Hola, Antonio.
En cuanto a la comisión, sí es posible que tu banco te cobre una comisión por cancelar anticipadamente un préstamo personal. Legalmente, la comisión por amortización anticipada de un préstamo personal no puede superar el 1% del importe adelantado si queda más de un año para que termine el contrato. Si queda un año o menos, la comisión máxima se reduce al 0,5%. Eso sí, en cualquier caso, solo pueden cobrarte esta comisión si aparece en el contrato.
En cuanto a los intereses, el banco no te puede reclamar que pagues los intereses futuros que se habrían generado si el préstamo hubiera seguido su curso normal. Si cancelas un préstamo antes de tiempo, el banco solo puede reclamarte el capital pendiente, los intereses generados entre el pago de la última cuota y la liquidación del crédito y la comisión que te comentábamos.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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