utilizar escritura de cancelacion para reclamar gastos hipotecarios
utilizar escritura de cancelacion para reclamar gastos hipotecarios
ResponderHola
No tengo facturas de cuando hice la hipoteca para la compra del piso pero he visto que en la escritura de cancelacion viene reflejada una cantidad para "costas y gastos judiciales".
Lo que queria saber es si es posible utilizar esta escritura de cancelacion de la hipoteca para reclamar al banco los gastos de la hipoteca.
Muchas gracias
Hola, Markos.
Únicamente podrías utilizarla si reflejara los gastos de constitución de la hipoteca, pero por lo que nos cuentas, no parece ser así, ya que ese concepto se refiere a otra cosa ("costas y gastos judiciales").
Dicho esto, si conservas la escritura de la hipoteca, es posible que ahí si encuentres los gastos de constitución del préstamo. Nuestro consejo, si la tienes, es que la revises para averiguar si aparecen los gastos desglosados.
Un saludo.
Pregunta similar: Cancelación hipoteca gastos
Hola .
Tengo una escritura de constitución de hipoteca de 2003, con cláusulas abusivas en las que yo debía pagar todos los gastos.
La escritura de cancele en 2013 (hice la escritura ante notario, y liquide modelo 600), pero me he dado cuenta que no la llevé al registro de la propiedad para inscribir su cancelación.
Ahora quiero reclamar por cláusula abusivas los gastos de constitución y cancelación de hipoteca.
Puedo llevar después de 10 años al registro la escritura y luego reclamarle al banco el importe de inscripción de cancelación?
O que debo hacer? Se lo podré reclamar?
Gracias por su ayuda
Hola, Luz.
Según el Tribunal Supremo, los gastos asociados a la cancelación registral de la hipoteca no los puedes reclamar, porque los debe pagar el titular de la hipoteca cancelada. Ahora bien, sí podrías reclamar los gastos de constitución de hipoteca que pagaste en 2003. En nuestra página sobre reclamar los gastos de hipoteca te explicamos cómo hacerlo.
En cuanto a tu otra pregunta, es perfectamente posible llevar la escritura de cancelación al Registro 10 años después para inscribir la cancelación y liberar la vivienda de la carga hipotecaria.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.