Hola, Zasuma:
Gracias por compartir tu consulta. La mayoría de los ayuntamientos, cuando se presenta la liquidación y se trata de un matrimonio casado en régimen de gananciales, giran la liquidación a nombre de uno de los cónyuges indistintamente, a no ser que en la liquidación se haya especificado o pedido expresamente otra cosa.
De todos modos, ten en cuenta que la plusvalía municipal es un impuesto solidario. Esto significa que si uno de los cónyuges no paga el impuesto, el fisco podría reclamar la liquidación al otro cónyuge.
Espero haber aclarado tu consulta.
Un saludo,
Paula