Buenos días, dentro de poco compraremos una vivienda en Cataluña entre mi mujer y yo a medias ( 50 % cada uno).Somos familia numerosa y tenemos la duda si nos podemos acogernos al descuento bonificado del itp en Catalunya.Lo que dice es lo siguiente:La adquisición de una vivienda habitual de una familia numerosa, tributará al 5%. Para ello, será necesario que la suma de las bases imponibles totales menos los mínimos personales y familiaresde los miembros de la unidad familiar, no exceda los 30.000 euros.El caso esta en que haciendo la suma de las bases imponibles totales menos los mínimos a nivel individual de cada uno nos sale que si que podemos acogernos al descuento bonificado del 5 %, ya que no excede de 30000 euros, en cambio, si hacemos la suma de las bases imponibles totales de mi mujer y mías y restando los mínimos excedemos de esa cantidad y por ello no podríamos acogernos a dicho descuento. También creo que en el caso que sea la suma de las bases conjuntas muy poca gente se podría acoger a esta bonificación, pero en la explicación no queda claro.Al consultar con diversas gestatorias nos dan respuestas diferentes, unos nos dicen que si y otros que no nos podemos acoger.A ver si me pueden ayudar con esta duda ya que en breve realizaré la compraventa y muchas gracias de antemano.