- Buenos días, tengo una casa reservada con contrato de arras en el que se especifica plazo para escriturar de 90 días hábiles. El plazo terminaría el 9 de diciembre. Tenemos cita para firmar el 25 de noviembre y los vendedores se niegan porque dicen que aún no han encontrado otra vivienda donde irse. Mi pregunta es, quién decide la fecha en la que se firma la compraventa? Tienen derecho a negarse? Puedo exigir que se firme el 25 de noviembre? En una de las cláusulas del contrato de arras pone esto. Lo pego.
SEGUNDO: VIGENCIA
Las partes pactan que las arras tendrán vigencia hasta la firma de la correspondiente escritura pública de compraventa, que se formalizará en el plazo de 90 días hábiles, en la Notaría que designen las partes. A tal fin la parte compradora comunicara a la parte vendedora, con una antelación mínima de cinco días hábiles, lugar día y hora en que se otorgará la escritura pública de compraventa.
Hola, Helper_602373133.
Por la cláusula que nos indicas, se puede interpretar que es la parte compradora la que debe fijar la fecha de la firma. Ahora bien, en esa cláusula no se especifica claramente que tienes ese derecho, así que tampoco lo podemos asegurar. Creemos que lo más aconsejable es que enseñes ese contrato de arras al notario para que te lo aclare (su asesoramiento es gratuito).
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.