Contrato de arras : el notario firma el cheque
Contrato de arras : el notario firma el cheque
ResponderBuenos dias
Cerré un contrato de arras como vendedor. Ahora el comprador quiere pagar a través de un cheque emitido por su notario. Es decir, envía dinero a la cuenta del notario y el notario emite el cheque en su nombre. ¿Es legal? Si quiero dejar de vender la casa en estas condiciones, ¿qué cantidad hay que devolver al comprador? Quisiera precisar que en el contrato de arras se especifica que si el vendedor se desiste, no paga dos veces. Es decir, el contrato se firmó por 4.000 euros con las siguientes condiciones: - si el comprador se retira, pierde la cantidad de 4.000 - si el vendedor se retira, pierde la cantidad de 4.000 ¿Aun en estas condiciones tengo que devolver el doble?
Gracias y saludos, Jorge
Hola, Paulito:
Gracias por compartir tu consulta. Es la primera vez que escucho que el comprador transfiere al notario y él hace el cheque. De todos modos, en Francia por ejemplo, es habitual que se haga así para entregar la señal de las arras. En tu caso, ¿el cheque que emitiría el notario es el dinero restante de la compraventa, verdad? Te aconsejo que lo hables abiertamente con el notario, dudo que ponga en juego su licencia por una operación de compraventa. De todas formas, no somos expertos legales, así que te aconsejo que te pongas en contacto con un abogado.
Sobre si tendrías que devolver la señal por duplicado, entiendo que sí. Piensa que el contrato de arras dice que si el vendedor se retira, pierde la cantidad de 4.000€. Si solo devolvieras los 4.000€ que ha entregado el comprador, no estarías perdiendo realmente, ¿me explico? Es una cuestión de interpretación, pero entiendo que sí tendrías que darle 8.000€ en total.
¡Espero haberte ayudado y que puedas resolverlo pronto!
Saludos,
Paula
Hola Paula,
Muchas gracias por su respuesta. Ni siquiera he oído que el notario reciba el dinero y luego emita un cheque, pero... no sé qué más decir. En cuanto al contrato, debo decirle nuevamente que claramente está escrito que si el vendedor se desiste, el comprador no recibe el doble de la cantidad depositada por el comprador, sino solo la cantidad que envió al firmar este precontrato. Por eso no creo que tenga que pagar el doble si no está especificado en este contrato, que tiene el título de "precontrato" y no "contrato de aras". Hoy descubrí que hay 2 cosas diferentes. Y un abogado me dijo que bajo ninguna circunstancia el comprador recibirá el doble de la cantidad teniendo en cuenta que está claramente escrito y firmado que solo se le devolverá la cantidad enviada.
Otra vez, muchisima gracias, Jorge
Hola, de nuevo:
Gracias por la aclaración. Entendí que la parte textual del contrato era únicamente la que has transcrito al final, donde dice "si el vendedor se retira, pierde la cantidad de 4.000€". Al final, lo que vale es lo que dice el contrato, así que si allí se dice de forma explícita que no tendrás que pagar nada, no hay nada más que añadir.
¡Espero que puedas resolverlo!
Hola Paula
Sinceramente, muchas gracias por tomarse el tiempo para responder a mi "pequeño problema. Te deseo un buen día, Jorge