buenos días de nuevo. en el año 2008 firmo hipoteca con mi banco. en el año 2015 y debido a un proceso de ejecucion hipotecaria, este proceso concluye con la subasta de mi vivienda y posterior adjudicación al banco. Por lo que la vivienda ya no es de mi propiedad, sino del banco. Yo continuo viviendo en ella, y nunca se formaliza un contrato de alquiler con el banco que es a todos los efectos el nuevo propietario. A pesar de haber llegado a la situación de perder la vivienda, pongo una demanda contra el banco, y en el año 2019 la Audiencia Provincial , en un auto dicta que el proceso de ejecución hipotecaria no es válido debido a la cláusula de vencimiento anticipado. Con lo que el banco en Septiembre de 2021 me devuelve la vivienda y así queda reflejado en el catastro. mi pregunta es la siguiente: si le reclamo al banco los gastos derivados de IBI, SEGURO DE CONTINENTE , Y LOS GASTOS DE LAS CUOTAS DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LOS QUE YO ME HICE CARGO DESDE EL AÑO DESDE EL AÑO 2015 AL AÑO 2021 ¿TENGO ALGUNA POSIBILIDAD DE QUE ME LOS ABONEN? REPITO QUE NUNCA SE FORMALIZÓ CON EL BANCO NINGÚN CONTRATO DE ALQUILER, NI DE NINGÚN OTRO TIPO. MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO POR SU RESPUESTA.
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Demandado por caixa.he pagado parte de la deuda.de cuotas pendiente.no pude oponerme a la demanda.me daran la razon y librarme de las costas si hay sobreseimiento del caso.gracias