Embargan la cuenta en banca como n26, revolut o Viabuy??
Embargan la cuenta en banca como n26, revolut o Viabuy??
Responder****. Si estás arruinado y cobras una pequeña pensión, no te "PUEDEN" embargar por debajo del mínimo inembargable, pero de todos modos, lo hacen; ¿PQ?, porque pueden. Luego lo tienes que reclamar y BLA BLA BLA... te lo devuelven (todo, con suerte), pero al poco te lo quitan de nuevo, con lo que te obligan al final a desistir o a vivir sin cuentas bancarias. (Después que me digan si no molan las criptomonedas como sustitutos!!!). La cuestión es... ¿es posible poder tener cuenta "protegida" de este problema en algunos de estos nuevos "bancos" virtuales??. MIL GRACIAS.
Para los que tenéis embargado el datáfono hay una solución alternativa, existen datáfono no bancarios como el de izettle que pertenece a PayPal, existen otras marcas, y te permite poner como cuenta de destino la que tu quieras, aunque no figures como titular, entre que el datáfono no es de banco español y la cuenta es de un familiar, no te embargan ni una cosa ni otra.
Monese no da IBAN de UK pero transfer wise si que da un IBAN de UK cuanto conviertes euros en libras.
en el caso de particulares el embargo siempre es por el importe de la cuenta, es decir si te quieren embargar 500 euros pero en la cuenta hay 50 en el momento de lanzar el embargo embargan esos 50. pero no se quedan los otros 450 pendientes, esto solo se da en temas judiciales o embargos muy gordos...
o en caso de empresas y/o autonomos que ahi si te embargan el importe entero a espera de que entre mas dinero pero por que se considera un proceso mercantil, en cuanto a gente corriente lo "normal" es que lanzen un embargo de X cantidad y lo que pillen hasta llegar a esa cantidad es lo que embargan ese dia por lo que si tras el embargo metes o retiras dinero, es factible.
Así es. Se trata más que nada de una repregunta retórica, a la vista de que la mayoría de respuestas pueden tener su ámbito de aplicación para cobro de salarios y otra operativa, que no se extiende a las pensiones y demás prestaciones públicas españolas. Ésas se cobran como titular en cuenta de banca tradicional, no se pueden cobrar ni siendo apoderado en cuenta de otra persona, ni en tarjetas prepago con iban español como la de Correos, ni en neobancos ni en ninguna entidad ni por ningún medio que no sean los de siempre, los llamados colaboradores con hacienda y la seg. social españolas, todos los cuales además controlan los juzgados mediante el llamado punto neutro cuyo embargo masivo de cuentas a la vista gestiona el Santander. Si la cuenta sólo se nutre de tales cantidades no debe sufrir traba más allá de las escalas del 607 LEC, traba que será doble si ya se embarga en origen. Y ya si hay más de un embargo vivo la cosa se complica hasta lo indecible, pero porque no quieren afinar la aplicación informática, así presionan al máximo, sobre todo si los funcionarios y procuradores piden a ver si suena la flauta y el deudor ya se apañará.
No hay otra respuesta o yo no la veo. En tales casos es una lotería librarse del barrido, pero si el embargo es permanente nada que hacer salvo justificar las cantidades inembargables para que las devuelvan, o sea, un sinvivir como dijo alguien en un post más atrás. Si aceptan que se señale una cuenta al solo efecto de percibir la pensión, sin ahorrar en ella de un mes para otro, ojo, ya será mucho. Y si hay devoluciones de hacienda ya es suerte pura librarse del embargo.
Hemos ido tragando por todo, y el cobro por ventanilla, el cobro por cheque, por giro postal, han pasado a la historia, y el cobro a través de graduado social o habilitado de clases pasivas son figuras a extinguir.
Mis disculpas si me repito mucho, Ikarus, de alguna manera me queda siempre la sensación de que no me explico bien o no se me entiende bien.
Lo de embargar el datáfono, de esto sé poco, pero eso es el tpv de las tiendas, mayormente, y esos ingresos por esa vía, que van a parar a una cuenta bancaria, entiendo que también computan a efectos de aplicar las escalas del 607 LEC. Lo que me extraña es que hacienda no rastree operaciones con esos datáfonos "no bancarios", ni inspeccione a quien reciba los ingresos en su cuenta. Será porque, como dicen los de la asociación de inspectores, no tienen suficientes medios personales.
Por cierto y aunque se salga un poco del tema, se aproxima la paga extra navideña, y ahí también están interpretando la ley como quieren, ya hubo polémica el año pasado porque a los pensionistas les embargaron sin considerar que el SMI inembargable debería ser el doble, y lo mismo en verano. No sé si alguien ha llevado el tema al juzgado y con qué resultado.
eso sí, y en Yuan China ya ni te digo, la cuenta ya no tiene ni formato europeo, ni dólar EEUU ni Canadiense, y son monedas en auge
No tienes que disculparte, para nada. Simplemente, espero que no se alargue innecesariamente este hilo, que ya es enorme, y si te digo la verdad, si estuviera en mi mano, yo lo borraría, ya que contiene información que no interesa que se airee demasiado. Por desgracia, eso es algo que ya no tiene remedio.
Yo creo que a la vista está que hay algunas (relativas) soluciones, algunas de las cuales están y estarán por siempre lejos de las garras del Estado... pero no son aptas para todo el mundo tampoco.
completamente de acuerdo, estamos dando demasiada información, para ayudar a los demás afectados estamos dando pistas de cómo y dónde..... Por mi parte ya no comento nada más, no todo está dicho por suerte, y mejor que así sea.
De acuerdo contigo, pero sólo en parte. Quien formuló la pregunta inicial, y algún otro después, muestran su indefensión e impotencia ante conductas indebidas por parte de organismos públicos y judiciales, que exceden los límites legales al embargo, sea por digamos exceso de celo, sea porque interesa hacerlo así y ya veremos luego. El deudor civil no es un criminal ni un delincuente, y con tales conductas se le trata a veces hasta peor. De hecho en materia de prescripción el trato es mucho peor y siempre la interpretación restrictiva frente a la siempre más favorable en materia penal. De ahí que cierta información siempre será poca para quien padezca tales excesos. Otra cosa es sugerir determinados métodos que pueden entrar en lo prohibido y así se ha puesto de relieve por algunos al mentar las insolvencias punibles. Y en cuanto a lo último que dices, cada vez es más complicado jugar a gato y ratón debido a la informática. Desde luego, respecto al tema pensiones públicas, poco hay que hacer salvo confiar en la desidia del gestor de turno, o que se permitan otros métodos de cobro, aunque el cobro por ventanilla, que era lo ideal, difícilmente va a volver, es más, por algo lo quitaron. Si quien primero incumple la ley es quien está llamado a aplicarla, apañados vamos. Y la mayoría de pensaciones y prestaciones que se embargan indebidamente no son precisamente para tirar cohetes, lo que hace más odiosa tanta voracidad a mi modesto entender. Ojalá en algo se haya podido ayudar a esas personas, que no son desde luego los que arriesgan con cryptos ni fintech y demás, sino el deudor de a pie, mondo y lirondo, al que en diciembre, con la extra, van a fastidiar si cabe más todavía. Un saludo.
Si no eres residente, olvídate
Perdona, a quién o qué estás contestando?
Te refieres a residir en el extranjero ?
Me gusatría lanzar una consulta al hilo de lo expuesto, pero con matices, a ver si me puede ayudar vuestra experiencia personal...
yo tengo embargos, pero son de entidades bancarias, (no Seg social ni Hacienda, que son los duros).
Todo saldo que tenga, peligra. y además con la infinidad de fusiones bancarias que ha habido, antes o despues el banco con el que tenia deuda, ha sido absorbido por otro y luego por otro...ya caban reclamandome entidades con las que ni trabajaba.
Estoy pensando en abrir cuenta en WISE que parece la que menos riesgo tiene de embargo... pero mis dudas son:
.- pueden hacerme ingresos de nómina/pagos de facturas en una cuenta extranjera? (a pesar del coste que asumo, es legal? que otras consecuencias tiene?)
.- si abro WISE en un pais con moneda euro, es embargable igualmente? (entiendo que por una bancucho español o por sentencia judicial de ese banco no, verdad? (si lo abres en UK en libras o en Dinamarca en coronas, el coste de tipo de cambio y transfer puede ser importante)
.- si abro cuenta en WISE en Portugal, por ejemplo, sería embargable? alguna experiencia al respecto? algún acuerdo bilateral entre países que debamos saber?
.- entiendo que no puedo domiciliar los recibos de autónomos? prestamos bancarios, etc... para eso deberia ingresar en una cuenta española (pero solo arriesgo esos cienes de euros cada vez que ingreso para pagar el recibo)
Hasta ahora he ido escapando sacando la pasta al cobrarla, pero alguna vez han trincado algo, y estoy cansado de vivir como un prófugo. ya solo me queda buscar algun banco extranjero con el que operar y tener mi poco dinero tranquilo. al menos que me dejen ir al mercadona a hacer la compra...
Mil gracias a todos/as.
Lee bien todo el hilo, desde el principio. Está todo dicho a día de hoy. Yo estoy como tú, con varios embargos judiciales por una desgracia familiar. Si respetaran la ley otro gallo cantaría, pero no lo hacen, por desidia o por lo que sea. Lo grave será cuando tengas que cobrar prestaciones públicas, o pensión. Repito, lee todo el hilo bien. Suerte.
La N26 si la embargan,a mi me quitaron todo lo que tenia que por suerte no era mucho,80 euros.
VIABUY es completamente segura,el problema llega cuando pasas de 15.000 euros ingresados ,2 años en mi caso,que tienes que pasar a nivel IDV3 y mandarles contrato,facturas, impuestos...te lo ponen muy dificil.
Con Paypal no he tenido problemas hasta ahora en 2 años,no han tocado nada
Hola,me sumo al foro por un problema similar,hace 10 años Hacienda sanciono a mi Sl,del que yo era administrador con 40mil...Pasados 10 años pasan la deuda a mi nombre particular,lo poco que tengo lo meti en N26 con Iban aleman,son embargables tambien?unos comentan que si....y otros que no.
David Q no confirma que iban tenia el...
Hola a todos
He encontrado esta página por casualidad y me he registrado ya que estoy en la misma situación que muchos de vosotros
Espero embargo pronto y buscaba alguna solución a barridos ilegales
He abierto en wise y seguiré vuestros puntos de vista
Gracias
Hola,
Alguien de a puesto en contacto con Wise para confirmar que su cuenta de Libras en RU está fuera del alcance de una OERC?
N 26 ES DE DINAMARCA, O ALEMANIA?
Hola a todos, después de leerme todo el hilo, tengo una consulta, actualmente tengo una ejecución de 2500€ de límite 24 sl, me ha llegado la carta donde se me notifica, según a comentado un compañero me faltaría ahora la carta donde me dirán que pretenden hacerme el embargo y después los embargos en si, mi consulta, yo actualmente no trabajo, el poco dinero que tenía lo transferí a un familiar a través de bizum, entiendo que siempre que haya dinero y coincida el barrido me lo quitarán lo que hubiera pero si yo por ejemplo hago un ingreso de 50€ porque quiero comprar algo por esa cantidad y en total en la cuenta me dice que tengo 50 pero como lo usé para comprar algo me dice que disponible tengo 0, esos 50 que están a la espera de que el comercio los cobre me lo pueden quitar o los embargos van solo a lo disponible, espero haberme explicado correctamente, un saludo y gracias de antemano.