- Tengo una deuda hipotecaria de 122500€ junto con mi expareja. El banco nos ofreció una dación en pago. Mi pregunta es, tengo que pagar a Hacienda si los únicos ingresos que tengo son los del ingreso mínimo vital?
- Y qué me pasaría si mi expareja sí trabaja? Gracias.
Hola, Katrine.
Entendemos que tú y tu expareja sois cotitulares de la hipoteca y copropietarios de la vivienda. Si no es así, corrígenos, por favor.
Para empezar, ambos tendréis que pagar el IBI de la parte del año que haya pasado antes de la formalización de la dación en pago. Ese dinero se lo tendréis que pagar al ayuntamiento del municipio en el que se sitúe la vivienda.
El segundo impuesto que podría generarse por esta operación es la plusvalía municipal. En principio, solo tendréis que pagarla si el importe pendiente de la hipoteca es superior al precio por el que comprasteis la vivienda. Además, si la vivienda aún consta como vuestra residencia habitual, estaréis exentos de pagar este impuesto.
En cuanto al IRPF, si el importe pendiente de la hipoteca es superior al precio por el que comprasteis la vivienda, también tendréis que declarar la ganancia patrimonial correspondiente y tributarla.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.