Liquidación hipoteca inversa

Liquidación hipoteca inversa

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E
Elena López
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Nos concedieron una hipoteca inversa tasando el piso de mis padres por 260.000 euros. Al fallecer los dos, el banco había donado la cantidad de 160.000 euros. Los hijos aceptamos la heréncia a beneficio de inventario y hemos intentado liquidar la deuda donando el piso pero la Entidad insiste en que lo vendamos. Ya lo hemos intentado y no hemos recibido ni una sola llamada. La Entidad insiste en prorrogar la hipoteca, lo cual significa para nosotros aumentar la deuda. En el contrato no queda claro que tengan que quedarse el piso, pero tampoco que no sea posible. ¿Qué podemos hacer? Muchas grácias

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Respuestas
#1
B
begonia
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Pero a cuánto lo has puesto a la venta? Porque si lo has puesto a 160.000€ y no llegas, habla con ellos, no vale la pena esperar, porque difícilmente te lo comprarán, además teniendo en cuenta que va a seguir bajando el precio de la vivienda. Lo que me parece raro es que le hayan dado más de un 50% del valor de tasación de la vivienda: los bancos no suelen dar más de la mitad. En todo caso, deja claro al banco que lo que te dicen (vender) no es una solución. Y si no, ¿no puedes rechazar la herencia? En fin, mucha suerte
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#2
I
Inigo Hernandez
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Habéis hecho muy bien aceptando la herencia a beneficio de inventario. Lo que ocurre es que esto al banco no le interesa en absoluto, porque le va a costar mucho recuperar la totalidad de la deuda generada. Es importante que tengáis en cuenta: 1.- Que con el beneficio de inventario el heredero está obligado a pagar las deudas y las demás cargas de la herencia sólo hasta donde alcanzan los bienes de la misma. Esto quiere decir que no se confunden los bienes particulares del heredero con los que pertenezcan a la herencia, y se limita así la responsabilidad como heredero, en el sentido en que ésta sólo va a afectar y alcanzar hasta donde estén valorados los bienes. 2.- Que el beneficio de inventario se puede perder: -Cuando el heredero beneficiario renuncia expresamente al beneficio. -Cuando el heredero beneficiario pierde el beneficio por no hacer el inventario dentro del plazo fijado. -Cuando el heredero beneficiario realiza actos prohibidos que importan la pérdida de dicho beneficio de inventario. -Cuando, aún a sabiendas, se deja de incluir en el inventario alguno de los bienes de la herencia. -¡¡OJO!!Si antes de completar el pago de las deudas, los herederos venden alguna propiedad sin autorización judicial. Conclusión: Si consideráis que la deuda es superior a lo heredado, y no tenéis interés en conservar la casa, nuestro consejo es que no perdáis el beneficio de inventario. Un saludo
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