Comprar vivienda sin conocer estado del procedimiento de ejecución hipotecaria
Comprar vivienda sin conocer estado del procedimiento de ejecución hipotecaria
ResponderBuenas tardes:Estoy interesado en adquirir un piso, el cual resulta que actualmente (según nota simple que acabo de pedir al Registro de la Propiedad) tiene de cargas dos hipotecas a favor de un fondo de inversión, constando además en la nota simple una anotación al margen sobre una expedición de certificación de cargas solicitada por un Juzgado de Madrid (aparece también el número de procedimiento) al Registro en el año 2011.Además, según consta en la nota simple, el fondo de inversión adquirió el crédito (de la antigua entidad, que no se quién es) a principios de este año 2024.
Se lo he comentado al de la inmobiliaria y me dice que la solicitud al Juzgado para decretar el levantamiento de cargas (incluyendo, entiendo, la cancelación de la nota marginal, que es la que me preocupa) solo puede hacerse tras haber firmado las escrituras de compraventa (entre actual propietario y comprador) y de cancelación de hipoteca (entre el fondo y el actual propietario). ¿Es eso cierto? La expedición por parte del Registro de la certificación de cargas es de 2011, y estamos en el 2024... no es posible que el procedimiento de ejecución hipotecaria ya haya finalizado? Si me pongo en la situación de que no ha finalizado, cómo puedo saber en qué estado está? Además, el fondo no debería proporcionarme información sobre él, dado que entiendo estará personado ahí?No termino de entender el tema, dado que, si compro la casa, quién me garantiza que el procedimiento de ejecución hipotecaria va a concluir a mi favor? No sé quién lo inició y qué es lo que exige. Además, el procedimiento no debería haber finalizado una vez el fondo se convirtió en titular del crédito? Si es así, si que sería posible eliminar la nota marginal antes de la compraventa...A ver si alguien puede arrojarme algo de luz sobre este tema, dado que tengo un poco de lío. Gracias de antemano por las respuestas.
Hola, invest89.
Con total sinceridad, como es una operación compleja y no podemos conocer todos sus detalles, creemos que no somos los más indicados para aconsejarte. Nuestra recomendación es que pidas cita en una notaría para exponer tu caso. El notario presta asesoramiento legal gratuito, así que puedes trasladarle todas tus preguntas para obtener respuestas más precisas.
Un saludo.
Gracias por la respuesta, Miquel. Seguiré preguntando entonces y, una vez tenga claras las cosas, trasladaré por aquí mi conclusión, por si a alguien le es de ayuda.
Actualizo la situación. Finalmente he optado por no continuar con la operación tras no aceptar el fondo las modificaciones que hice al borrador de contrato de arras que me mandaron. En ese borrador dejaba claro, entre otras cosas, que la cancelación registral de la hipoteca existente pasaba por recabar el mandamiento judicial preceptivo, asunto que es su responsabilidad como acreedor, no mi responsabilidad como comprador. No han aceptado firmarlo así que nada, ahí me planto. En fin, simplificándolo mucho es como si alguien intenta venderte el coche con la ITV caducada, pides que por favor se deje claro que es su responsabilidad pasar la ITV (después de que te haya indicado que la ITV solo es un mero trámite..), y aun así se niega a pasarla. Pues nada.