Hola, mi madre y yo hemos vendido un piso en Castellón. Propietarias al 50% cada una. Ella reside allí, yo en Madrid, es decir no es mi vivienda habitual. Sé que tengo que declarar la venta en 2023, como estos 22 años lo he estado haciendo y me ha tocado pagar por ella. La venta se ha efectuado por el mismo importe que se compró 78000€. Qué tendré que pagar a Hacienda el año que viene ya que bo es mi vivienda habitual y he percibido un dinero? Cuánto?
Mil gracias.
Hola, Montse:
Gracias por compartir tu consulta. Si el piso se vendió por el mismo valor que se adquirió, tendrás que declarar la venta en el IRPF, pero no tenderás que pagar ninguna cantidad. Te explico por qué:
- El IRPF gana la ganancia patrimonial. Esta es la diferencia entre el precio de venta y el de compra. Como este es cero, la cantidad a pagar será nula.
- La plusvalía municipal ha cambiado su método de cálculo, actualmente existen dos. Puedes consultarlos aquí y elegir el que resulte más conveniente para ti. Uno de estos métodos toma en cuenta la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión, que como hemos dicho, será nulo. Así que, en principio, tampoco tendrías que pagar plusvalía.
Recuerda que esta información es orientativa. Por eso te aconsejo que antes de hacer tus declaraciones te pongas en contacto con Hacienda. Te dejo aquí sus teléfonos útiles.
¡Espero haberte ayudado!
Saludos,
Paula
Pregunta similar: Venta de un piso "no habitual" y vivir en casa de mi madre
Tengo un piso que ahora está vacío (ha estado alquilado hasta ahora) por mi edad ya no me interesa alquilar, solo la venta. Vivo con mi mujer (empadronado en su vivienda también, vivimos juntos). Ahora tenemos la posibilidad de residir con mi madre y así poder ayudarla y al mismo tiempo beneficiarnos también por la venta de mi casa así como empadronarnos todos en casa de mi madre hasta que fallezca.
En este caso me podría beneficiar de la exención de impuestos IRPF? Tendría que esperar algunos plazos para conseguir exención de mi casa?
Sería mejor esperar a que pase el tiempo (3años) empadronado en mi casa antes de vender?
Gracias por su ayuda de antemano
Hola, Lucio:
En la situación que me describes, no podrías acogerte a ninguna exención del IRPF, salvo que tengas más de 65 años, vendas la vivienda que tenías alquilada y reinviertas ese dinero en la constitución de una renta vitalicia. Ese es el único caso específico donde no tendrías que pagar IRPF, encontrarás todos los detalles aquí.
En cuanto a esperar tres años, tendrías que constituir tu vivienda habitual en la casa que quieres vender, esperar tres años y luego vender para reinvertir ese dinero en una nueva vivienda habitual, salvo (de nuevo) que tengas más de 65 años. En ese caso, bastaría con vivir tres años en la antigua vivienda y venderla, sin necesidad de reinversión.
Espero haber sido clara, pero si tienes más dudas, ¡puedes volver a preguntarnos!
Saludos