Como tributa la venta de una nuda propiedad más usufructo
Como tributa la venta de una nuda propiedad más usufructo
ResponderEl nudo propietario y el usufructuario se ponen de acuerdo para vender a un tercero. El nudo propietario tiene 75 años y el usufructuario 45, alguien sabe que porcentaje del importe de la venta se lleva cada uno? Gracias
Hola, Cris:
Responderé por un lado cómo calcular lo que se lleva cada uno y, por el otro, cómo tributa.
En cuanto a lo primero:
- Aquí te explicamos cómo calcular el valor del usufructo. Entendiendo que es vitalicio y que el usufructuario tiene 45 años, le correspondería el 44% de las ganancias por la venta de la casa. Al nudo propietario, por tanto, le corresponde el 56%.
- En cuanto a la tributación en el IRPF, se calcula como en un caso habitual, solo que cada quien tributará por el porcentaje que le corresponde. Además, debes tener en cuenta que el valor de adquisición es aquel que se le haya adjudicado tanto al usufructo como a la nuda propiedad en la escritura de constitución (generalmente es la de herencia). Y la fecha de adquisición es aquella donde se celebró dicha constitución. Aquí te explicamos cómo calcular el IRPF.
- Por último, en caso de que la vivienda en cuestión sea la vivienda habitual del nudo propietario, al tener más de 75 años, quedaría exento de pagar IRPF.
¡Espero haberte ayudado! Si tienes más inquietudes, no dudes en escribirnos.
Saludos,
Paula
Muchísimas gracias! muy bien explicado!