Qué bancos aplican el artículo 28 Ley Hipotecaria

Qué bancos aplican el artículo 28 Ley Hipotecaria

Qué bancos aplican el artículo 28 Ley Hipotecaria

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M
maje_4
/

¿Qué bancos aplican el artículo 28 de la LH? y no aplican el artículo 34 de la misma ley y el código civil cuando se trata de herencia abintestada colateral - entre hermanos.

273 respuestas
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Respuestas
#261
I
Ivan
/

Buenas tardes,

Estamos en la misma situación que Miguel, falta 1 año para que el artículo deje de aplicarse. El registro nos dice lo mismo que no pueden hacer esta rectificación.

Uno de los bancos con los que tenemos contacto, nos comentan que la política de los bancos será la misma que hasta ahora, hasta que no haya alguna resolución judicial a favor de algún caso parecido al nuestro.

Un saludo,

#262
E
Esti
/

Pregunta similar: Derogación artículo 28, ¿es de carácter retroactivo?

¿La derogación del artículo 28 de la ley de hipoteca, es con carácter retroactivo? 

He hecho el contrato de arras de un piso heredado a un Sobrino, en la inmobiliaria Justo nos explicaron que ya no había que esperar a febrero de 2022 porque con esta derogación ya no había problema.  La entidad bancaria me comentó que no había problemas  Para la hipoteca y ahora me han dicho que han llamado al registro y hasta que no pase dos años del fallecimiento no me la pueden dar. 

 

#263
J
juan luis carroza Ahu,ada
/

Pregunta similar: art 28 ley hipotecaria

Hola me gustaría saber si el articulo 28 de la ley hipotecaria es con carácter retroactivo para viviendas heredadas antes del 3 de  Septiembre de  2021 .En mi caso compro al contado y me gustaría saber si tengo algún inconveniente -. Gracias , un saludo

HelpMyCash
#264

Hola, juan luis. 

Muchos juristas defienden que la eliminación del artículo 28 sí tiene carácter retroactivo, pero nos consta que el Registro de la Propiedad aún mantiene esa carga en las viviendas heredadas antes del 3 de septiembre de 2021. Lo explica mi compañera Paula Eseiza en este artículo

Un saludo.

 

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#265
C
Concha Calderon
/

Estoy en proceso de venta de una vivienda afectada por el 28. El banco ha dicho a los compradores que yo, como propietaria, tenía que solicitar en el registro la retirada de la carga. Hace dos semanas lo hice y ayer me han llamado del registro para decirme que ya no figura el 28 en mi escritura, por lo que la venta se puede hacer sin problemas. 

 

A 2 personas les ha parecido útil
#266
I
Ivan
/

Nuestro registro nos informa que ellos no quitan dicha "carga" y que queda a libre interpretación de cada registro. Es realmente injusto que los registros actúen según ellos interpreten la derogación, se tienen que posicionar y actuar todos con el mismo criterio, no tiene sentido como están actuando.

#267
M
M.Carmen Oriola
/

citando a Ivan Nuestro registro nos informa que ellos no quitan dicha "carga" y que queda a libre interpretación de cada registro. Es realmente injusto que los re...

Concha Calderon me podrias decir en que registro de la propiedad te lo han quitado?, he ido hoy al registro ya que tengo el mismo problema que tu y me han comentado que efectivamente es a interpretación de cada registrador pero que si conocia a alguno que lo hiciera que vaya y que se lo diga.

A 1 persona le ha parecido útil
#268
C
Concha Calderon
/

A mi me lo han hecho en el Registro nº 4 que es el que corresponde a mi vivienda. En principio me dijeron que seguramente no se podría, pero a los quince días me llamaron diciendo que ya estaba hecho.

#269
I
Ivan
/

Es totalmente injusto que haya registros que sí y otros que no.

#270
R
Ricardo Lopez
/
Pregunta similar: Gastos con la nueva ley hipotecaria

Quiero comprar una vivienda de segunda mano y me están diciendo que tengo que pagar los gastos de gestoria, notaría y registro y según he leído por la nueva ley hipotecaria eso lo asume la entidad bancaria. ¿Sigue siendo así? Gracias

A 1 persona le ha parecido útil
HelpMyCash
#271

Hola, Ricardo Lopez. 

Es un aspecto que confunde a muchísimas personas que quieren comprar una vivienda. Cuando se compra una vivienda con una hipoteca, se generan dos tipos de gastos: los asociados a la formalización de la hipoteca y los asociados a la formalización de la compraventa. 

Según la ley hipotecaria, los gastos de formalización de la hipoteca los paga prácticamente todos el banco: la notaría, el registro, la gestoría y el impuesto sobre actos jurídicos documentados. Al cliente le toca pagar únicamente la tasación de la vivienda. 

Ahora bien, los gastos de formalización de la compra sí los tiene que pagar el comprador: la notaría, el registro, la gestoría y el impuesto sobre transmisiones patrimoniales por ser vivienda de segunda mano. Estos son, probablemente, los que el banco te dice que hay que pagar. Ahora bien, para asegurarte de que no te cobrarán gastos que no te corresponden, nuestro consejo es que pidas que te haga un desglose de estas costas para asegurarte que son las de compraventa y no las de hipoteca. 

Esperamos haber resuelto tu duda. 

Un saludo. 

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#272
G
Gustavo
/

Pregunta similar: Donación en vida y art. 28 LH para hipoteca

Hola,

mi consulta es la siguiente:

• Voy a recibir una donación en vida ( herencia en vida en Galicia ) de mis padres como apartación, de una vivienda que necesita reforma y quiero pedir una hipoteca. • La finca y vivienda están registradas en 2015

¿Estaría afectada en el registro por la limitación del art 28 LH ? En el notario nos indicaron que si y tengo dudas. ¿Tendría alguna limitación mas?Gracias de antemano. 

HelpMyCash
#273

citando a Gustavo Pregunta similar: Donación en vida y art. 28 LH para hipoteca Hola, mi consulta es la siguiente: •...

Hola, Gustavo. 

Nos sorprende que te digan que esa herencia en vida estaría sujeta al artículo 28 de la Ley Hipotecaria. En primer lugar, porque este artículo ya no se aplica en las herencias formalizadas a partir del 3 de septiembre de 2021. Y en segundo lugar, porque si la vivienda la heredaron tus padres y a ellos sí les afectaba el artículo 28, este dejó de aplicarse dos años después de la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad (en 2017). 

Por este motivo, nuestro consejo es que pidas una segunda opinión a otro notario. 

Un saludo. 

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