Hola, pcarloveco:
Gracias por compartir tu consulta. En principio, los muebles no cuentan como reinversión en vivienda. Sin embargo y desde mi punto de vista, la respuesta depende de cómo se presente el precio en la escritura de compraventa.
- Si en la escritura se presenta así, entonces entiendo que solo se entenderá como reinversión el precio de la vivienda en sí.
- Precio de la vivienda: X
- Precio de los muebles: X
- Si, en cambio, se presenta como precio de compraventa total la suma de la vivienda más los muebles, entiendo que se consideraría como importa reinvertido la suma de los dos.
Espero haberte ayudado. Como siempre, te aconsejo consultar con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial, puesto que esta información es orientativa.
Un saludo,
Paula