Hola de nuevo, Manu.
Entendemos que te refieres a qué comisiones por amortización anticipada parcial y total podrá tener la hipoteca después de la novación. Dependiendo de la política del banco, podrá pasar lo siguiente:
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Que se te mantengan las comisiones por amortización anticipada que aparecían en tu anterior contrato.
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Que se te eliminen las comisiones por amortización anticipada.
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Que se sustituyan por nuevas comisiones por amortización anticipada, en cuyo caso no podrán superar los límites legales actuales:
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Si tu interés es fijo tras la novación, la comisión no podrá superar el 2% (1,50% a partir del undécimo año de vida de la hipoteca).
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Si tu interés es variable tras la novación, la comisión no podrá superar el 0,25% (0% a partir del cuarto año de vida de la hipoteca) o el 0,15% (0% a partir del sexto año de vida de la hipoteca). En este caso, además, no se te podrá cobrar la comisión si llevar a cabo una o varias amortizaciones anticipadas en 2023.
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Esperamos haber resuelto tu duda.
Un saludo.