Buenas tardes,
Mi pareja tiene una hipoteca con Unicaja del año 2007, en la que aparece como titular su ex pareja, por lo que quiere arreglar la situación.
Nos comentan que tiene que hacer una extinción de condominio, y luego realizar lo que se denomina "robo de hipoteca" es decir, cancelación y apertura en la nueva entidad.
Llevo desde enero negociando con varios bancos, y aunque esto que voy a plantear es un tema aparte, hemos tenido muchos problemas con la tasación. Una vez conseguida por el importe necesitado, me dicen ahora en el banco... Que vale, pero que la tiene que validar riesgos... Se me ha caído el alma al suelo... Nos hemos gastado un dineral... Para que ahora, después de meses donde todo eran buenas palabras y ayudas... Nos sueltan eso. En fin... Es común que riesgos eche para atrás una tasación?
Volviendo al tema anterior, qué pasos exactamente tenemos que hacer?
Nos han comentado que lo primero es un contrato privado entre ellos, donde se especifique que como no hay sentencia ya que no estaban casados, han llegado al acuerdo de que él se queda con la vivienda y también con la hipoteca. Y ahí viene mi duda, me dicen en notaría que la extinción de condominio, cancelación y apertura de nueva hipoteca casi se hace simultáneamente en Notaría.
Podríamos evitar pagar a gestoria, si nosotros hacemos todos los pasos?
Y cuánto habría que pagar en total (extinción de condominio, cancelación, registro, y no sé si algo más??)
Gracias de antemano.
Hola, Natalia Castaño.
Antes de nada, queremos matizar que ese "robo de hipoteca" no es imprescindible. Y es que tu pareja puede negociar con Unicaja para eliminar la titularidad de su ex mediante una novación hipotecaria. Para ello, eso sí, necesitaría ponerse de acuerdo con ese banco.
Dicho esto, y dado que nos planteas varias preguntas, trataremos de resolverlas una a una:
1. Los bancos tienen derecho a pagar una tasación de su bolsillo para revisar las valoraciones de otras tasadoras. En general, las agencias usan los mismos métodos, así que no suele haber discrepancias. Ahora bien, es algo que no te podemos asegurar al 100%, pues sí conocemos casos en los que se han echado solicitudes para atrás por valoraciones distintas.
2. En cuanto a los pasos, redactar ese contrato privado puede ser beneficioso, pues así el banco al que contactéis sabrá que tu pareja tiene el compromiso claro de realizar la extinción de condominio (y que su expareja está de acuerdo). A partir de ahí, tendréis que hablar con distintos bancos que estén dispuestos a daros esa hipoteca para cancelar la que tiene tu pareja con tu ex y decantaros por la mejor oferta. Una vez aprobada la solicitud, lo ideal es definir una fecha para escriturar tanto la extinción de condominio como la nueva hipoteca y la cancelación de la anterior, aunque no es obligatorio hacerlo todo el mismo día. El notario que escriture estas operaciones os puede asesorar sobre la materia.
3. En cuanto a la gestoría, es probable que el banco que os dé la hipoteca os pida contratar a una gestoría que se encargue de tramitar la extinción de condominio y la cancelación del préstamo de tu pareja. Podéis tratar de negociar para que os lo permita tramitar por vuestra cuenta, pero es probable que no os deje.
4. Finalmente, en cuanto a los gastos, deberéis pagar los aranceles notariales y registrales asociados a la extinción de condominio (el notario os dirá su coste), la tasación de la vivienda (unos 300 euros de media), la posible comisión de apertura de la nueva hipoteca, la comisión por amortización anticipada de la hipoteca de tu pareja y sus gastos de cancelación registral, que suelen costar unos 1.000 euros de media (incluyendo gestoría).
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Muchísimas gracias. Me has ayudado muchísimo. Un saludo
Buenos días de nuevo Miquel,
Entiendo que los gastos por amortización anticipada a los que haces referencia, es la comisión por cancelación del préstamo, verdad??
Muchas gracias!!
Hola de nuevo.
¡Gracias a ti por confiar en nosotros!
Sí, la comisión a la que hacemos referencia es la comisión por cancelación anticipada (también se le llama de reembolso anticipado o de amortización anticipada). En la escritura de la hipoteca tiene que indicarse si se puede aplicar y cuál será su coste.
Un saludo.