IRPF por venta de vivienda después de un divorcio
IRPF por venta de vivienda después de un divorcio
ResponderHola, he vendido el piso que me fue asignado judicialmente en sentencia de divorcio. El valor de compra inicial, antes del divorcio, fue de 18.000 y el valor en el convenio regulador fue de 96.000. ¿Qué cantidad se tendrá en cuenta, para sacar el valor al momento de declarar el IRPF de la venta, el de la primera compra (18.000) o el valor asignado a la propiedad en el convenio regulador (96.000)?
Gracias
Pregunta similar: Venta única vivienda
Hola, tengo una duda. Quiero vender la única vivienda que tengo, en la que viví con mis hijos y mi expareja cinco años hasta que me divorcié. Llegamos a un acuerdo de divorcio en el que ninguno de los dos viviríamos en la casa hasta que se vendiera. Ahora tenemos comprador, pero claro, como no estoy empadronada allí porque en el acuerdo de divorcio convenimos esa cuestión, mi duda es si yo tengo que pagar IRPF, ya que yo sólo tengo esa vivienda y mi intención es emplear el dinero en la compra de otra. También decir que yo la compré por 81000 euros en 2007 y ahora la vendo por 75000 euros en 2023. Gracias y un saludo
Hola, Sandra:
Para empezar, si la vendes por menos dinero del que has comprado, tienes que declarar la venta en el IRPF, pero no tienes que pagar nada porque no ha habido ganancial patrimonial.
En cuanto al divorcio, en algunas comunidades existen excepciones, es decir, que se considera que la vivienda que vendes era la habitual aunque no hayas vivido en ella durante los últimos tres años cuando el motivo del traslado ha sido el divorcio. Si quieres aclarar esta duda, te aconsejo que te pongas en contacto directamente con la Agencia Tributaria. En Internet puedes encontrar sus números de teléfono. Insisto, sin embargo, en que si vendes con pérdidas no tendrás que pagar este impuesto.
¡Espero haberte ayudado!
Un saludo,
Paula