Buenos días,
Os cuento un poco nuestra situación. Nosotros compramos un piso en febrero. Ahora nos han devuelto la parte sobrante de la provisión de fondos y hemos visto todas las facturas. Resulta que hemos pagado absolutamente TODOS los gastos de la compraventa. Al no cuadrarnos las cantidades hemos empezado a indagar, cuando descubrimos que nos han omitido información. No somos expertos en hipotecas y compra de pisos, y era nuestra primera vez. Intentamos asesorarnos e informarnos lo mejor posible. El vendedor era un fondo inversor, entendemos que es un fondo de algún banco.
Resulta que tanto en el contrato de arras como en las escrituras, aparece una cláusula en la que indica que correremos con todos los gastos, excepto la plusvalía, con un lenguaje un poco menos claro. Firmamos. Pensamos que esto era lo normal, hasta que hemos averiguado que esto se debe llegar a un acuerdo y al menos deben de mencionárselo al comprador. Creemos que hay mala fe y superioridad por parte de la empresa vendedora al si conocer estos puntos, y nosotros como particulares sin experiencia ni formación en este campo, no.
Nos gustaría saber de posibilidades ante esto, reclamaciones, casos similares… Nos sentimos engañados y no sabemos cómo de legal es esto.
Gracias, saludos.
Hola, Lily88.
Según el Código Civil, los gastos asociados a la compraventa los tiene que pagar el vendedor, salvo que haya pacto en contrario. Y en España, en la inmensa mayoría de los casos, se pacta en las arras que sea el comprador el que pague los gastos asociados a la escrituración y registro de la compraventa, salvo los impuestos asociados a la venta (plusvalía e IRPF si hay ganancia patrimonial).
Por lo que nos cuentas, entendemos que tu contrato de arras incluía ese pacto. Como no somos expertos en temas legales, desconocemos si es correcto incluirte esta cláusula sin darte las explicaciones pertinentes. Nuestro consejo, en consecuencia, es que contactes con un abogado o con la oficina de vivienda de tu ayuntamiento para que se analice tu caso.
Un saludo.
Pregunta similar: gastos de hipoteca de 2023, puedo reclamar?
Firmé hipoteca con Ibercaja en Septiembre pasado. La gestoría todavía no ha enviado la factura final detallando todos los gastos, pero en la provisión de fondos se estimaba notaría 1500, registro 700 y gestoría 363€. Además, pagué la tasación, que el banco me pedía, otros 450€.
Qué se podría reclamar? Necesito esperar a tener la factura final? Cuál es el límite que tengo para reclamar? Ya que tengo entendido que abril 2024 es para las hipotecas anteriores a 2019.
Gracias y un saludo
Hola, Enrique.
Antes de nada, queremos comentar que hay dos tipos de gastos que se generan al comprar una vivienda con una hipoteca: los asociados a la formalización de la hipoteca y los asociados a la formalización de la compraventa.
Los asociados a la formalización de la compraventa los tiene que pagar el comprador, no el banco. Y los asociados a la formalización de la hipoteca los tiene que pagar el banco, salvo la tasación (que corresponde al cliente) y la copia de la escritura que recibirá el cliente.
Dicho esto, te recomendamos revisar los conceptos desglosados en la provisión de fondos. Si la notaría, el registro y la gestoría forman parte de los gastos de compraventa, no podrás reclamar ese dinero. En cambio, si forman parte de los gastos de formalización de la hipoteca, sí los podrás reclamar.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.