Reclamar por la aplicación del Código de buenas prácticas
Reclamar por la aplicación del Código de buenas prácticas
ResponderHe tenido conocimiento de lo que es el código de buenas prácticas hace poco. En 2015 hice una novación de mi hipoteca. En ese momento debieron aplicarme el código de buenas prácticas ya que cumplía con todos los requisitos y mi banco estaba asociado a este código pero me lo ocultaron. Puedo reclamar?
Hola, Helper_1107857699.
El artículo 5.9 del Real Decreto-ley 6/2012, que es el que regula el Código de Buenas Prácticas, establece lo siguiente:
"Las entidades adheridas al Código de Buenas Prácticas habrán de informar adecuadamente a sus clientes sobre la posibilidad de acogerse a lo dispuesto en el Código. Esta información habrá de facilitarse especialmente en su red comercial de oficinas. En particular, las entidades adheridas deberán comunicar por escrito la existencia de este Código, con una descripción concreta de su contenido, y la posibilidad de acogerse a él para aquellos clientes que hayan incumplido el pago de alguna cuota hipotecaria o manifiesten, de cualquier manera, dificultades en el pago de su deuda hipotecaria".
Es decir, que si tu entidad estuvo adherida al Código en 2015 y no te comunicó que podías acogerte a él, incumplió ese artículo. Sin embargo, como no somos expertos en temas legales, desconocemos cuáles son las consecuencias de este incumplimiento: si puedes reclamar que te apliquen ahora las medidas del Código, si estás a tiempo de interponer esa reclamación...
Nuestro consejo, por lo tanto, es que te dejes asesorar por el servicio de intermediación hipotecaria de tu ayuntamiento o de tu comunidad autónoma. En la página web de ambas administraciones puedes encontrar sus vías de contacto.
Un saludo.