Les agradeceria me respondieran a la duda que tengo referente al embargo de la nomima. Percibo un salario como empleado publico y me han embargado por deuda por la tarjeta de credito siguiendo los porcentajes marcados por ley. En la proxima paga extra, ¿que tipo de embargo me pueden aplicar? Gracias
Hola buenos dias,tengo embargada la nómina y todos los meses me quitan una parte.Acabo de cobrar la paga extra y me han embargado 300 euros en un sueldo neto de 1075.Es correcto el descuento? Gracias
Hola, Rubén Argüelles Expósito:
Es posible que te hayan embargado una parte de tu nómina y otra parte de la paga extra. Dado que legalmente los embargos han de tener en cuenta la diferencia del salario del deudor con el SMI actual (fijado en 950 euros) te recomendamos que lo consultes con un experto legal en la materia para verificar que han respetado el umbral mínimo establecido.
Saludos
Diferencia entre la calculadora de embargo Catalana y la del gobierno central.
Lo cierto que Hacienda me ha sumado Extra y mes y solo ha deducido como inembargable un solo SMI, con lo cual el embargo se dispara. Entiendo que en cómputo anual 2020, me han deducido 13 veces el SMI, o sea 12350 €. Importe inferior al SMI anual de 13300€ que es la cantidad inembargable (14x950). Creo que no es una cuestión menor, si se le ha aplicado a 75000 personas. Mi pregunta es : ¿ Como se reclama esto ? Pues se está incumpliendo la LEC, que es de Rango superior que cualquier resolución de la Agencia Tributaria. En el año 2021 y sucesivos será el doble. ¿Habría posibilidad de una reclamación conjunta de los " Damnificados' ? Espero su respuesta a ser posible, también a mi correo. Gracias.
Según la jurisprudencia mayoritaria y los criterios vinculantes de la Dirección General de Tributos, el embargo realizado es aplicando una sola vez el SMI mensual, con independencia de que se cobren pagas extras o no al ser un concepto retributivo como cualquier otro, por tanto, todo se ha realizado correctamente.
La LEC es una ley ordinaria pero los criterios vinculantes de Hacienda no la contravienen, sino que la interpretan. Además, el propio art. 607 LEC establece que se acumularán todos los conceptos y se deducirá una sola vez la parte inembargable. La utilización del doble SMI cuando se cobran pagas extras no tiene cabida conforme a dicha interpretación realizada desde el 2016.
Por último, el principio de responsabilidad patrimonial consagrado en el art. 1911 CC es primordial para mantener las relaciones jurídicas y la protección de acreedores y deudores de buena fe, siendo el art. 607 LEC una limitación excepcional a dicho principio general, que en derecho debe interpretarse de manera restrictiva, para garantizar un equilibrio entre acreedores y deudores.
hola me dijeron que me hiban embargar de la nomina y de la paga extra cobro 928€ de nomina y 928€de paga extra cuanto me pueden embargar en total un saludo Maria
Hola María,
En principio, tanto tu nómina como tu pensión se encuentra dentro del tramo inembargable. Mi recomendación es que te informes con tu entidad bancaria para saber cuál cómo se realizará el embargo. Si no consigues salir de la duda o la información no es clara, lo mejor es que te asesores con un especialista en esta área.
En esta página encontrarás toda la información sobre el embargo de cuentas.
Si más adelante tuvieras dudas de cualquier tipo, no dudes en volver a escribirnos.
¡Un saludo!
Hola buenas tengo una duda yo cobro todos los meses 1200 euros aora en diciembre tengo la paga extra cuanto me quitarían por un embargo ?
Hola, Manuel Agustin San Bartolomé Herrero.
En los meses con paga extra, al extra se le aplica el mismo embargo que al resto de sueldos, siendo el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Por lo tanto, te embargarán el doble de lo que te suelen embargar, ya que has cobrado el doble, pero en ningún caso te embargarán más. Para más información, te dejamos este artículo sobre cuánto me pueden embargar de la nómina.
¡Un saludo!