La duda es ¿cuál es el % del usufructo al vender una casa con usufructo vitalicio por herencia? ¿El que sale de restar 89 menos la edad del usufructuario en el momento de la herencia o en el momento en que se produce la venta?
Hola, Pilar:
Gracias por dejarnos tu consulta. En la regla del 89 se debe tener en cuenta la edad del usufructuario al momento de vender la casa. De alguna manera, lo que se pretende es que el precio del usufructo sea proporcional el tiempo durante el cual el comprador va a poder disfrutar de ese derecho. Por eso se utiliza la edad actual del vendedor y no la edad que tenía al momento de recibir la herencia. Puedes obtener más información para vender un piso con usufructo aquí.
¡Espero haberte ayudado!
Saludos.
Muchas gracias. Una duda más. Me comentan en la inmobiliaria que en Aragón esto no es así porque se trata de un usufructo por viudedad y no vitalicio. ¿Se tiene en cuenta en este caso pues la edad en el momento en que recibió la herencia? Muchas gracias
Pregunta similar: Venta casa herencia
Hola. Tengo una duda sobra la venta de un piso que era de mi padre y mi tia, y al fallecer mi padre su 50% se repartió entre mi hermano y yo la nuda propiedad, y mi madre tiene un 16,6% de usufructo de carácter privativo. A la hora de venderlo, se sigue la misma regla de 89 pero sobre qué valor? O qué es realmente lo que nos correspondería a cada uno? Muchas gracias.
Hola, Sara:
El valor del usufructo en el caso que describes se calcularía con la regla del 89, pero teniendo en cuenta la edad del usufructuario más joven. Así, si tu madre es la más joven de todos los que comparten el usufructo, tendrías que aplicar esta fórmula:
Valor del usufructo= [(89-edad de tu madre) * 1%] x precio de la vivienda
La parte correspondiente a tu madre sería igual al 16,6% del valor calculado anteriormente. Y la que os corresponde a ti y a tu hermano sería el 50% de la diferencia entre el precio total y el valor del usufructo.
De todas maneras, te aconsejo que lo consultes con un experto o incluso con el notario que lleve adelante la compraventa antes de finalizar la operación.
Espero haberte ayudado.
Un saludo,
Paula
Pregunta similar: vivienda con usufructo por herencia
Buenas tardes tengo la siguiente duda,
Tenemos una vivienda donde mi madre tiene el usufructo y los 3 hermanos la nuda propiedad a parte iguales, si uno de los hermanos se quisiera quedar la vivienda como se tributaria y como se podria hacer este tramite.
Un saludo y gracias.
Hola, Jesús:
Gracias por compartir tu consulta. En este caso particular, lo que podríais hacer es que tu madre venda el usufructo al hermano que quiere quedarse con la casa (aquí te enseñamos a calcular el valor del usufructo) y que a su vez este os compre la nuda propiedad al resto de los hermanos.
Si bien es cierto que existe una figura que se llama extinción de condominio, que suele ser más beneficiosa a nivel fiscal, en este caso no puede aplicarse porque exige que los derechos que posee cada propietario sobre la vivienda sean iguales. Este requisito no se cumple porque cada uno posee una participación diferente: vosotros tenéis una parte de la nuda propiedad y vuestra madre, el usufructo.
En cuanto a los tributos, por tratarse de una compraventa, el hermano que se queda con la casa tendría que pagar ITP, y tú y tu otro hermano IRPF y plusvalía municipal. El usufructo, en principio, no tributa para la plusvalía municipal.
¡Espero haber sido clara! Si tienes más inquietudes, no dudes en escribirnos.
Saludos,
Paula
Pregunta similar: NUDA PROPIEDAD DE DONACION
¿Si tengo la donación de nuda propiedad puedo vender si tengo el consentimiento de la persona del usufructuario?
Hola, Sara:
Si la nuda propiedad ya es tuya, puedes venderla siempre que tengas el consentimiento del usufructuario.
¡Saludos!