COMPRA VIVIENDA CON CARGAS

COMPRA VIVIENDA CON CARGAS

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H
Helper_401123339
/

Buenoos dias,

Hicimos las arras para un piso de un banco,

Se saco una nota registral de la vivienda y salian una cargas de 2 hipotecas

Pusimos dia de firma porque ellos se comprometieron a quitar las cargas

Llego el dia de firmar y no se pudo porque las cargas eran del comprador antiguo y no tenian el certificado de deuda 0 cuando se hizo la compraventa entre la pareja vendedora y el banco

En las escrituras de la compraventa ponia que esas cargas estaban liquidadas dinerariamente y que en 15 dias posteriores a la firma se entregaria el certificado correspondiente para enviarlo al registro

 

Ese papel nunca se obtuvo,ahora el banco quiere vender el piso y no puede.

 

Mi pregunta es, en un notario se puede firmar una compraventa sin asegurarse de que realmente no hay ningún tipo de carga dineraria?

Es decir el vendedor en este caso puede decir "oye si la deuda esta liquidada pero nos falta el certificado"y el notario ponerlo en las escrituras y firmar?o tiene que comprobarlo antes?

Es que ya no me fio si realmente eso esta liquidado dinerariamente o no.

 

Gracias!

 

26 respuestas
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HelpMyCash
#1

Hola, Helper_401123339.

El notario puede aprobar una compraventa de una vivienda con cargas sin ningún problema. Ahora bien, el comprador (tú, en este caso) asume varios riesgos.

El primero es que esas cargas sigan en realidad activas y que el acreedor las ejecute para embargar la casa por deudas del anterior propietario. Por lo que nos cuentas, las deudas que tenía el anterior propietario ya están saldadas, pero te aconsejamos comprobarlo por si acaso (puedes pedir la documentación al banco al que pertenecían esas deudas). 

El segundo riesgo es que esas cargas nunca se eliminen, lo que te dificultará enormemente la venta de la vivienda. 

Lo ideal, para evitar esos riesgos, es que el anterior propietario elimine las cargas antes de la compraventa. Si eso no es posible, tendrás que valorar si te interesa correr esos dos riesgos que te comentábamos. 

Un saludo. 

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#2
M
Mirta V
/

Pregunta similar: Piso de banco con cargas

Hola buenos dias, os comento:

 

Hace dos meses compramos un piso a Solvia donde en el contrato ponía que se entregaba libre de cargas y, de no ser así, era obligación del vendedor pagarlas.

 

Unos días antes de la compraventa descubrimos que el banco debía más de 900 euros a la comunidad, y nos aseguraron que lo resolverían.

Pues bien, han pasado dos meses de continuas reclamaciones, intentos de ponerme en contacto con Solvia y demás y no he obtenido ninguna respuesta respecto a la deuda.

Les entregamos el certificado que nos dio el administrador junto con un documento que justifica la deuda desglosada con lo que mes a mes Solvia iba acumulando de deuda para que vieran que era perteneciente al periodo en el que ellos fueron dueños.

Nos escribió el administrador diciendo que la comunidad no puede asumir más gastos por culpa de esta deuda y que la debíamos pagar nosotros si Solvia se desentendía, ¿qué podemos hacer? 

¿Hay algún medio legal o institución de protección al comprador al que podamos acudir para presionar?

Muchas gracias

HelpMyCash
#3

Hola, Mirta V.

Como parece que Solvia está incumpliendo el contrato, entendemos que puedes interponer una reclamación extrajudicial o judicial: 

  • Si te decantas por la vía extrajudicial, puedes interponer tu reclamación en la oficina de consumo de tu ayuntamiento o comunidad autónoma. 

  • Si te decantas por la vía judicial, puedes denunciar a Solvia ante el juzgado que corresponda. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#4
P
Pedro
/

Pregunta similar: Dudas con compra de vivienda con deudas

Hola, 

Me dispongo a comprar un piso a un propietario que tiene deudas con la comunidad, con la Seguridad Social y creo que también con el Ayuntamiento (IBI).

Tengo entendido que lo normal es que el propietario salde esas deudas antes de firmar la compraventa en el notario, pero al parecer no tiene liquidez para saldarlas antes de que yo le pague el piso. 

La solución propuesta por la inmobiliaria es que yo le pague al propietario lo que vale el piso menos las deudas. Y yo luego pague esas deudas. 

Tengo mis dudas de si eso es legal, pero supongo que si lo proponen y ya están pidiendo cita con el notario es porque lo será.

Mi duda por tanto es sobre todo si hacer la compra tiene riesgos para mi (por ejemplo, que tenga que asumir yo otras deudas "ocultas" si surgen después) y si hay otras opciones mejores, algo que deba revisar o pedir, etc.

Es la primera vivienda que compro, así que ando bastante perdido y no sé si puedo confiar ciegamente en lo que diga el notario sobre la legalidad, riesgos y demás (entiendo que su profesión es ser imparcial, pero es contacto/amigo de la inmobiliaria).

Cualquier consejo o dato es bienvenido.  

Gracias!

HelpMyCash
#5

citando a Pedro Pregunta similar: Dudas con compra de vivienda con deudas Hola,  Me dispongo a comprar un piso a un p...

Hola, Pedro.

Sí es legal pagar las deudas de otra persona, pero quizás hay maneras mejores de gestionarlo. Por ejemplo, puedes exigir que el vendedor contrate a una gestoría para que se encargue de saldar esas deudas, con un dinero aparte que entregues directamente a la gestoría (y que descontarás de lo que le pagues por la vivienda).

Asimismo, como parece que el vendedor tiene varias deudas, te recomendamos revisar muy bien la nota simple de la vivienda. Ahí aparecen las posibles cargas que puede tener sobre el inmueble que quieres comprar: deuda hipotecaria, posibles embargos de Hacienda o de la Seguridad Social... Si ves algo que no te cuadra, podrás pedir explicaciones al vendedor y al notario. 

En cuanto al notario, está obligado, por ley, a ofrecer asesoramiento jurídico gratuito. Además, en todo momento debe ajustarse a la legalidad, dado que es un funcionario. Por ello, entendemos que no puede recomendarte llevar a cabo acciones ilegales. Ahora bien, si no te fías del todo del notario por su relación con la inmobiliaria, tienes derecho a elegir a otro notario. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#6
F
Fernanda
/

Pregunta similar: Compra piso sin saber de un embargo administrativo

Buenos días, he comprado un piso en agosto 2022 y me ha llegado un papel de la notaría, ahora, con los siguientes datos:

El papel del Registro de la propiedad de Sevilla.

Dice resumidamente que se ha denegado la inscripción de las cláusulas relacionadas en la nota de calificación y por los fundamentos jurificos que consta en ella, porque su exclusión, al no afectar a la totalidad del título, no impiden la inscripción parcial y de acuerdo con lo solicitado en la escritura por instancia del presentante.

 

Además de una copia de la nota simple, fechada 28/12/2022 y los papeles de la escritura.  En el que se menciona en la nota simple lo siguiente: 

*Anotacion: embargo administrativo a favor de hacienda con fecha de procedimiento en 2018 por valor 13425€. Anotado sobre una mitad indivisa de esta finca, propiedad de xxxx.

*Afección: Autoliquidacion de transmisiones y

que la finca queda afectada por cinco años a favor de hacienda al pago de liquidaciones complementaria que proceda por la autoliquidacion del impuesto de transmisiones, habiéndose abonado 534 euros

 

 

Debo dejar claro que al comprar el piso no sabía que tenía deudas ni nada, porque al momento de firmar tanto la escritura como la nota simple anterior, fechada a 10/07/2022, no constaba ninguna carga de parte de los vendedores. 

Lo único que sé es que ellos no tenían hecho el registro de la propiedad a su nombre, tras heredar hace años y que una vez lo resolvieron(julio) me vendieron el piso.

En este caso qué mi piso está embargado? Debo asumir una deuda de un tercero? Y puedo hacer algo para solucionarlo?

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HelpMyCash
#7

citando a Fernanda Pregunta similar: Compra piso sin saber de un embargo administrativo Buenos días, he comprado un piso en agosto 20...

Hola, Fernanda.

Si te parece bien, empezaremos por el final. La afección por la autoliquidación de transmisiones es totalmente normal: simplemente deja constancia de que Hacienda podrá embargarte si no pagas el impuesto de transmisiones patrimoniales asociado a la compra de la vivienda. Esta afección dejará de tener efecto dentro de cinco años.

En cuanto a la anotación de embargo, es muy extraño que aparezca en la nueva nota simple y no apareciera en la de julio. Se nos ocurren tres posibilidades: 

  • Que se anotara el embargo en algún momento entre julio y diciembre, ya fuera justo antes de la compra o en un momento posterior (antes de que se inscribiera la vivienda a tu nombre). 

  • Que se falsificara algún aspecto de la nota simple que se te entregó en julio o que no se te entregaran todas sus hojas. 

  • Entendemos que es poco probable, pero también cabe la posibilidad de que el embargo sea por deudas que tienes tú o el otro copropietario (si compraste la vivienda con otra persona) con Hacienda desde 2018.

En los dos últimos casos, entendemos que tendrías derecho a interponer reclamaciones contra el anterior propietario por haberte ocultado información. Nuestra recomendación es que pidas cita a la oficina de vivienda de tu ayuntamiento para que estudien tu caso y te expliquen qué pasos debes dar para interponer esa reclamación y para tratar de eliminar esa anotación de embargo. 

Asimismo, te aconsejamos preguntar a la oficina de vivienda por qué no se han podido inscribir las cláusulas relacionadas en la nota de calificación. También se lo puedes preguntar directamente al Registro de la Propiedad correspondiente. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#8
F
Fernanda
/

Buenos días, gracias por responder. 

El piso lo compré solo yo y no tengo ninguna deuda con ningún organismo público. Llamé al anterior propietario y me confirmó que él tenía una deuda pendiente pero que no se esperaba que pasaría esto. Igualmente le dije que esa información la omitió y dijo que trataría de resolverlo, pero no me confío. Así que básicamente puedo resolverlo yo misma yendo a la Oficina de vivienda, no? Es decir es algo que tiene arreglo seguro o tendré que denunciar al anterior dueño?

 

Saludos

#9
F
Fernanda
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Debo acudir a la oficina de Vivienda del ayuntamiento aunque el embargo esté a favor de la Agencia estatal de administración (Hacienda)

HelpMyCash
#10

citando a Fernanda Debo acudir a la oficina de Vivienda del ayuntamiento aunque el embargo esté a favor de la Agencia estatal de administración (Hacienda)

Hola de nuevo.

Queda claro entonces que el embargo se anotó entre julio y diciembre por culpa de una deuda del anterior propietario. Como se trata de un tema más legal que financiero, desconocemos si podrá resolverse de forma amistosa o si será necesario acudir a los juzgados. Por eso, nuestro consejo es que acudas a la oficina de vivienda de tu ayuntamiento, porque ahí te prestarán asesoramiento jurídico gratuito y te explicarán cuáles son todos los pasos que debes dar a partir de ahora. Si quieres, también puedes pedir cita a Hacienda para preguntar si se puede eliminar esa anotación de algún modo, aunque ahí te ofrecerán un asesoramiento legal menos completo. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#11
R
Ralphdrone
/

Pregunta similar: Propiedad de vivienda en Fondos de Inversión

Buenas tardes, estoy interesado en una vivienda la cual la tiene un fondo de inversión COPERNICUS. Antes era de Caixa y este fondo lo adquirió como dación en pago para venderla. Ninguno de los anteriores ha afrontado pagos de impuestos ni comunidad de propietarios. Mi pregunta es: me pueden embargar la casa por impago de esas deudas? Si pago hasta los 5 años de prescripción, me pueden reclamar lo anterior cuyo titular era la promotora del edificio? Una vez hecha la compra-venta y sea yo el propietario qué deudas me pueden reclamar?

Muchas Gracias

HelpMyCash
#12

citando a Ralphdrone Pregunta similar: Propiedad de vivienda en Fondos de Inversión Buenas tardes, estoy interesado en una vivienda la...

Hola, Ralphdrone.

En cuanto a las deudas por gastos de comunidad, el nuevo comprador responde con su vivienda de las generadas en el año en curso y en los tres anteriores. Y en cuanto al IBI, se podría reclamar al nuevo comprador el pago del IBI de los ejercicios no prescritos.

Por lo que nos cuentas, entendemos que estás dispuesto a pagar varias de estas deudas para comprar la vivienda. Si es el caso, te recomendamos pedir cita al notario cuanto antes para que te explique a qué riesgos te expones en caso de que no pagues todas las deudas no prescritas y cómo saber cuál es el plazo de prescripción de esas deudas (su asesoramiento es gratuito). 

Un saludo.

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#13
A
Adrian
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Buenas.

Me interesa una vivienda con derecho de uso (Esta inscrito en el registro) derecho real oponible a tercero. Creo que por un divorcio.

Como funciona esto? Me darían a mi el uso por comprarla ahora ya que no soy el banco?

Gracias

 

HelpMyCash
#14

citando a Adrian Buenas. Me interesa una vivienda con derecho de uso (Esta inscrito en el registro) derecho real oponible a tercero. Creo que por un divorci...

Hola, Adrian. 

Que una persona tenga derecho de uso oponible a terceros significa que, en caso de que alguien compre la vivienda (o la embargue, en el caso del banco), esa persona puede obligar al nuevo propietario a respetar su derecho de uso sobre la vivienda hasta que se termine la situación que dio lugar a la atribución de ese uso. 

En otras palabras, si ese derecho de uso sigue activo y compras la vivienda, la persona que tenga el derecho de uso podrá residir en la vivienda hasta que se extinga ese derecho, que será cuando se den las circunstancias establecidas en la sentencia judicial si ese derecho se atribuyó por un divorcio. Nuestro consejo, por lo tanto, es que no compres la casa ni des ningún paso hasta averiguar cuáles son esas circunstancias y si ya se han dado. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

 

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#15
A
Adrian
/

Gracias ,Miguel.

  1. Una última pregunta. Si se la han adjudicado a un menor ,en caso que fuera mayor de edad.  Me darían a mi los derecho pero mediante juicio,no? Y me arriesgaría a que siguieran concediéndole el uso
HelpMyCash
#16

citando a Adrian Gracias ,Miguel. Una última pregunta. Si se la han adjudicado a un menor ,en caso que fuera mayor de edad.  Me darían a mi los...

Hola de nuevo.

¡Gracias a ti por confiar en nosotros! Como no somos expertos en temas legales de este tipo, creemos que es más aconsejable que se lo preguntes a un notario (puedes pedir cita en cualquier notaría). Este funcionario te asesorará gratuitamente y resolverá mejor tu duda. 

Un saludo.

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#17
B
Bea
/

Hola, nos interesa un piso con cargarse pero la inmobiliaria nos dice que el importe de la deuda, en este caso 14.500€, han de ser al contado no puede estar metido en la.hipoteca y que se justificaría como "compraventa de muebles" con la factura correspondiente, ¿eso se puede hacer?, ¿podría pedir la hipoteca de todo para salvar deuda?, la señal que daríamos en ningún momento se podría descontar de esos 14.500€, nos lo descontarían del importe de hipoteca.....me parece algo turbio, pero no se si realmente lo es

HelpMyCash
#18

citando a Bea Hola, nos interesa un piso con cargarse pero la inmobiliaria nos dice que el importe de la deuda, en este caso 14.500€, han de ser al contado no pu...

Hola, Bea.

Antes de responder, nos gustaría preguntarte algo: ¿cuál es esa carga? Una hipoteca pendiente, una deuda con Hacienda o con la comunidad de propietarios... En la nota simple debería indicarse el motivo por el que está inscrita esa carga. 

Si nos resuelves esa duda, trataremos de ayudarte. 

Un saludo. 

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#19
S
Sonia
/

Pregunta similar: Compra vivienda con cargas

Buenas tardes, a ver si alguien puede ayudarme, tenemos pendiente la firma de una vivienda en la que aparecen 2 cargas de embargo por la comunidad de propietarios, están pagadas y escrito presentado en el juzgado de levantamiento de embargo, de una de ellas ya tenemos la orden de levantamiento, pero de ma otra no, dispongo de todos los justificantes como que esta todo pagado y presentado en el juzgado para que lo levanten a fecha de septiembre que se presentó, podría hacer la compra  con esa documentación? El banco me esta poniendo problemas...

HelpMyCash
#20

citando a Sonia Pregunta similar: Compra vivienda con cargas Buenas tardes, a ver si alguien puede ayudarme, tenemos pendiente la...

Hola, Sonia.

Es normal que el banco ponga pegas, porque esas cargas, si no se eliminan, serán anteriores a la hipoteca. Eso significa que si se vende la vivienda o se embarga, la comunidad de propietarios tendrá prioridad sobre el banco para cobrar la deuda. 

Dicho esto, podéis intentar convencer al banco para que apruebe la operación. Nuestro consejo es que le mostréis una copia de la orden de levantamiento de la primera carga y otra del justificante de pago de la segunda. Con suerte, será suficiente para demostrar que esas cargas serán canceladas pronto. 

Un saludo. 

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