Buenos días:
Hice una hipoteca de vivienda habitual en 2005 con banco BBVA
Envíe por correo postal el 29 de diciembre de 2020 (el 18 de diciembre lo Envíe por email) una reclamación de gastos de hipoteca con toda documentación, a la oficina de atención al cliente del banco, para solicitar devolución de gastos de hipoteca.
Dos meses y medio después, me contestan que ha transcurrido el plazo de prescripción y por lo tanto ha caducado por pasar más de 5 años desde la formalizacion del préstamo.
Además dice, que el plazo para solicitar la devolución de gastos es de 5 años según el Tribunal supremo y que también ha prescrito.
¿Es cierto que estos gastos prescriben como dice el banco?
¿Se puede reclamar por vía judicial si ha caducado?
¿Se puede incluir como gasto el Impuesto de AJD, o prescriben este gasto?
Alguna recomendación de entidad, para realizar esta reclamación judicialmente.
Muchas gracias.
Saludos
Hola, María.
Si te parece bien, iremos por partes:
1. La ley en este caso es muy ambigua. Hay juristas que aseguran que el plazo para reclamar ya ha prescrito, mientras que hay otros que afirman que aún no ha caducado. Por lo tanto, dependiendo de cómo se interprete la legalidad española, aún estarías a tiempo de reclamar.
2. Siguiendo con el argumento anterior, sí podrías reclamar por la vía judicial. Nuestro consejo es que acudas a varios despachos de abogados para que estudien tu caso y te digan si sería viable presentar esa demanda.
3. No, el impuesto sobre actos jurídicos documentados no se puede reclamar, según el Tribunal Supremo.
En cuanto a las entidades a las que puedes acudir, existen varios despachos de abogados como Arriaga o Reclama por Mí, así como asociaciones de consumidores como ASUFIN u OCU. Nuestro consejo es que contactes con el máximo número posible de entidades, pidas presupuesto y te quedes con la que te parezca más fiable.
Un saludo.