Años para que un piso sea vivienda habitual
Años para que un piso sea vivienda habitual
ResponderHola. Estoy a punto de vender mi primer piso porque he encontrado trabajo en Holanda y me voy del país. El piso lo compré hace apenas dos años. Cuantos años tengo que haber vivido en el piso para que lo pueda declarar como vivienda habitual ante Hacienda?
Hola Cristian-vel,
La Agencia Tributaria considera que una vivienda es habitual cuando el contribuyente ha residido en ella de manera contínua durante, al menos, tres años.
Si el piso que vas a vender ha sido tuyo por dos años y has vivido en él durante más de un año, aún no lo puedes considerar como una vivienda habitual. Por tanto, tendrás que asumir el gasto de IRPF por la venta, en el caso que obtengas una ganancia patrimonial con la operación.
Espero haberte ayudado
¡Un saludo!
Pregunta similar: Demostrar a hacienda que una vivienda ha sido habitual para venderla
Hola. Compre mi piso hace 6 años y estoy pensando vender para comprar otro más grande. Entiendo que cuando se vende la vivienda habitual y el dinero de la venta se usa para comprar otra casa habitual no tienes que pagar irpf si has vivido tres años en el piso. Yo he vivido cuatro años en el piso y los otros dos en el piso de mi pareja. Mi duda es como le demuestro a hacienda que viví en el piso los tres años exigidos para no pagar?
Hola Patricia-var,
Tal como comentas, según lo establecido por la agencia tributaria, para poder disfrutar de la exención de este gasto de vender tu piso debes reinvertir el dinero de la venta en la compra de una nueva vivienda habitual. Se considera que una residencia es habitual cuando la persona ha vivido de manera contínua en la casa durante al menos tres años.
Una de las maneras que tiene hacienda de comprobar la residencia es a través del padrón municipal. Si has estado empadronada en tu vivienda durante el plazo mínimo exigido no tendrás ningún problema.
Otra manera que tienes de demostrarlo es mediante los recibos de consumo de servicios en el hogar, como por ejemplo, el de agua, luz y gas. No obstante, el empadronamiento sigue siendo la prueba más efectiva.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Pregunta similar: Consideración Vivienda Habitual
Saludos,
En julio del 2017 compramos un piso y nos empadronamos en él. Por circunstancias de la vida nos vemos en la necesidad de vender la vivienda.
Mi pregunta es, si aún no se han cumplido los tres años de residencia habitual, se cumplirían en julio del 2020, ¿tendría que hacer frente al pago de impuesto en el irpf aunque invierta lo obtenido en la compra de una nueva vivienda?
Gracias de antemano.
Hola BaronMorlock,
Sí, tendrás que asumir el gasto de IRPF por la venta de tu piso porque, a efectos fiscales, la casa que quieres vender no cumple con la condición de vivienda habitual, según lo estipulado por la agencia tributaria. Para que se dé este supuesto, tienes que habitar de manera contínua en la propiedad durante al menos tres años.
No obstante, si existe alguna causa justificada que exija tu cambio de domicilio, como por ejemplo la celebración de un matrimonio, una separación, un traslado laboral o un cambio de empleo, Hacienda entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual y, en ese caso, podrías acogerte a la exención por venta de vivienda habitual.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Me queda claro. El motivo es por ruptura con la pareja pero al no existir enlace matrimonial ni pareja de hecho entiendo que a efectos fiscales es complicado demostrar la existencia de la pareja. ¿O valdría el hecho de estar empadronados desde el mismo día y tener la vivienda al 50%?
Muchas gracias por su atención.
Hola BaronMorlock,
En este caso lo más recomendable es que consultes con un abogado o un experto en fiscalidad, ya que, tal como comentas, al no haber una separación legal de por medio, es difícil saber el criterio con que la agencia tributaria puede juzgar la situación en concreto.
Un profesional de la materia te podrá orientar mejor sobre si existe o no la posibilidad de acogerte a la exención de este gasto por la venta de tu vivienda.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
No son las situaciones cómodas cuando una pareja se separa y tiene que dividir los bienes comunes
No pensabas de alquilar tu apartamento o alguna parte de ella? en este caso no deberás pagar las impuestas y te quedarás con tu propia vivienda
Pregunta similar: Vivienda habitual irpf por venta
Hola. Tengo un piso en propiedad en San Sebastián de los Reyes en el que viví durante 6 años. Hace cuatro años me fui a vivir a Alemania por trabajo y tuve el piso alquilado en todo ese tiempo. Ahora he vuelto a España y mi intención es vender el piso y comprar más hacia el centro de Madrid y estoy evaluando los gastos. Mi pregunta es: cómo no vivì en el piso durante los últimos tres años ya no se considera vivienda habitual? no me puedo acoger al beneficio de hacienda de vender una vivienda habitual y comprar otra? Gracias!
Hola Springsteen,
Sí, al alquilar el inmueble y dejar de residir en él de manera continuada ha perdido la condición de vivienda habitual y, teóricamente, no podrías acogerte a la exención de reinversión establecido por la agencia tributaria. Por tanto, tendrías que asumir este gasto por la venta de tu piso.
No obstante, si tu cambio de domicilio se originó por un traslado laboral, Hacienda puede entender que la vivienda tuvo carácter habitual y podrían aplicarte una deducción por ese periodo de tiempo que viviste en la vivienda.
Es recomendable que consultes con un experto en fiscalidad, que te pueda orientar mejor sobre tu caso en concreto y te pueda indicar si puedes acogerte o no a este beneficio fiscal.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Pregunta similar: Duda vivienda habitual venta de piso
Buenos días. Tengo una duda
Quiero vender un piso que tengo en propiedad, pero a pesar que viví en este durante más de 10 años no he vivido en los últimos cuatro años porque me fui este tiempo a Inglaterra. Para que la vivienda sea habitual a efectos de hacienda se toman en cuenta los últimos tres años? o tengo que volver a vivir tres años para que sea de nuevo habitual?
gracias!!
Hola Ramírez,
Se considera que una vivienda es habitual cuando el contribuyente ha residido en ella durante un plazo continuado de tres años. En este caso, al dejar de residir en el piso de forma contínua, este ha perdido la condición de habitual.
No obstante, si el traslado ha ocurrido por circunstancias justificadas que hayan exigido el cambio de domicilio como, por ejemplo, un traslado laboral, la agencia tributaria entenderá que el inmueble tuvo carácter de habitual y podrías acogerte a la exención de reinversión en vivienda habitual, en el caso que tengas planeado utilizar el dinero de la venta para comprar otro piso. De lo contrario, deberás asumir el gasto del irpf por la venta de tu vivienda.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Si te fuiste del país y no has vivido en el piso dudo que te acepten la exención... si fue porque en el trabajo te trasladaron lo tendras que demostrar pero si te fuiste por libre tendras que pagar impuesto por la venta
No te lo tomaran ni de broma el traslado laboral si fue por tanto tiempo a menos que te pelees con hacienda. Yo me traslade por trabajo (me cambio de localización la empresa) a otra ciudad que esta a unos 150 kilometros y el primer año lo que hice fue vivir de alquiler y alquilar el mio, me salia a cuenta porque en el pueblo donde estaba los alquileres eran mas baratos así que me compensaba y me entraba un dinerito extra por el alquiler de mi piso.
Se me ocurrio la genial idea de vender el piso porque comence a vivir en pareja y para comprar algo allí, cuando me quise acoger a la exencion por reinversion segun hacienda mi vivienda ya no era la habitual, que tenia que haber vendido el piso inmediatamente y ojo que no habia llegado al plazo maximo de los dos años que tienes para reinvertir. Decir que Hacienda es el carroñero mas grande que tenemos en este pais, pero los que tienen pasta defraudan al fisco en sus narices
Pregunta similar: Deducción vivienda habitual Andalucía
Buenas, compre un piso en Andalucia y al ser menor de 35 años y ser mi vivienda habitual me pude acoger a la deducción, la pregunta es que ya han pasado mas de tres años de eso y sigo siendo menor de 35 años , me gustaría comprarme otro piso y por supuesto seria mi nueva vivienda habitual, podria acogerme a la deducción al haber pasado ya mas de tres años desde la compra del primero?
Gracias
Hola José Antonio González,
Sí, a nivel estatal, al haber habitado de forma continua en tu piso por más de tres años cumples con el requisito de vivienda habitual establecido por la Agencia Tributaria.
De esta manera, podrías acogerte a la exención por reinversión si vendes tu piso para comprar otro y así quedar exento de asumir el gasto del IRPF por la venta de la vivienda.
No obstante, es aconsejable que consultes con la división de Hacienda de tu comunidad, ya que el beneficio de deducción por ser menor de 35 años es de carácter autonómico. En este sentido, desconozco si pudiese existir algún plazo mínimo exigido en el que debes conservar la vivienda para no perder este beneficio.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Pregunta similar: vender para comprar
Hola, hemos decidido cambiar de residencia en un municipio de Madrid. Mi vivienda actual la compre en octubre del 2018 y me comentaron que si la vendia antes de 2 años he de pagar mas impuestos, cosa que no veo por ningun lado trasteando por internet. La vienda a comprar seria tambien residencia habitual. ¿es verdad esto de que no debo venderla antes de 2 años?. Gracias
Hola Helper,
La venta de una vivienda implica asumir unos gastos y pagar unos impuestos. Uno de ellos es el IRPF, ya que debemos tributar por la ganancia patrimonial obtenida con la operación.
Si vendes tu vivienda antes de los tres años tendrías que hacer frente al pago del IRPF por la ganancia patrimonial obtenida, aún cuando utilices el dinero de la venta para comprar una nueva residencia.
Esto se debe a que Hacienda considera que una vivienda es habitual cuando el contribuyente ha residido de forma contínua durante, al menos, tres años en la casa.
En cambio, si lo haces pasados los tres años, cumplirias con el concepto de vivienda habitual y al utilizar el dinero de la venta en la compra de una nueva residencia principal, podrías acogerte a la exención por reinversión que estipula la agencia tributaria.
Así, al estar exento, no tendrías que pagar IRPF por vender tu piso.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Pregunta similar: Pago IRPF vivienda habitual
Buenas tardes,
he vendido el único piso que tenía en propiedad pero llevo 5 años viviendo en otro piso de alquiler. Ahora quiero reinvertir el dinero en un piso al que me iré a vivir, será mi vivienda habitual. ¿Estoy exenta del pago del IRPF a pesar de llevar viviendo de alquiler varios años?