Buenas noches, muchas gracias por poner a disposición esta plataforma para consultar, muy agradecida. Tengo una consulta sobre las cláusulas de un pacto que queremos hacer mi pareja y yo con respecto a la amortización de la hipoteca de nuestra vivienda. Tenemos una vivienda al 50% cuya hipoteca nos planteamos amortizar en el momento actual dada la subida del tipo de interés y gracias a que tenemos unos ahorros. Mi pareja tiene más dinero ahorrado porque sus ingresos son mucho más altos y quiere aportar lo máximo para reducir la cuota y pagar menos intereses, por ello queremos firmar un acuerdo en el que se exponga que la diferencia entre lo que aporta ella y lo que aporto yo se le debe devolver, algo que también se refleja en caso de separación o divorcio.
No tengo ni idea de temas legales/económicos o qué consecuencias podría tener en caso de firmar un acuerdo así, por lo que si son tan amables de revisar las cláusulas que mi pareja ha redactado y ver si hay algún detalle que pudiera perjudicar al miembro que aporte menos, se lo agradecería mucho:
- Cada uno es y seguirá siendo propietario del 50% de la vivienda, independientemente de la cantidad amortizada por cada uno.
- Se puede dar el caso de que uno de los propietarios aporte más dinero para la amortización. En dicho caso, la diferencia entre las cantidades aportadas por cada uno se devolverá en pagos mensuales y en la cantidad resultante de restar 620 euros (cuota de la hipoteca a día de hoy) de la cuota resultante tras la amortización. Esa devolución será abonada desde la cuenta común que ambos propietarios tienen en la actualidad.
- Cualquiera de los propietarios podrá seguir amortizando durante todo el periodo de l hipoteca. En ese caso el importe de las devoluciones será ajustado en base a las indicaciones del punto anterior. - En caso de separación o divorcio, la devolución de la diferencia entre las cantidades aportadas pendientes de abonar puede ser solicitada por cualquiera de los propietarios. En dicho caso se dispondrá de máximo un año para saldar esa diferencia.
Este último punto es el que me genera dudas, según mi pareja 1 año es razonable (tiempo que se tardaría en vender la casa) pero en mi caso que no tengo estabilidad laboral no sé si en esas circunstancias podría estar en una mala situación económica y ese tiempo podría no ser suficiente para saldar la deuda. ¿Cómo lo ven? ¿Y el resto de cláusulas? ¿Es razonable todo?
Muchas gracias por todo.
Hola, Glynis.
¡Gracias a ti por confiar en nosotros! Si te parece bien, vamos a analizar todos los puntos:
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El primer punto tiene toda la lógica, porque que una persona pague más hipoteca que otra no debe modificar el porcentaje de titularidad de la propiedad que tiene cada copropietario.
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Sobre el segundo punto, entendemos, por ejemplo, que si ahora pagáis una cuota de 620 euros y tras la amortización esa cuota baja a 400 euros, tú tendrás que pagar a tu pareja 220 euros al mes hasta que le devuelvas el dinero que ella ha puesto de más. Si estás de acuerdo con este reparto, no lo vemos como algo delicado o perjudicial.
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No tenemos nada que comentar sobre el tercer punto.
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En cuanto al último, por lo que nos cuentas, es el punto en el que sí discrepáis. Si crees que un año no es suficiente, puedes pedir que ese tiempo sea más extenso (dos o tres años, por ejemplo) o añadir que, en caso de que no puedas devolver el dinero, se venderá la vivienda. Recuerda que estos contratos privados son un acuerdo entre dos personas, así que también puedes proponer las modificaciones que te parezcan oportunas.
Aprovechamos para comentar que es aconsejable que redactéis un contrato de préstamo entre particulares en el que quede reflejado cuánto aporta de más tu pareja y cómo se lo vas a devolver y que lo presentéis a Hacienda. De este modo, Hacienda no lo considerará una donación de tu pareja hacia ti y no os exigirá pagar ningún impuesto.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Muchísimas gracias por la respuesta, la he encontrado tremendamente útil y detallada. En el tema de Hacienda, ¿cómo puede saber Hacienda que me está haciendo una donación? Ya que mi pareja mensualmente sacará esa diferencia que le corresponde en la cuenta que tenemos en común. ¡Muchas gracias
Hola de nuevo.
¡Gracias a ti por confiar en nosotros! Como el dinero proviene de una cuenta conjunta, es más difícil que Hacienda considere esta operación como una donación. Sin embargo, sí existe esa posibilidad, y como es mejor prevenir que curar, os aconsejamos redactar ese contrato de préstamo entre particulares para curaros en salud. Aprovechamos para comentar que tanto la formalización de ese contrato como su presentación ante Hacienda es totalmente gratis.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Pregunta similar: Amortización parcial hipoteca en caso de divorcio
Hola, Actualmente soy cotitular con mi ex mujer de un piso (al 50%) y su correspondiente hipoteca de la que faltan 104.000 euros por pagar.
Yo tengo la posibilidad de realizar una amortización parcial de la parte de capital restante que me correspondría (52.000 euros), en el entendido de que pese a que la hipoteca seguiría a nombre de los dos, yo ya no tendría que seguir pagando cuotas.
Mi pregunta es, como el préstamo es solidario, mi ex mujer podría demandarme por no pagar más cuotas (pese a que yo ya habría pagado mi parte)?
Y si es así, cuál sería la mejor forma para realizar esta amortización de mi parte de capital restante, que no pase por una novación o por la adquisición del 100% de la vivienda por mi parte?
Gracias y saludos.
Hola, Enrique.
Creemos que lo más adecuado es que redactéis un acuerdo privado tú y tu exmujer en el que quede constancia de que tú amortizarás esa cantidad, que ella pagará lo que resta de hipoteca, que no te reclamará pagar ninguna cuota y que podrás reclamar la devolución de todas aquellas cantidades que el banco te exija abonar a ti en caso de que tu exmujer no pague las cuotas. Ese acuerdo no tendrá validez para el banco, porque a efectos prácticos, ambos seguiréis siendo cotitulares de la hipoteca, pero sí tendrá validez para vosotros y lo tendrá si es necesario ir a juicio.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Pregunta similar: Incluir a mi pareja en la escritura de la propiedad
Buenos días,
Mi pareja (ni casados ni pareja de hecho) está en disposición de saldar lo que me queda de hipoteca sobre la vivienda (representa el 50% del valor de compra) y querría saber cuál el la forma más ventajosa de incluirla al 50 % en la escritura.
¡Muchas gracias!
Hola, patriciaesp.
Lo más sencillo es que le vendas el 50% de tu propiedad a tu pareja y que uses el dinero que te pague para cancelar la hipoteca que te queda. Antes de formalizar la operación, eso sí, os recomendamos pedir cita al notario (es gratis). Este funcionario os explicará qué gastos tendréis que pagar y si existe alguna alternativa más ventajosa.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Pregunta similar: Amortizar hipoteca a nombre de mi ex
Hola, me gustaría hacer la siguiente consulta: mi marido y yo nos hemos divorciado y estábamos en gananciales. Yo tenía un piso el cual vendí para comprar una casa. Yo puse parte del dinero y él la otra parte con hipoteca.
nos hemos divorciado y hemos hecho una extinción de condominio quedando yo como propietaria del piso, aunque hemos llegado a un acuerdo: Hasta que yo pueda pedir una hipoteca no hemos pasado por el banco me gustaría hacer una amortización parcial de la hipoteca lo puedo hacer una vez hecho la extinción de condominio y estando el piso a mi nombre el banco diría algo?
la cuestión es que yo le haría una transferencia a la cuenta de mi ex y él amortizaría esa cantidad
Muchas gracias de antemano
Hola, santamera1977.
Se puede hacer, aunque por si acaso, te recomendamos firmar un contrato privado con tu exmarido en el que quede constancia de que él usará el dinero para hacer la amortización anticipada.
Ten en cuenta, eso sí, que técnicamente le estarás pagando una deuda (que todavía es suya), lo que puede tener repercusiones fiscales si Hacienda lo considera una donación. Por eso, no estaría de más que te pases por una gestoría o asesoría fiscal para preguntar si tendrás que pagar algún tipo de impuesto y si existe alguna manera de evitarlo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Hola. Si pasamos por notaria y hemos hecho extincion de condominio, haciendome yo cargo de su parte/deuda hipotecaria aunque no he podido pedir hipoteca para subrogacion. Valdria dicho documento firmado en notaria que yo me hago cargo de esa deuda? O hay que hacer otro aparte por hacer una transferencia a su cuenta y el haga la amortizacion?
gracias
Hola de nuevo.
Si ese acuerdo aparece en la escritura de la extinción de condominio, entendemos que tu exmarido tendrá que respetarlo y no usará el dinero para otras cosas. Ahora bien, sí consideramos aconsejable que indiques que el dinero es para la hipoteca en el concepto de las transferencias. Así, quedará constancia de que le transfieres el dinero única y exclusivamente para el pago de la hipoteca.
Un saludo.
Aprovechando el contexto. En una sociedad de gananciales, donde uno aporta unos ingresos netamente superiores a los del otro coyugue. ¿Es posible y valida la redacción de un contrato privado entre los dos conyugues de la sociedad ganancial donde ante una ruptura de la sociedad se reconozcan las amortizaciones extraordinarias de la hipoteca en función de la proporcionalidad de los ingresos? Es decir, para toda la sociedad de gananciales todo seguiría al 50%/50% pero para el evento específico de amortizaciones parciales extraordinarias se tratararía de preservar lo aportado por cada uno a la sociedad de gananciales.
Hola, Nacho.
Por lo que tenemos entendido, si un cónyuge usa dinero privativo para amortizar anticipadamente una parte de la hipoteca, se genera un crédito a su favor contra la sociedad de gananciales. En estos casos, si el matrimonio se divorcia, el otro cónyuge debería saldar esa deuda.
Por ello, entendemos que sí sería válido un contrato privado en el que quede reflejado ese acuerdo. De todos modos, como no somos expertos en temas legales, te recomendamos pedir una segunda opinión a un asesor jurídico: un gestor, un abogado...
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Pregunta similar: Amortización anticipada sólo por uno de los cónyuges
Supongamos una hipoteca inicialmente al 50% entre dos cónyuges, en la que uno de ellos, pasados un par de años, decide amortizar anticipadamente cierta cantidad, de forma que la hipoteca se queda en un 70% - 30%. La duda que me surge es: el titular que no ha amortizado, ¿debería seguir pagando exactamente la misma cuota que antes o se beneficiaría de la bajada de los intereses que provoca la aportación del otro titular? Dicho de otra manera, ¿los nuevos porcentajes (70-30) aplicarían a la cuota que pasa el banco (capital + intereses) o sólo a la amortización de capital y los intereses seguirían siendo al 50% para cada una de las dos partes? ¿Qué sería lo justo? Muchas gracias.
Hola, Ralty.
Entendemos que la hipoteca se paga a medias porque la casa se compraría a medias (al 50% cada uno). Si no es así, corrígenos, por favor.
Lo justo, en este caso, sería que cada cónyuge termine pagando exactamente la misma cantidad en capital y en intereses. Por lo tanto, si uno hace una amortización anticipada, el otro debería acabar compensándoselo de alguna manera: con el pago de una proporción mayor de las cuotas hasta que la aportación de ambos se iguale, con la devolución de la mitad del dinero adelantado al cabo de unos años...
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Hola, Miquel:
Gracias por la rápida respuesta. Necesitaría profundizar un poco más…
En respuesta a tu primera pregunta, sí, la vivienda se escrituró al 50% cada uno.
Lo que me gustaría saber es cómo se vería afectado el pago de intereses por cada uno de los cónyuges tras la amortización anticipada. Te lo pinto en números:
Actualmente pagamos 943€ cada uno (620€ capital y 323€ intereses) para un total de 1.887€ de cuota (1.240€ capital y 647€ intereses). Tras la amortización anticipada, la cuota pasará a ser de 1.484€ (975€ de capital y 509€ de intereses). De esos 975€, tengo claro que quien hace la aportación va a pasar a pagar el 36,46% (355€) y el otro titular el 63,54% (620€, igual que antes), pero el pago de los intereses, ¿seguiría siendo al 50% o aplicarían también estos nuevos porcentajes?
Muchas gracias,
Hola de nuevo.
¡Gracias a ti por confiar en nosotros! Como decíamos, el nuevo reparto de los pagos debe hacerse de tal modo que ambos, cuando acabe el plazo de la hipoteca, hayáis abonado exactamente la misma cantidad de dinero, dado que la hipoteca está al 50% y es lo justo.
Sin conocer las condiciones particulares de vuestra hipoteca, no sabemos si ese reparto del 36,46%-63,54% en el capital y/o en los intereses permitiría alcanzar ese objetivo. Nuestro consejo, para averiguarlo, es que hagáis lo siguiente:
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Solicitad al banco el cuadro de amortización de vuestra hipoteca; tanto de lo pagado hasta ahora como de lo que os queda por pagar.
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Calculad cuánto ha pagado cada uno hasta ahora, incluida la amortización anticipada.
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Calculad cuánto os queda por pagar en capital y en intereses.
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Calculad cuánto tiene que pagar de más el cónyuge que no ha amortizado durante los años que quedan para que, al final del plazo, lo aportado por ambos en capital, intereses y otros gastos sea exactamente lo mismo.
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Repartid el pago de las cuotas conforme a ese criterio.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Hola! Mi pareja y yo (no estamos casados ni somos pareja de hecho) nos compramos una casa en enero de este año. La compramos en un porcentaje de 56% yo y 44% él ya que yo aportaba más dinero y constituimos una hipoteca de 150.000€.
Ahora voy a recibir una donación y quiero amortizar capital de la hipoteca, pero únicamente lo voy a aportar yo, mi pareja no puede aportar nada.
Quiero saber qué puedo hacer para que quede todo claro y que en caso de separacion, fallecimiento o venta se reconozca que yo he aportado ese dinero de más.
Gracias.
Hola, Raquel.
Una solución sencilla es formalizar un contrato de préstamo entre particulares con tu pareja, en el que quede constancia de que tú le "prestas" dinero al hacer la amortización anticipada (el 44% de ese adelanto) y que te lo tiene que devolver con las condiciones que acordéis. Ese contrato habrá que presentarlo ante Hacienda para que no conste como una donación. En nuestra página sobre préstamos entre particulares encontrarás más detalles sobre este tipo de operaciones.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Buenos días,
Realmente yo no pretendo que me devuelva el dinero de ninguna manera, solo que en caso de separacion, venta, fallecimiento, etc se reconozca que yo pagué ese dinero para amortizar hipoteca y él no. ¿Sería mejor hacer un reconocimiento de deuda? Estoy un poco perdida.
Gracias.