Buenos días
Estoy negociando con el banco la hipoteca para una segunda residencia y me dicen que la operación esta sujeta a la contratación de un plan de pensiones y un fondo de inversión con ellos. ¿ esto es legal?. Yo pensaba que este tipo de productos no eran " obligatorios" para constituir la hipoteca ... simplemente bonificaban.
Gracias de antemano.
Un saludo
Apreciado cliente:
Efectivamente, la normativa hipotecaria actual no permite esta clase de comercialización condicionada, de modo que esta clase de prácticas comerciales no debería ser posible.
Saludos cordiales
Hola, Helper_1007747074.
Como te comenta el notario, la ley española prohíbe que se condicione la aprobación de una hipoteca a la contratación de productos del banco. Como mucho, el banco te podría obligar a contratar un seguro de daños o de amortización, pero con la compañía que tú quisieras.
Por lo tanto, tienes dos opciones. La primera es exigir a tu banco que se ajuste a la normativa hipotecaria. Y la segunda es acudir a otra entidad que sí la cumpla. Si quieres explorar otras opciones, en nuestro ranking de las mejores hipotecas puedes encontrar préstamos hipotecarios sin productos adicionales.
Un saludo.
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