Impuestos venta vivienda heredada: ¿tengo que pagar plusvalía de nuevo si heredo y vendo el mismo año?
Impuestos venta vivienda heredada: ¿tengo que pagar plusvalía de nuevo si heredo y vendo el mismo año?
ResponderHace seis años vendí una vivienda heredada y recuerdo que no tuve que pagar la plusvalía porque la vendí el mismo año que la heredé. Ahora voy a vender otro piso que heredé de mi tío y mi gestor me dice que tengo que pagarla igual, aunque ya haya pagado plusvalía por la herencia. Me podéis decir si esto es correcto? Gracias
Hola, Rosario:
Gracias por compartir tu consulta. Tu gestor está en lo correcto. En noviembre de 2021 cambió la normativa relacionada con la plusvalía municipal y esto afecta directamente a los impuestos que tienes que pagar por la venta de una vivienda heredada. Ahora debes pagar plusvalía tanto por la herencia como por la venta, aunque transcurra menos de un año entre ambas operaciones.
Te dejo dos herramientas que pueden ayudarte:
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Calculadora de plusvalía municipal por la venta de una vivienda heredada
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Si la quieres utilizar, recuerda que la fecha de adquisición es la fecha en que falleció tu tío y el valor de adquisición es el declarado en el impuesto de sucesiones.
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¿Qué impuestos se pagan por la venta de una vivienda heredada? Guía completa
Espero que te ayuden. Si tienes más inquietudes, no dudes en escribirnos.
Saludos,
Paula
Pregunta similar: Hacienda reclama pago por venta vivienda
Buenas,
He recibido una notificación de Hacienda en la que se me reclaman 8000 euros.
El caso es que soy viuda, al morir mi marido yo me quedé con la mitat del piso puesto que estaba a nombre de los dos y en Cataluña la parte del padre pasa a ser de los hijos y yo usufructuaria, a los doce años decidí vender el piso y mis hijos hicieron una donación de la parte que les correspondian hacia mi, quedándome con la nuda propiedad. Vendí el piso y invertí en comprarme otra vivienda, ahora pasados 4 años Hacienda me pide dicho dinero, por no haber esperado 3 años para vender la vivienda después de adquirir la nuda propiedad.
Puedo hacer algo al respecto?
- Gracias
Hola, María:
El requisito para que la vivienda se considere habitual es, en efecto, haber residido en ella como propietaria durante al menos tres años ininterrumpidos. De todos modos, te aconsejo que te pongas en contacto con un experto fiscal para evaluar tus alternativas. Siento no podes ayudarte más en este caso.
Saludos,
Paula