Nueva normativa de plusvalía municipal: ¿cuánto tengo que pagar?
Nueva normativa de plusvalía municipal: ¿cuánto tengo que pagar?
ResponderHoy ha quedado nula la plusvalía, yo debo al ayuntamiento del 2018 que vendí mi casa estoy exenta de pagarla?ya que me están embargados ya
Gracias Paula, pero sigo teniendo la duda de si mi madre tiene que pagar la plusvalía, ella solo tenía el usufructo. Muchas gracias por todo. Un saludo
¡Perdona, Esperanza! He olvidado responder esa parte. Desde mi punto de vista, tu madre no tendría que pagar plusvalía porque no era titular de la propiedad en sí, sino que dispone del derecho a usarla y disfrutarla. De todos modos, lo mejor será que lo confirmes con el ayuntamiento. La información que yo puedo darte es solo orientativa.
Ahora sí, ¡espero haber aclarado tus dudas!
Pregunta similar: Plusvalía municipal.
Con la nueva ley hay dos formulas para el pago de la plusvalía.
Está la del pago de un porcentaje por la diferencia entre la compra o herencia recibida y la transmisión de la vivienda. En cuanto a esta, ¿se consideran los gastos que ha conllevado la trnsmisión (pagos a una agencia, notaría, registro de la propiedad...) ?
Hola, Helper:
Gracias por compartir tu consulta. En el cálculo real de la plusvalía municipal no se tienen en cuenta los gastos. Esas deducciones solo aplican para el IRPF. Puedes usar nuestra calculadora de plusvalía para saber cuánto te tocará pagar.
Espero haberte ayudado.
Saludos,
Paula
Pregunta similar: plusvalia municipal
El valor de un bien inmueble, fiscalmente, lo compone el precio de compra mas todos los gastos hasta su puesta en funcionamiento. En un piso, mínimo, notario, registro, Plusvalia si ha sido por herencia, ..etc. El valor de Venta es el escriturado y&/o revisado menos los gastos.
¿A efectos de la Plusvalia municipal se tienen en cuenta para el valor por el sistema real? ¿como veo la respuesta?
Hola, Francisco:
Muchas gracias por compartir tu consulta. Para el cálculo de la plusvalía municipal no se tienen en cuenta los gastos ni tributos de la compraventa. Por valor de adquisición, en este caso, se entiende la cantidad que pagaste cuando compraste la vivienda y por valor de transmisión el precio de la escritura.
Puedes utilizar nuestra calculadora de plusvalía municipal para estimar cuánto te tocaría pagar, si haces clic en el siguiente link, podrás accederCalcular plusvalía municipal.
Espero que te sea útil. Si tienes cualquier otra inquietud, no dudes en escribirnos.
Saludos,
Paula
Gracias, lo alegue en un recurso hablando con el ayuntamiento y me contestaron lo mismo. No me parece correcto pues contraviene la Ley General Tributaria, La Ley de Contabilidad, ... etc.
Una ultima pregunta, si la sentencia ha permitido a los que habian recurrido, beneficiarse de la sentencia, si recurro en cuatro años, y posteriormente hay una sentencia favorable de la Union Europea, me beneficiaria. Debo hacerlo en cualquier caso antes de los 4 años