Si vendo mi casa cuanto tiempo tengo para desocupar
Si vendo mi casa cuanto tiempo tengo para desocupar
ResponderBuenos días. Estoy en proceso de venta de mi piso. Una vez que consiga comprador cuánto tiempo tendría para desalojar la casa??
Hola Ernesto,
La entrega de las llaves de la casa a su nuevo propietario se realiza una vez firmado el contrato de compraventa ante notario. Por este motivo, debes desalojar la vivienda antes de realizar este último paso para vender tu piso.
Sin embargo, si necesitas unos días adicionales para realizar la mudanza, puedes intentar pactar con tu comprador pero, esta persona estaría en todo su derecho de negarse y de querer entrar en su nueva la casa lo antes posible.
Este pacto se puede incluir en el contrato de arras o en la escritura de la propiedad, a través de una cláusula que especifique que el vendedor se quedará unos días adicionales en la casa, marcando un plazo máximo de desalojo.
Incluso, puedes proponer al comprador realizar un alquiler por días o, si es mucho tiempo el que necesitas para hacer el traslado, pedirle que retenga una pequeña cantidad del dinero de la venta. Este te será entregado una vez que desalojes la vivienda en el plazo marcado. Eso sí, el acuerdo debe estar incluido con detalle en la escritura. Así, el comprador puede tener menos dudas y tu también estarías protegido, ya que el acuerdo tendría respaldo jurídico.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
- Buenos tardes, el lunes firmo la compra de una casa, el abogado del vendedor quiere que firme una cláusula donde diga que no tendré la casa en posesión hasta dentro de 11 días, es legal? Puedo pedir compensación o algo, no se que hace, por favor necesito ayuda.
Hola Sebastiana,
La entrega de las llaves y la posesión de la vivienda por parte del comprador se realiza una vez que se ha firmado la escritura de compraventa en notaría. Es decir, al realizar el último paso de la venta del piso.
No obstante, de mutuo acuerdo, se podría incluir una cláusula en el contrato de arras o en la escritura que indique una fecha posterior para la toma de posesión. Esto con el fin de que el vendedor disponga de algunos días adicionales para realizar la mudanza.
Eso sí, esta circunstancia debe ser pactada entre ambos. En este sentido, es recomendable que si, tienes dudas o no estas dispuesta a esperar los 11 días, lo converses y lo negocies con tu vendedor.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Yo compre casa el 24 de febrero de este año y la dueña aun vivia en la casa le di plazo 30 dias y justo ahi se dio la cuarentena del covid y le seguimos dejandola hasta ahorita y cuando nos acercamos para decirle que desocupe se pone malcriada en todo sentido que puedo hacer
Hola Martha,
En este caso, la propietaria está obligada a desalojar la vivienda cuanto antes. Especialmente, si ha vencido el plazo que figura en la escritura para la toma de posesión de la vivienda por parte de los nuevos dueños.
No obstante, es aconsejable que intentes hablar y negociar con la antigua propietaria de tu piso para que desaloje la vivienda en buenos términos.
De lo contrario, si esto no es posible, tendrías que iniciar un proceso judicial para lograr el desahucio de esta persona de la casa. Si se llega a estos términos, es aconsejable que consultes con un abogado, ya que este es el profesional más indicado para asesorarte sobre las vías legales que tienes para resolver el asunto.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Buenas noches, gracias por su respuesta ya pasó 4 meses desde que firme el contrato y pone excusa de covid y la cuarentena para no mudarse en verdad no se que hacer no me gusta llegar a la justicia por que es muy burocrático esto es en Perú ya tengo miedo que se posesine y no quiera entregarme y pierda mi casa y dinero
Hola. Quisiera por favor me oriente.
Yo compré una casa por medio de un préstamo hipotecario, le desembolsan el dinero al vendedor el día 9 de nov del 2020. Sin embargo la dueña de casa me dice que no se puede ir en esa fecha. Porque no tiene aún su casa. Que se la entregan en 60 dias. Y que hay una ley que la ampara para ello. Es cierto? Vivo en Ecuador
Hola, Maríagermania
En este caso desconocemos la legislación que está vigente en Ecuador sobre el tema. Toda la información que ofrecemos en nuestra web está relacionada con la compraventa de inmuebles en España.
Es aconsejable que consultes con un experto del sector inmobiliario de tu localidad. Este te podrá indicar cuál es la legislación vigente en tu país y cómo puedes proceder para resolver el inconveniente.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Buenas tardes.
Estamos en proceso de compra de una vivienda. La gestora de la inmobiliaria me comenta que el propietario necesita 15 días adicionales una vez se firme el contrato de compraventa. Para nosotros es un perjuicio dado que ya hemos notificado al propietario de nuestra vivienda de alquiler que este mes sería el último.
¿Qué podemos hacer?
Gracias por la ayuda
Buenas tardes, estoy a la espera de firmar ante notario, no he firmado arras ya que la señora e inmobiliaria me han comunicado en estos dias que necesita 10 días para entregarnos la casa una vez firmado ante notario, ya que ella tiene que comprar otra casa con el dinero que le demos de está, cosa que nosotros no lo vemos porque tenemos que entregar la otra casa de alquiler y nos quedaríamos en la calle. No sabemos que hacer porque al no firmar arras, solo perdemos el dinero de la tasación, cosa que no es justa porque nosotras tenemos la hipoteca ya aprobada, pero no queremos ceder en cuanto a dejarla la casa después de firmar.
No hemos llegado a ningún acuerdo todavía, no sabemos por donde tirar o que proponer.. si es legal o no que ella se quede en la.casa una vez firmado todo. Si ella no decide vender por no darle esos días, quien tiene que indemnizar a quien.
Gracias de antemano.
Hola buenas, mi caso es similar, hoy tras la venta de la casa y sin notificacion previa, me entere de que la casa sigue con todo el mobiliario.Al tener yo las llaves y no estar pactado en ningun documento un tiempo extra para la mudanza...¿soy de facto propietario del mobiliario?
Hola, Frambu
En este caso, la situación es muy ambigua. Teóricamente, el mobiliario es propiedad del vendedor si esto no figura como parte del trato en el contrato de compraventa. No obstante, como comprador, tienes todo el derecho de ocupar de forma inmediata la vivienda, una vez has firmado la escritura y tienes en tus manos las llaves de la casa.
En este sentido, lo más aconsejable es que llegues a un acuerdo con el comprador para que saque cuanto antes el mobiliario de la casa. De lo contrario, te podrías ver obligado a tomar medidas legales.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Sí, pero tienes que vigilar de no "pillarte los dedos" a la hora de pactar la fecha de Escritura de Compra-Venta: Tienes que tener coordinada la eventual mudanza a tu nueva vivienda.
Si ya la tienes comprada es más fácil, pero si con el dinero de la que vendes , tienes que pagar una nueva, es más difícil coordinarlo
Hola buen dia, mi caso es el siguiente. En mayo trate una case con una inmobiliaria ya que estaba rentando y me habian pedido la casa, llego Julio y no se firmamos escrituras para poder cambiarme por lo que me facilitaron las llaves de la casa para cambiarme en lo que realizaba el tramite de venta y asi entregar la casa que estaba rentando.
Entonces por varios contratiempos no se pudo firmar las escrituras y el tiempo sigue pasando a pesar de que he estado presionando para agilizar los tramites.
Con el paso del tiempo en que he estafl viviendo aqui han salido varios defectos a relucir ya que solo los maquillaron para entregarmela.
Si decido ya no comprar la casa, cuanto tiempo tendria yo para desocupar la vivienda ya que en ningun momento me rehuse a firmar las escrituras solo hasta ahora que salen detalles arquitectonicos!
Espero me puedan ayudar, gracias.
Buenas tardes y muchas gracias por las respuestas que he podido leer.
Mi duda es la siguiente:
Estoy en proceso de comprar una vivienda,y hemos firmado un contrato de arras que establece de fecha límite el 22 de marzo.
Yo vivo de alquiler y me interesa entrar en la vivienda cuanto antes. Pueden los propietarios negarse a firmar la venta hasta el 15 de marzo o es la fecha en la que quiera entrar yo, incluso siendo antes?
Hola, Virginia Arribas Barcelona
La fecha que figura en el contrato de arras es la fecha máxima en que pueden firmar la compraventa en notaría, pero si ambas partes están de acuerdo pueden sin problemas firmar en una fecha anterior a esta.
En este caso, solo tienes que hablar con el vendedor y pactar para firmar una semana antes de la fecha límite y pedir la cita en la notaría. Si se lo comunicas con tiempo este se puede organizar, en tal caso que tenga que realizar una mudanza.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Hola
A tres días de la firma de las escrituras e hipoteca nos informa el banco que el vendedor necesita 11 días más para finalizar su mudanza y nos pide añadir la cláusula de precario en la compraventa.
El banco no quiere posponer la firma y nos dice que aceptemos. Qué pasa si después de esos 11 días no desalojan? Quién asume los costes del desahucio?
Hola porfa vor aver si me pueden ayudar
Ayeri dia 21 se tenia q firmar el contrato de compraventa, pero por circunstancias de que el vendedor no nos a facilitado una cuenta bancaria dnd se pueda engresar el dinero de la hipoteca de 72000.... El vendedor nos entregó las llaves y firmamos un contrato de compraventa para poder hacer ya uso como compradores de la vivienda. Mi pregunta es que si a final no nos va facilitar una cuenta bancaria para engresar el dinero y nosotros ya estamos viviendo en el piso, nos puede echar??
Hola, Cerasela Cosulea.
Es un caso verdaderamente extraño, pues no es habitual que se entreguen las llaves sin haber efectuado el pago. Entendemos que hasta que no se pague la vivienda, no se puede formalizar la compraventa, así que técnicamente aún no seríais los dueños "oficiales" del inmueble. Para evitar los problemas que eso puede conllevar, os aconsejamos realizar el pago por otras vías (por ejemplo, con la extensión de un cheque para que el vendedor lo ingrese como crea oportuno). Os aconsejamos, en ese sentido, que habléis con el notario con el que escriturasteis la compraventa para que os asesore (es gratis).
Un saludo.