Finalizar Código de Buenas prácticas antes de tiempo

Finalizar Código de Buenas prácticas antes de tiempo

Finalizar Código de Buenas prácticas antes de tiempo

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Z
Zeta23
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Buenas, estoy con el código de Buenas Prácticas aplicado y finaliza en el 2026, pero ahora mismo mi situación es totalmente diferente a cuando lo solicité y podría hacerme cargo de la deuda sin ningún tipo de problema. Es posible cancelar antes de tiempo el código de buenas prácticas y volver a pagar la hipoteca? Gracias

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Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Zeta23.

No nos consta que exista alguna prohibición que impida terminar el Código de Buenas Prácticas antes de tiempo. Ahora bien, entendemos que tendrás que negociarlo con el banco, porque no deja de ser una modificación de las condiciones de tu hipoteca.

Nuestra recomendación, por lo tanto, es que pidas cita a tu banco para exponer tu situación y solicitar el fin del Código.

Esperamos haberte ayudado.

Un saludo.

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#2
Z
Zeta23
/

Buenas, correcto, lo primero que he hecho ha sido consultarlo con el banco, pero su respuesta ha sido una negativa rotunda y que tengo que esperar sí o sí a que finalice en 2026. Sin embargo no estoy nada convencido con esa respuesta. He intentado buscar esa información en la publicación del BOE, pero no he encontrado nada (sobretodo porque no me resulta fácil leer ese tipo de textos).

La cosa está en que, aunque el banco me diga que ni hablar, si realmente se puede hacer, quiero ir con todas contratando los servicios que hagan falta para que me ayuden si es necesario.

HelpMyCash
#3

citando a Zeta23 Buenas, correcto, lo primero que he hecho ha sido consultarlo con el banco, pero su respuesta ha sido una negativa rotunda y que tengo que esperar...

Hola de nuevo.

Entendemos que el banco puede negarse a aprobar el fin del Código de Buenas Prácticas, porque no deja de ser una modificación de las condiciones de la hipoteca. Por ello, entendemos que no se puede hacer gran cosa, más allá de tratar de convencer a la entidad para que apruebe la modificación.

Ahora bien, como es un tema que no está regulado, quizás es buena idea que se lo preguntes directamente al Banco de España. En esta página se explica cómo mandar una consulta a este organismo. 

Un saludo.

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