IRPF venta de piso persona con más de 65 años
IRPF venta de piso persona con más de 65 años
ResponderHola, mi abuela de 67 años ha vendido su piso con una inmobiliaria y ahora insiste que tiene que hacer la declaración de la renta antes de julio y entiendo que no tiene que declarar por la venta por todo lo que he leido. Me pueden confirmar esto.
Hola,
Al ser mayor de 65 años y vender su vivienda habitual tu abuela está exenta de asumir este gasto por vender su piso.
Sin embargo, aunque la plusvalía que ha obtenido con la venta está exenta de tributación en el IRPF, igualmente debe incluir la venta en la declaración y especificar que va a acogerse al beneficio fiscal.
Por decirlo de una manera sencilla, tendrá que mencionar los datos de la venta pero no tendrá que pagar por ello.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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Hola! mis padre tiene 72 y mi madre 68. Tienen un piso de veraneo en blanes que estan pensando vender para comprar un piso en barcelona, que pasaría a ser su vivienda habitual. El piso en el que viven ahora era de ellos, pero me lo donaron y esta a mi nombre. Quieren hacer en un futuro lo mismo con el piso nuevo para dejarlo a mi hermano. Mi pregunta es: no viven en el piso de blanes pero son mayores de 65 años los dos, tendrian que declarar la venta en el irpf?
Hola Helper,
Sí, la venta debe tributar en el IRPF. La exención para los mayores de 65 años en la venta de una segunda vivienda aplica solo cuando el dinero se reinvierte en una renta vitalicia. Esta puede ser con una aseguradora o un banco. Como en este caso usarán el dinero para comprar otra vivienda, tendrán que asumir este gasto por la venta de su piso.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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Buenos días. Mi abuelo tiene 61 años y ha vendido una segunda residencia en el mes de julio. Es pensionista desde hace 2 años porque sufrió un accidente laboral ¿está exento de declarar la venta en el irfp por ser pensionistas o solo se toma en cuenta la edad de 65 años?
Hola Raquel M,
La exención del irpf por la venta de una vivienda solo es aplicable a aquellas personas que son mayores de 65 años y han vendido su vivienda habitual o han reinvertido el dinero de la venta en la constitución de una renta vitalicia.
Tu abuelo, al no llegar a los 65 años y haber vendido una segunda residencia, no se puede acoger a la exención por edad ni por la venta de una vivienda habitual y debe asumir este gasto por vender su casa.
Sin embargo, en el caso de que tenga alguna discapacidad por el accidente laboral sufrido, dependiendo del grado, podría ser beneficiario de algún tipo de exención, enmarcada en la normativa establecida por la agencia tributaria para personas con discapacidad.
Para verificar esto, lo más recomendable es que consulten con un experto en fiscalidad para que los pueda orientar en este caso concreto.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Lamentablemente tienen que declarar. Mi madre vendió su casa del pueblo y como no reinvirtio el dinero sino que lo repartio entre sus hijos tuvo que pagar el irpf.
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Hola. Buenos días. Mis abuelos van a vender su piso en barcelona y se van a vivir a a las afueras. Mi abuelo tiene 67 años y por lo que entiendo no tiene que pagar irpf por la venta pero mi abuela aún tiene 63. Qué pasa con la exención si la titularidad del piso es compartida?
Hola Elisendatorres1,
En este caso la exención del gasto de irpf por la venta de la vivienda por edad será reducida a la mitad, ya que solo podrá acogerse tu abuelo, que es el único de los dos que ha cumplido los 65 años.
No obstante, si tus abuelos tienen pensado vender su vivienda habitual y reinvertir todo el dinero en la compra de otra vivienda habitual, tu abuela podrá acogerse al beneficio de reinversión marcado por la agencia tributaria. Así, el importe que esté destinado a cubrir la operación de la nueva casa estará libre de tributo.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
tu abuelo puede tener el 100% de la exencion y si compran otra casa pedir la reinversion. ahora otra que pueden hacer es esperarse a tener los dos 65
Pregunta similar: Venta vivienda habitual personas mayores 65 años
Hola.
Mis padres quieren vender su casa habitual que compraron en el año 75 en Madrid Capital. Piensan en comprar dos viviendas más pequeñas, una para vivir y otra para alquilar. ¿Estarían exentos de algún impuesto por su edad?.Mi padre además tiene discapacidad reconocida.
Al ser un piso antiguo ¿Que documentación tienen que reunir para la venta?.
¿Podrían escriturar las nuevas vivienda a nombre de los dos y sus hijos?.
Gracias.
Hola, Pilar
Al ser mayores de 65 años están exentos de pagar el IRPF por vender la casa, ya que la vivienda que van a vender es la habitual. En este caso, dado que cumplen con el requisito de la edad y la residencia es la habitual, pueden destinar el dinero de la venta en lo quieran (comprar una nueva vivienda habitual o una segunda residencia para alquilar) sin que esto les implique perder el beneficio fiscal.
No obstante, es probable que tengan que hacer frente a la plusvalía municipal, ya que en este impuesto no existe una exención para los mayores de 65 años.
Por su parte, a nivel de documentación, si la vivienda es antigua es probable que tengan que presentar el certificado de la ITE, ya que en Madrid es obligatorio para las fincas que tienen más de 30 años de antigüedad. Además, necesitarán el certificado energético, dado que este es obligatorio en toda España.
En cuanto a tu última pregunta, la vivienda la pueden escriturar a nombre de todos (padres e hijos). Por ejemplo, en la escritura de compraventa se puede determinar que tus padres tienen el usufructo vitalicio de la casa (derecho de uso hasta su fallecimiento) y vosotros la nuda propiedad. Así, una vez que fallezcan ambos progenitores, solo tendrían que realizar la consolidación del pleno dominio.
No obstante, deben verificar cuál es la opción más ventajosa a nivel fiscal, ya que escriturar a nombre de todos puede implicar que vosotros también tengan que pagar los impuestos relativos a la compraventa como, por ejemplo, el ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales).
En este sentido, es aconsejable con consulten su caso con un experto fiscal. Este les podrá decir qué tipo de operación puede tener un menor impacto fiscal para todas las partes: una donación, una compraventa en conjunto o una futura herencia.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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Buenos dias, tenemos más de 70 años y queremos vender la casa de la segunda residencia. Parece ser que con nuestra edad y si la casa fuera la vivienda habitual estaria exenta de pagar IRPF en la venta. Si es así nos podrian orientar si es factible y los pasos a seguir para cambiar la 2a residencia a vivienda habitual. Gracias por todo.
Buenos días, Carme:
Gracias por dejarnos tu consulta. Tal como dices, si la propiedad fuera su vivienda habitual, estarían exentos de pagar IRPF. Sin embargo, este requisito no depende de unos trámites o gestiones. Es decir, para el Ministerio de Hacienda una vivienda habitual es aquella en donde residimos al menos durante los tres años anteriores a la compra de forma ininterrumpida. De este modo, la única manera de que se transforme la segunda residencia en vivienda habitual es que, efectivamente, se muden y la utilicen como residencia principal.
Adicionalmente, si el dinero de la venta de la segunda residencia se utiliza para constituir una renta vitalicia, también están exentos de pagar IRPF. Pero en ese caso deben cumplirse una serie de requisitos que puedes consultar en nuestra web.
¡Espero haberte ayudado!
Saludos.
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Tengo un piso alquilado y lo quiero vender, pero no sé si he de pagar mucho a hacienda porque lo compré por medio millón de las antiguas pesetas y ahora lo venderia por doscientos mil euros, tengo 74 años y no sé si por edad me vería beneficiado de alguna reducción.
Gracias
Hola, Manuel:
Gracias por dejarnos tu consulta. La responderé por partes.
En primer lugar, para calcular la ganancia patrimonial y, sobre esta base, calcular la cantidad de dinero que tendrías que pagarle a Hacienda, debes hacer la conversión de pesetas a euros y utilizar ese valor para todos los cálculos. Evidentemente, la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta será bastante alto. Pero en esta página puedes consultar cómo calcular la cuota a pagar de IRPF.
Por otro lado, en este caso particular, no puedes acogerte a ninguna exención. Si bien es cierto que los mayores de 65 años están exentos de pagar IRPF cuando venden su vivienda habitual, según lo que nos comentas, tu piso está alquilado y, por tanto, no es tu residencia habitual. La única excepción sería si, por ejemplo, reinviertes el dinero de la venta en una renta vitalicia. En este caso sí podrías acceder a ciertos beneficios fiscales.
Por último, si quieres vender el piso con una inmobiliaria, puedes consultar aquí el ranking de las mejores valoradas por nuestros usuarios.
¡Espero haberte ayudado!
Un saludo,
Paula
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Mis padres quieren vender un piso que compraron en el año 1965. Han vivido en él hasta hace dos o tres años. En esa fecha lo arredaron porque es un cuarto sin ascensor y su salud no les permitía seguir viviendo allí. Con el dinero de la renta pudieron a su vez alquilar un piso más pequeño pero con ascensor. Han estado viviendo en el piso de su propiedad ininterrumpidamente durante más de 50 años, pero los últimos 2 o 3 años han estado empadronados en otra vivienda.¿Tendrían exención del IRPF si lo vendieran y compraran una vivienda habitual?
Muchas gracias
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Buenos días, ¿la exención del IRPF por la venta de una casa a los mayores de 65 años se aplica a partir de las 65 años y un día de edad o a partir de los 66 años? Muchas gracias por su atención.
Hola, Helper:
Gracias por compartir tu consulta. La exención del IRPF por la venta de una vivienda para mayores de 65 años se aplica a partir de los 65 y un día.
¡Espero haberte ayudado!
Un saludo,
Paula
Pregunta similar: Venta de vivienda habitual
Tengo 92 años. Estoy en silla de ruedas, con el grado 3 de incapacidad. Para pagar una residencia geriátrica tuve que alquilar mi piso hace cuatro años. Ahora tengo que venderlo y me dicen que no tengo derecho a reducción de pagos de IRPF. Mi banco no hace Rentas Vitalicias a mayores de 85 años. ¿Qué puedo hacer?
Buenos días, Adolfo:
Gracias por compartir tu consulta. Como te has informado, las exenciones en el IRPF para mayores de 65 años son dos: una corresponde a la venta de la vivienda habitual y otra hace referencia a la venta de la propiedad (aunque no sea la habitual) para constituir una renta vitalicia.
En este sentido, sobre la base de lo que describes, no podrías acogerte a ninguna de ellas. ¿Por qué? Porque al alquilar la vivienda esta pierde su condición de habitual y porque, como comentas, tu banco no ofrece rentas vitalicias para tu edad.
Entonces, lo que te aconsejo es que consultes los servicios de otros bancos para analizar la posibilidad de constituir una renta vitalicia o que consultes directamente con Hacienda si existe algún otro tipo de reducción de la que puedas beneficiarte.
Espero haberte ayudado y siento no ser más precisa, pero es así como funciona, de manera general, la normativa de Hacienda.
Un saludo y espero que puedas resolverlo,
Paula