Hola. cuales son los gastos de vender un piso? Estoy vendiendo mi piso en sant boi de llobregat
Hola Ernesto,
Al vender una vivienda tienes que pagar una serie de gastos e impuestos derivados de la venta. Los que corresponden como vendedor son los siguientes:
- IRPF por la ganancia patrimonial de la venta
- Plusvalía municipal, en el caso de que el piso haya aumentado de valor desde su adquisición
- Impuesto sobre bienes inmuebles - IBI
- Certificado registral de cancelación de hipoteca
- Gastos de notaría por la escritura de compraventa
- Certificado de eficiencia energética
- Certificado de estar al corriente con los gastos de la comunidad
- Comisión inmobiliaria, en el caso de que contemples vender con ayuda
Recomendamos contemplar todos estos gastos al fijar el precio de la venta, para que, de esta forma, el dinero que recibas cumpla con tus expectativas y necesidades.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Ojo, que si pretendes sumar todos y cada uno de los gastos que vas a tener por vender el piso al pie de la letra se te puede disparar mucho el precio a un nivel que no venderías nunca. Hay que tenerlos en cuenta para no vender por menos, pero también ser razonable.
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Hola,
Quiero vender una vivienda y me gustaría saber cuales son los gastos reales que he de pagar, en que porcentaje sobre que? Cada inmobiliaria me dice una cosa..
La casa en escritura me costó 126900€ sin iva y según mi escritura por cancelación total tengo que pagar un 1%(escuche algo que la ley obliga a los bancos a cobrar otro % a todos).
Gracias
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Hola.
Vendo mi vivienda, a través de una agencia por un importe X, incluyendo la Comisión de la agencia y los impuestos de la Comisión. Pero el precio de escrituracion lo quieren poner aproximadamente a X + 7000 euros.. haciendo factura a nombre de la parte vendedora en concepto de análisis y estudio. Es en Baleares y me dicen q fiscalmente son gastos deducible y que no me perjudica fiscalmente. No me cuadra y no me gusta. Me pueden dar sus opiniones por favor? Gracias
Hola Josechechulin,
Lo aconsejable es escriturar siempre por el valor real de la operación, ya que hacerlo por un precio superior puede tener consecuencias fiscales para ti. Por ejemplo, si esos 7.000 euros no son justificables, a la hora de asumir el gasto del irpf por la venta de tu piso, te puede salir a declarar una ganancia que no es real.
Sin embargo, es recomendable que consultes con un experto en fiscalidad, que te pueda orientar mejor sobre tu caso en concreto y, en el caso de que el monto adicional esté justificado, te pueda indicar sobre esas posibles deducciones a las que puedes acogerte para evitar el impacto fiscal.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Me parece que no te va a tocar, toman este 7 mil como su ganancia, pero claro que no es justo de su parte
Puedes cambiar la agencia y no trabajar con la gente que quiere enriquecerse contigo
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Buenos días, tengo 46 años y quería hacer una consulta, compré una vivienda en diciembre 2006 que costaba 296.000€ y la hipoteca se realizó de 203.000€, actualmente me queda un capital pendiente de 94.000€ aprox y unos 11 años después de ir amortizando y mi pregunta es la siguiente….estoy pensado en vender la vivienda que podrían darme unos 170.000€ aprox y mi idea sería pagar el capital pendiente y con el dinero que me pueda quedar, mirar opciones de comprar algo más sencillo, coger un piso de alquiler….es decir de la venta de mi vivienda actual que gastos tendría que pagar o tributos a hacienda, ayuntamiento…al ser un valor actual muy menor que en el 2006.
Hola Helper,
La venta de una vivienda trae aparejado unos gastos. Por un lado, tenemos los de la gestión de los documentos necesarios para la venta, los cuales, de manera general son:
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La nota simple: tiene un coste de 9,02 euros si la pides directamente en la página web del Colegio de Registradores. También existen muchas gestorías que te la pueden emitir más rápido, pero por precio de unos 20 o 30 euros.
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El certificado energético: el precio de este documento ronda los 100 euros. No obstante, el coste final vendrá determinado por la ubicación de la vivienda, la cantidad de metros cuadrados del piso y el profesional elegido para realizar la certificación. La emisión de este documento corre a cargo de un técnico habilitado para ello, quien deberá visitar tu piso para hacer una inspección y elaborar el certificado.
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La cédula de habitabilidad: deberás gestionar este documento para vender tu piso solo si en tu comunidad autónoma es exigible. El precio de este trámite es variable, ya que va en función de la vivienda, las tasas aplicadas por tu ayuntamiento y los honorarios del profesional que realice la gestión. La mayoría de las autonomías piden un informe de habitabilidad realizada por un técnico para emitir la cédula.
Por otro lado, están los impuestos obligatorios a pagar por la venta. Estos son:
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IRPF por la venta de tu vivienda: en tu caso, si vendes el piso por un precio inferior al que lo compraste, estarías exento de pagar el irpf, ya que no hubo una ganancia sino una pérdida patrimonial. Aunque, es importante que declares la transacción a la agencia tributaria.
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Plusvalía municipal: este gasto va relacionado con el aumento del valor del suelo de tu piso, no con el de la compraventa. Para calcularlo, debes tomar en cuenta el valor catastral de la vivienda, el número de años que has tenido el piso en propiedad y el coeficiente multiplicador y el porcentaje de tributo fijado por tu ayuntamiento. Este varía de una localidad a otra, pero por ley no debe superar el 30%.
Te aconsejamos que consultes a un experto en fiscalidad o un gestor para que te pueda orientar sobre tu caso en concreto y te pueda realizar el cálculo de los impuestos considerando todas las variables que entran en juego.
Por último, existen otros gastos en los que puedes incurrir como, por ejemplo, el de la tasación de la vivienda para fijar el precio de venta o la comisión inmobiliaria, si optas hacerlo con ayuda. Estos van a depender de tus circunstancias y de la forma en que decidas vender tu piso.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Si vendes por menos dinero no tienes que tributar pero si tienes que incluirlo en la declaracion del irpf ya que puedes compensar esa perdida con otras ganancias patrimoniales que tengas de aquí a cuatro años... si no lo declaras pierdes ese posible beneficio... buscate un gestor para que te explique como hacer la declaración
Mi madre tiene 67 años y quiere vender una casa en asturias que compro hace 10 años como inversion y le ha traido mas quebaderos de cabeza que beneficios
si vende por menos entonces no tiene que pagar el irpf????
Hola Helper,
Si tu madre vende su casa por menos dinero del que la compró no tiene que asumir el gasto del IRPF por la venta de su vivienda. Esto se debe a que, en este caso, tendría una pérdida patrimonial y no una ganancia.
No obstante, es importante que incluya la pérdida en su declaración de la renta, para así evitar problemas con la agencia tributaria.
Además, que esta pérdida la puede compensar con otros ganancias patrimoniales que pudiera tener que en el mismo ejercicio fiscal o en los cuatro años siguientes. Aunque, es aconsejable que en este caso consulte a un experto en fiscalidad que la pueda orientar sobre cómo realizar la compensación.
Espero haberte ayudado.
¡un saludo!
Pregunta similar: ¿Quién asume los gastos del registro tras vender un inmueble?
Hola!
Acabo de encontrar comprador para mi piso y ya estamos en el estadio de las arras. Me preguntaba, tras vender, ¿Quién asume el gasto de inscribir la nueva titularidad en el registro? ¿Comprador o vendedor?
Gracias!
Hola, Lorena.
Generalmente es el comprador quien asume los gastos de inscripción de la nueva titularidad. Aun así, si la situación lo requiere, podéis negociar quién cubre este gasto de la compraventa de tu vivienda y especificarlo en las condiciones del contrato de arras.
También podría ser que decidáis repartiros el importe de este trámite, que va a depender del valor de compraventa del inmueble.
¡Un saludo!
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ola si me vendo mi casa sin alluda de inmobiliarias qe gastos me aorro ademas de los 8000 en onorarios
Buenas, Alejandromar,
Al vender tu vivienda sin ayuda de un profesional inmobiliario, te ahorras solamente los honorarios, ya que el resto de trámites van a tener que hacerse igualmente. Así pues, algunos de los gastos a cubrir al vender tu casa serían:
- La tramitación del certificado energético
- Cédula de habitabilidad
- Nota simple (10 euros a través de la web de Registradores)
- Las arras (aunque puedes hacerlo gratis online)
- Comisiones del banco y gastos de notaría
- Impuestos relacionados con la venta como el IRPF y la plusvalía municipal.
El precio de gestión de estos certificados varía dependiendo de la Comunidad y los honorarios de los técnicos y los impuestos van a basarse en el valor de tu vivienda.
Si quieres saber más sobre las diferencias entre la venta con ayuda de una inmobiliaria, o como particular, echa un vistazo a este link sobre cómo vender una vivienda.
Si tienes más preguntas, no dudes en volver a escribir.
¡Un saludo!
Pregunta similar: Gastos junta de compensación
Hola buenas tardes, estoy por comprar una casita la cual tiene una deuda de la junta de compensación, quien debe hacerse cargo de esa deuda el dueño de la casa o yo que la voy a comprar?
Es que me llamo hoy para decirme q debo pagarla yo y la deuda no es mia.
Saludos y gracias
Hola German,
No existe una regulación uniforme relacionada con los gastos de la junta de compensación. Por lo que podrían haber diversas interpretaciones. La Ley del Suelo, en su artículo 19.1, establece que el nuevo titular queda subrogado a los derechos y deberes del anterior propietario, por lo que el pago de este gasto puede ser exigible al nuevo dueño de la vivienda.
En este sentido, es aconsejable que lo negocies con el vendedor para llegar a un acuerdo que los beneficie a ambos. También es recomendable que consultes este asunto con un especialista o un abogado experto en el tema. Así puedes estar al tanto de los vías que tienes para resolver el asunto.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
Pregunta similar: Licencia de segunda ocupación
Hola, tengo un piso en la localidad de Sedaví, y ya tengo un contrato de arras con los compradores, la cuestión es que estoy viendo lo que tengo que pagar y los papeles que necesito. Las duda son:
Que si para vender necesito la Licencia de segunda ocupación, y si es así donde se solicita.
Y la otra pregunta es que de todos los gastos que es lo que paga el comprador.
Gracias
Hola Miriam,
Sí, en la Comunidad Valenciana es necesario presentar este documento para vender una vivienda. Para obtenerlo, debes contratar los servicios de un técnico habilitado, quién deberá visita la casa para realizar una inspección y elaborar un informe que certifique la habitabilidad del inmueble.
Hecho esto, el informe se deberá registrar ante el Ayuntamiento de Sedaví. Esto lo puede realizar el técnico de forma electrónica o presencial. Generalmente, el registro y el pago de las tasas correspondientes ya vienen incluidos en los honorarios del técnico. Estos pueden variar según la cantidad de metros cuadrados de la casa y el profesional elegido, pero, de manera general, rondan los 100 euros.
Existen algunas webs donde puedes contratar los servicios de este tipo de profesionales. Aunque, también puedes dirigirte los colegios profesionales de ingenieros o arquitectos de tu ciudad. En estos tienen listados de técnicos colegiados que puedes contratar.
Por otro lado, los gastos que le corresponden al comprador de la vivienda son, de manera general, los siguientes:
- Los gastos de notaría: la ley indica que el vendedor debe asumir el coste de la escritura matriz y el comprador los de la primera copia y aquellas sucesivas. Sin embargo, en la práctica, esto se suele negociar y generalmente los asume el comprador en su totalidad.
- La inscripción en el Registro de la Propiedad: una vez vendido el piso, le corresponde al comprador costear la inscripción de la nueva titularidad en el Registro.
- Los honorarios de la gestoría: en el caso de que constituyan una hipoteca.
- El ITP o impuesto de transmisiones patrimoniales
- La parte del IBI que le corresponda: la ley indica que el pago del IBI debo correr por cuenta del que es propietario el día 1 de enero. No obstante, la ley admite el pacto entre las partes y en la práctica este gasto se suele repartir entre comprador y vendedor, según el tiempo en que cada uno ha tenido el piso en propiedad. Por ejemplo, si el piso se vende a mitad de año, el vendedor pagaría la cuota proporcional del IBI correspondiente a 6 meses y, el comprador, de allí en adelante.
Por último, si necesitas obtener más información sobre los costes que debe asumir el vendedor, puedes consultar la página donde explicamos todos los gastos de vender un piso.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!