Si vendo mi casa cuanto tiempo tengo para desocupar
Si vendo mi casa cuanto tiempo tengo para desocupar
ResponderBuenos días. Estoy en proceso de venta de mi piso. Una vez que consiga comprador cuánto tiempo tendría para desalojar la casa??
Hola, Yolanda Arévalo.
Nuestro consejo es que leas detenidamente la escritura de compraventa. Si ahí no se especifica que la entrega de llaves se efectuará en un momento posterior y que el vendedor tiene un tiempo para desalojar el inmueble, en teoría tendrían que haber desalojado ya el piso y haberte entregado las llaves. En caso de que no encuentres ninguna cláusula como la que te hemos mencionado, te recomendamos hablar con un abogado para que te explique qué pasos debes seguir para poder disponer de tu nueva vivienda.
Un saludo.
Buenas!! Resulta que hice un contrato de arras en el cual tengo que hacer el contrato de compraventa en 90 días, es decir antes 10 de agosto, y en el contrato pone que la posesión del piso y llaves será en agosto. Entonces, ¿hasta que fecha se puede quedar el vendedor?
Hola, fribet Sanchez.
Tal y como está redactado el contrato de arras, el vendedor podría entregarte las llaves en cualquier día del mes de agosto: el 1, el 15, el 31... Eso no te conviene, porque puede que no te entregue las llaves el día en el que firmes la escritura de compraventa.
Nuestra recomendación, por lo tanto, es que te pongas en contacto con su inmobiliaria (o con el vendedor directamente, si la venta la gestiona sin inmobiliaria) y pidas incluir un anexo en las arras en el que se especifique que se te entregarán las llaves y se te dará posesión del piso en el mismo día en el que se formalice la compraventa de la vivienda. De este modo, evitarás cualquier posible problema.
Un saludo.
He firmado un contrato de arras para vender mi piso. He firmado un anexo al contrato según el cual podré permanecer en el piso durante 2 meses después de firmar las escrituras.
Ahora los compradores pretenden realizar obras en el piso mientras permanezca en el piso durante esos 2 meses. ¿Pueden realizar las obras sin mi consentimiento? ¿Pueden entrar en el piso sin mi consentimiento?
Hola, Briscar:
Gracias por compartir tu consulta. Desde mi punto de vista, si en el anexo de las arras dice que tú tendrías la posesión del inmueble durante dos meses a contar desde la firma de la escritura, no se podrían hacer obras sin tu consentimiento, salvo que sean de carácter urgente, como la rotura de una tubería. No obstante, tendríamos que leer exactamente lo que dice el contrato para darte una respuesta más certera.
Espero haberte ayudado.
Saludos,
Paula
Hola Paula,
el contrato dice que los vendedores seguirán residiendo en el inmueble durante ese periodo.
Buenas noches, he firmado contrato de arras por la venta de casa. Y voy a señalar un piso de nueva construcción. Según indica la promotora, lo entregará en máximo 5 meses. Calculando el tiempo de la firma de la escritura (1 mes ó més y medio aproximadamente), me va a faltar tiempo seguro. Hasta cuánto puedo pedirle al comprador que me espere para la entrega de llaves?
Hola, Estrella:
Tú puedes pactar con el comprador lo que creas conveniente. Si necesitas entregarle las llaves dentro de cinco o seis meses, puedes proponérselo, aunque es difícil que lo acepte. Piensa que para él constituye un riesgo adquirir una vivienda sin poder hacer posesión de ella inmediatamente. En general, este tipo de cláusulas se pactan en las arras; pero de llegar a un acuerdo, podríais añadir un anexo. Si estás vendiendo tu piso con una inmobiliaria, te aconsejo hablarlo directamente con tu agente para sopesar tus opciones. Si estás vendiendo como particular, habla directamente con el comprador.
Espero haber sido clara. Si te podemos ayudar con algo más, no dudes en escribirnos.
Saludos,
Paula
Hola Sres .estoy x vender una casa de mi propiedad acordamos de contado al momento de firmar el recibo de compra venta ¿ tengo k entrgar la llave y Mi Pregunta es Cuanto tiempo debe esperar para k me transfieran el total del pago ya me dijeron k tenia ke esperar k el nuevo dueño escriturel primero y ahi recien recibir el total de lo pactado ¿ Esto es Asi ?
Hola, Luis:
Lo correcto sería que te transfirieran el total del pago en el mismo momento en que firmas la escritura de compraventa y haces la entrega de la llave. Tú debes estar presente en la firma de la escritura, por tanto, puedes asegurarte de que todas esas operaciones que realicen en el mismo momento.
Saludos y éxitos con la venta:)
Hola, he comprado una vivienda donde se escrituro que el antiguo propietario podía pertenecer en precario en la vivienda por dos meses. Pero que el segundo mes yo podría empezar hacer algunas reformas. Ya a pasado un mes y el antiguo dueño se niega a que se entre hacer los trabajos, a pesar de haberse especificado en la escritura. Que puedo hacer en este caso?
Hola, Tania.
Por lo que nos cuentas, entendemos que en la escritura se indica que puedes hacer esas reformas una vez pasado el primer mes. Si es así, el anterior propietario debe permitir las obras, porque es lo que se establece en la escritura que firmó. Nuestro consejo es que acudas a un abogado para que estudie tu caso y te explique cuáles son tus opciones legales para obligarle a permitir el acceso a la vivienda para iniciar las obras.
Un saludo.
Hola alguien sabe que puedo hacer quiero comprar una casa usada por parte de Infonavit pero me pidieron el evalúo de la casa cosas que ya pague pero la gente con la que Ise el trato nadamás me trai dando vueltas y nada que me dan los papeles como puedo hacer alguien sabe gracias
Buenas noches mi hermana compro una casa y ya se firmaron todos los papeles los cuales ya fueron enviados al conservador de bienes raíces. Solo falta que el banco cancele la parte que falta , pues el pie ya fue cancelado. Cuánto tiempo tiene la vendedora para dejar el inmueble. Gracias
Hola, uberlindamorales64.
Como en España no existen los conservadores de bienes raíces, deducimos que esa vivienda se ha comprado en otro país. Si es así, lamentablemente, no conocemos la legislación de otros países (HelpMyCash opera en España), así que te recomendamos buscar asesoramiento legal en el país del que se trate.
En cambio, si la vivienda sí se ha comprado en España, en el propio contrato de compraventa debería indicarse en qué momento está obligada la vendedora a entregar las llaves y abandonar el inmueble.
Un saludo.
Hola! Voy a vender mi casa y a comprar otra en la que uno de los requisitos es no poseer ninguna vivienda. ¿Cuanto pasa desde que venda la vivienda hasta que aparezca que no tengo ningún bien inmobiliario? Gracias
Hola, peypasl.
Entendemos que quieres comprar una vivienda con algún tipo de protección oficial que únicamente puede adquirirse si no se tiene otra vivienda en propiedad. Si no es así, corrígenos, por favor.
Normalmente, para comprar estas viviendas hay que demostrar que no se tienen viviendas inscritas en el Registro de la Propiedad. Dependiendo de la prisa que se dé la gestoría contratada por la persona que ha comprado tu vivienda, es posible que la vivienda tarde entre dos y tres meses a dejar de estar a tu nombre en el Registro de la Propiedad.
Dicho esto, nuestro consejo es que traslades tu consulta a la inmobiliaria o administración que gestione la venta de la vivienda que te interesa. Así, podrás obtener un asesoramiento más completo sobre tu situación particular.
Un saludo.
Ola estoy en compra de una casa emos firmado las arras el dia 3 que me vence la fecha maxima es el dia 5 de septiembre a firmar las arras el banco fue rapido porque tenia ya aprobada la hipoteca y haora le imformamos del dia de la firma que seria 5 de julio. Pero el vendedor desde principio ya esta poniendo pegas y quiere firmar el dia 29 de agosto y ese mes lo banco y notaria no trabajan y lo mas importante es que se me caduca la fein y para esa fecha que pide el vendedor tengo que acer todo los papeles de nuevo y alli tengo el riego de llegar el dia 5 septiembre que puedo acer si no firma en julio tendri yo la culpa
Hola, Jota.
Tendrías la culpa si el vendedor te propone una fecha posterior a julio en la que sí se pueda firmar la hipoteca y tú no puedes. Por ejemplo, en los primeros días de septiembre.
De todos modos, existe una alternativa que podría interesaros a ambos: firmar la compraventa con una cláusula que permita al vendedor desocupar la vivienda el 29 de agosto (o el día que pactéis). Así, tú podrás aprovecharte de tus actuales condiciones hipotecarias, podrás firmar la compraventa antes de agosto y el propietario podrá dejar la vivienda un poco más tarde.
Si os interesa esta opción, podéis pedir cita previa al notario (es gratuito) para preguntar cómo habría que dejar constancia de ese pacto en la escritura de compraventa.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.