Dejar de pagar la cuota de la hipoteca no tiene por qué acabar siempre en embargo. En ocasiones, después de algunos meses sin abonar la mensualidad, el hipotecado puede frenar el proceso que desembocaría en embargo pagando los meses que debe, más los intereses y comisiones generadas por el retraso.
Pero ¿a cuánto ascienden? ¿Cómo podemos calcular la hipoteca y todos sus intereses para saber si seremos capaces de pagarlos?
Los conceptos a abonar
- Cuotas pendientes: la suma de todas ellas
- Intereses de demora: sobre el 3% por encima del interés de nuestra hipoteca.
- Comisión por reclamación: entre 20 y 30 euros por reclamación efectuada, dependiendo del banco
Cómo se calcula la hipoteca (ejemplo)
- Cuota: 600 €
- Interés de la hipoteca: 3%
- Interés añadido por la demora: 3% (total = 6% = 0,06)
- Comisión por reclamación: 25 €
- Llevamos sin pagar: 3 meses (90 días)
Imaginemos que estamos a 1 de abril y queremos pagar las deudas contraídas durante enero, febrero y marzo. Veamos qué debemos de cada mes:
ENERO
- Cuota pendiente = 600 €
- Comisión por reclamación = 25 € x 3 (1 al mes) = 75 €
- Interés de demora = (600 x 0,06 x 30 / 365) + (600 x 0,06 x 60 / 365) + (600 x 0,06 x 90 / 365) = 17,75 €
(Hay que calcular los intereses de este impago acumulados a lo largo de enero, febrero y marzo, cuando llevábamos sin pagar 30, 60 y 90 días.)
TOTAL DEUDA ENERO= 692,75 €
FEBRERO
- Cuota pendiente = 600 €
- Comisión por reclamación = 25 € x 2 (1 al mes) = 50 €
- Interés de demora = (600 x 0,06 x 30 / 365) + (600 x 0,06 x 60 / 365) = 8,88 €
TOTAL DEUDA FEBRERO= 658,88
MARZO
- Cuota pendiente = 600 €
- Comisión por reclamación = 25 €
- Interés de demora = (600 x 0,06 x 30 / 365) = 2,96 €
TOTAL DEUDA MARZO= 627,96 €
TOTAL DEUDA ACUMULADA ENERO + FEBRERO + MARZO = 1.979,59 €
Pagaremos 179,59 euros más que si hubiéramos pagado las cuotas en su mes.
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Encarnacion
Hola haber yo pago de alquiler 575 euros y la dueña me a dicho que le cobrarán intereses de comisión por retraso ya que no pague enero la cuestión me a dicho que si no lo pago me echa del piso es legal?
Iñigo Esteban
Hola Encarnación,
Nosotros somos un comparador de productos financieros, no abogados ni especialistas jurídicos. En principio, la orden de echarte de un piso la tiene que emitir un juez tras un proceso judicial. De todas formas, lo mejor es que contactes con tu casera para solucionar el problema y evitar males mayores.
Saludos
María Teresa ortiz
Si el importe mensual de mi cuota correspondiente a mi préstamo hipotecario es de 549.95 y me retraso 26 días en el pago, cuánto es legal que me cobren
Elena Gómez
Hola, María Teresa ortiz.
Te pueden cobrar intereses de demora por el retraso, cuya cantidad debe constar en el contrato de tu hipoteca. Eso sí, por ley dichos intereses no pueden superar tres veces el interés legal del dinero, que actualmente está en el 3%. Es decir, como máximo te podrán cobrar un 9% de intereses.
Además, pueden cobrarte una comisión por reclamación de posiciones deudoras por avisarte del retraso. El importe de esta comisión también debe constar en tu contrato.
Un saludo.
Juan
¿Cómo es posible que la comisión de reclamación se cobre 75€ enero, 50€ febrero y 25 marzo? Si la comisión es mensual, debería ser 25 euros todos los meses no?
Encarnacion Gonzalez Garcia
Yo tengo un préstamo con un banco, al dia de hoy lo llevo pagando bien, pero es verdad que hay cuatro letras devueltas, que en su dia no pude afrontar, ahora en el 2017 termino de pagar, y quisiera pagar las 4 letras devuelta. ¿ cuantos interese me han generado, gracias
Beatriz
Hola y gracias
Perdonad pero no consigo calcular los intereses de demora.
Intereses de demora: sobre el 3% por encima del interés de nuestra hipoteca.
No entiendo bien el cálculo?
Gracias
Antonia Bonet garcía
Hola a todos mi pregunta es el banco me pasa la ipoteca cada día 1 yo cobro cada día 5 este mes me han cobrado 80 euros por que la han cobrado pasado el día uno, me dice el banco que como esto lo lleva una empresa externa es lo que hay., que intente tener el dinero el día uno lo que me hacen es legal?? Gracias
Marta Rabal
Buenos días Antonia,
Puedes intentar hablar con el banco para poder llegar a algún acuerdo o si es posible, guardar un dinero cada mes para poder hacer los pagos el día 1.
Un saludo
Benito Martín
Es ilegal aplicar intereses de demora ya que los jueces han recibido orden de sacar estas cláusulas del contrato porque se ha pronunciado el tribunal europeo diciendo que es abusivo que se pidan intereses por la demora lo que perjudica al consumidor.
http://play.cadenaser.com/audio/000WB0660320150122120238/el-juez-manuel-ruiz-de-lara-explica-que-consistian-clausula-de-demora-abusiva/
ANTONIO
TENGO UN PRESTAMO DE 68000€ Y UNA CUOTA DE 540 € AL MES TENGO DE DEMORA UN 23% LLEVO SIN PAGAR 7 MES CUANTO ES DE DEMORA
rosa
Buenas tardes:
Me gustaria por favor me informarais.He llegado a yna situacion limite y no puedo pagar la hipoteca de una segunda vivienda.Implicaria perder la primera vivienda o vivienda habitual?? Arrastrare toda la vida la hipoteca de la segunda y el banco se queda ademas con la vivienda??Que puedo hacer, cuando el director de la sucursal es un pirata.
Muchas gracias por vuestra informacion.
Gustavo
Los verdaderos gastos de demora cuando dejas de pagar son del 20%-24% del total solicitado al año. Te embargan la vivienda al cabo de 18-36 meses y te quedas con la deuda de la diferencia del 60% con lo que te queda por pagar + 50-75% de gastos de demora + 20% aprox. de costas y gastos del proceso judicial. Al final, la deuda completa y sin piso. Te lo embargan de la nómina de por vida. El banco se queda el piso por el 60% de la operación inicial, pero si mirais la clausula de intereses de demora veréis que son del orden del 20-24% anual con un máximo de dos – tres años, y un 20% más por costas y gastos del procedimiento. Una verdadera estafa legal que te arruina de por vida. Los números que estáis poniendo aquí son infantiles y no se ajustan a la realidad.
Jucar
Gustavo… lo has clavado.
carlos
No tengo mucha idea, pero creo que la ecuación no es correcta, se están duplicando intereses, además creo que los intereses se calculan por días y no por meses, si no es así agradecería que alguien me corrigierá.
Para la cuota de enero, habiendo estado dejando de pagar 3 meses, la fórmula debería de ser esta:
600*(1+(0.06/360)) Elevado a 90 Se eleva a 90 solo el paréntesis, y el resultado para la cuota de enero serían 609,067078, o sea, 9,067078€ de interés para la cuota impagada de enero.
Creo que la fórmula que ponéis calcula interés por 30 días, que sería correcto si se aplica el tipo de interés mensualmante, pero después se recalcula cuota como bien han dicho por aqui, pero el tipo de interés se vuelve a calcular por 60 días, si no lo haces así estás volviendo a calcular intereses de los 30 primeros dias.
Sería así:
Cuota de enero: 600+(600*00,6*30/360)= 603
Siguientes treinta días, con los intereses sumados a la cuota 603+ (603*0,06*30/360)= 606,015
Y los siguientes 30 dias: 606,015+(606,015*0,06*30/365)= 609,045
Lo que es lo mismo: 600+(1+(0.06*30*360) Elevado a 3 por los meses transcurridos. Vemos que al calcular los intereses diariamente el montante es mayor que al hacerlos mensulamente.
alex
!00% de acuerdo, está mal hecho. Están calculando como si hubiera dejado de pagar la primera cuota 6 meses… y no es cierto.
Benoit
No soy un experto, pero me da la impresión que hay un pequeño error en el cálculo de los intereses de demora de enero y febrero. Lo que poneis para enero:
Interés de demora = (600 x 0,06 x 30 / 365) + (600 x 0,06 x 60 / 365) + (600 x 0,06 x 90 / 365) = 17,75 €
Lo que creo que tendría que ser:
Interés de demora = (600 x 0,06 x 30 / 365) + ((600+3) x 0,06 x 60 / 365) + ((603+3.015) x 0,06 x 90 / 365) = 23,78 €
donde se añade cada mes los intereses generados el mes pasado al capital.
Jesus
La frase «Pagaremos 479,59 euros más que si hubiéramos pagado las cuotas en su mes» es incorrecta.
Las cuotas de los meses de Enero, Febreo y Marzo suman 1.800, 00 euros.
La deuda acumulada segun los calculos, 1.979,59
Asi pues … la frase debe ser:
Pagaremos 179,59 euros más que si hubiéramos pagado las cuotas en su mes.
Menos dramatica.
HelpMyCash
Hola, Jesús. No es dramatismo sino un error debido a que también hicimos cálculos con cuotas de 500 euros. Ya está cambiado. Muchas gracias por la corrección. De todas formas, pagar 180 euros de más por un retraso de 3 meses (que no es, ni de lejos, la media de morosidad) no es ninguna tontería para una persona que ya se ha mostrado insolvente.