Hola, Helper:
En principio, no podrías acogerte a la exención del IRPF por reinversión en vivienda habitual si vendes tu casa para comprar una autocaravana. Esto se debe a que una vivienda habitual según la Agencia Tributaria, es aquella "edificación en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de, al menos, tres años".
La autocaravana no es una edificación, por tanto, no estarías exento de pagar el IRPF por la venta.
¡Espero haberte ayudado!
No dudes en consultarnos si tienes más inquietudes.
Saludos,
Paula