Buenas tardes. Tras un divorcio, y haber disuelto la sociedad de gananciales, la vivienda comprada en común ya se encuentra a mi nombre al 100%. El problema lo estamos encontrando al liberar a la otra parte de la hipoteca bancaria. En nuestro contrato de préstamo hipotecario, hay una cláusula que indica que se cobrará el 2% en el caso de subrogación a “terceros adquirientes”, solicitándome el banco esa comisión, aún no siendo una tercera persona. Es correcta esa comisión? Muchas gracias
Hola, Helper_701486601.
Por lo que nos cuentas, parece que el banco considera que estás asumiendo la parte de la hipoteca de tu pareja mediante una subrogación de deudor; de ahí que quiera cobrarte esa comisión. Ahora bien, dado que no se trata de un "tercer adquiriente", eso es discutible. De hecho, lo que se suele hacer en estos casos es formalizar una novación hipotecaria, que consiste en modificar la escritura hipotecaria para eliminar a uno de los deudores (a tu pareja, en este caso).
Nuestro consejo, visto lo visto, es que hables directamente con el notario con el que vayas a escriturar esta operación. Este profesional te indicará (gratuitamente) si la operación que plantea el banco es correcta y si realmente te puede cobrar esa comisión.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.