genera dudas. Interpretado de un modo literal, significaría que solo se prorrogaría el contrato si existe un acuerdo entre las partes, así que la parte vendedora no estaría obligada a prorrogar si no quiere. 

Ahora bien, como no somos expertos en temas legales, es posible que estemos equivocados. Además, hay que tener en cuenta que no se os proporcionó toda la información sobre la vivienda (la casa no tenía final de obra). Por ello, nuestro consejo es que acudáis al notario con el que tengáis pensado escriturar la compra para que os asesore (es gratuito). Este profesional os podrá interpretar el contrato de arras y os podrá decir cómo se debería solucionar vuestro problema. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#60
H
Helper_911685517
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muchísimas gracias por la respuesta, acabo de enviar la consulta al notario a ver que me dice, con lo que sea informaré por si puede servir de ayuda a otros usuarios

 

mil gracias

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