Hola buenas tardes, tengo infinidad de dudas para el tema de la hipoteca para la compra de un piso. (Banco, tipo de hipoteca, tasacion, ...)Resumo:
El inmueble se trata de un piso de 3hab, 2 baños de 94 metros cuadrados con terraza exterior y dos plazas de garaje cerradas procedente del sareb y ubicada en Corvera de Asturias. La oferta aceptada es de 110.800€. Estamos barajando entre ING o una financiera proporcionada por Reines inmobiliaria "Hisfinan". Segun tengo entendido ING ofrece como máximo el 90 % del valor de la vivienda. Aunque el 80% de la tasacion sea mayor. ¿¿No hay manera de conseguir más capital para la hipoteca.?? La tasacion pensaba hacerla por cuenta propia. Los gastos de hipoteca que suelen ascender sobre un 10% del valor del inmueble? Pagaría un 8% de ITP de que cantidad valor de venta o 80% tasacion. Gracias de antemano
Hola, Valvo.
Como son varias preguntas, intentaremos resolverlas una a una:
1. Sí, se puede conseguir más del 90% de la compraventa, pero no es fácil. En general, para que un banco dé una hipoteca de hasta el 100% es necesario contar con un perfil muy bueno (ser funcionario, cobrar un sueldo muy alto, etc.) o poder aportar otras garantías (un aval, otra propiedad...). Si no cumples ninguno de estos requisitos, otra opción puede ser contratar los servicios de un bróker hipotecario, que puede negociar por ti con mayores probabilidades de éxito. Estos profesionales te cobrarán unos honorarios, pero puede compensarte si consigues el dinero que necesitas. Si quieres, te podemos poner en contacto con varios brókeres a través de este formulario.
2. Hay dos tipos de gastos que tendrás que pagar. Por un lado, los asociados a la hipoteca, que por ley será solo el coste de la tasación (el resto los paga el banco). Y por el otro, los asociados a la formalización de la compraventa (notaría, registro, gestoría e impuestos). En conjunto, como comentas, suelen sumar un equivalente de entre el 10% y el 12% del valor de la vivienda.
3. El ITP se calcula sobre el valor "real" de la vivienda. Puedes usar como valor "real" el valor de transmisión (el de compra), el de tasación o el catastral actualizado. Como es algo interpretativo, Hacienda tendría hasta cuatro años para reclamar posibles errores en el cálculo del impuesto, aunque debería demostrarlo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.