Cancelación de cargas en Registro por Subasta Judicial Apremio
Cancelación de cargas en Registro por Subasta Judicial Apremio
ResponderHola.
Me he adjudicado un par de inmuebles en Subasta Judicial Vía Apremio (no concursal). Tenían un par de hipotecas que originaron el embargo del banco.
Los costes de esas cancelaciones, las que originaron el embargo, ¿Quién las paga? Puntualizo que la subasta NO es concursal, donde el adjudicatario suele pagar gastos, comisiones, publicidad, etc sino Judicial de Apremio. Las del BOE. Y que esas cargas son las que originaron el embargo. No son pues cargas Anteriores.
Yo entiendo que lo mismo que lo mismo que si se produce una Plusvalía, es a cargo del anterior propietario, ( como si fuera el vendedor ) pero el Registrador me las cobra a mí.
¿Las pago yo? ¿Puedo recuperar su importe remitiéndolas al Juzgado o al banco?
Gracias por vuestra respuesta.
Hola, Trevanian.
Como no somos expertos en temas legales, desconocemos quién tiene que hacerse cargo de los gastos de cancelación en casos tan particulares como el tuyo. Para salir de dudas, nuestro consejo es que se lo preguntes directamente a un asesor jurídico. Por ejemplo, si vas a formalizar la transmisión de esa vivienda ante notario (o si ya lo has hecho), se lo puedes preguntar al propio notario, que te asesorará gratuitamente.
Un saludo.