Buenas tardes,
Recientemente he recibido un dinero con el que terminar de pagar la hipoteca que tengo con mi mujer. Al ser dinero de una herencia, lo que hasta ahora era una propiedad al 50-50%, se quedaría aproximadamente con el nuevo reparto en un 80-20%. Mi pregunta és, cómo tenemos que hacer esta modificación del reparto del piso? Qué impuestos se me aplicarían y qué trámites tenemos que hacer?
Gracias!
Hola, Jorge FM.
Bajo nuestro punto de vista, tenéis dos opciones:
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Opción 1: si queréis que quede constancia del nuevo reparto del 80-20%, tu mujer tendrá que venderte un 30% de la vivienda para que tú obtengas el 80% de la propiedad. A cambio, tendrás que pagar lo que queda de hipoteca con tu dinero y abonar los gastos de compraventa correspondientes: notaría, gestoría, registro e impuestos. Esos gastos suelen costar en torno al 10% sobre el valor de la parte comprada.
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Opción 2: si preferís mantener el 50% de la propiedad cada uno, podéis firmar un contrato de préstamo entre particulares, en el que tu mujer se comprometa a devolver la mitad de lo que pagues con la herencia en el plazo que pactéis. Ese contrato no tiene gastos, pero hay que declararlo ante Hacienda (está exento de pago de impuestos).
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Genial, muchas gracias por la contestación.
Quisiera plantear otra opción para que me digas cómo lo ves de viable: sería posible, mediante un contrato privado, que ella firme que esa parte del piso es mía por haberla pagado yo? Y que en caso de vender el piso por una posible separación, a mi me pertocaría ese 80% del que hablamos?
Hola de nuevo.
¡Gracias a ti por confiar en nosotros! Entendemos que lo que planteas sí podría hacerse, aunque desconocemos si podría perjudicarte a nivel fiscal, porque Hacienda podría considerar que donas dinero a tu mujer (estarías pagando parte de su propiedad registrada). Para salir de dudas, te aconsejamos pedir cita a un notario, que te lo aclarará gratuitamente.
Un saludo.