Acabamos de cancelar la hipoteca ¿estamos obligados a presentar nueva Nota Simple para escriturar o sirve con los certificados de que está en trámite?

Acabamos de cancelar la hipoteca ¿estamos obligados a presentar nueva Nota Simple para escriturar o sirve con los certificados de que está en trámite?

Acabamos de cancelar la hipoteca ¿estamos obligados a presentar nueva Nota Simple para escriturar o sirve con los certificados de que está en trámite?

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Rebeca Maldonado Tierno
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Hola,

tenemos que escriturar antes del 30 de Abril (menos de 1 mes o habrá incumplimiento de contrato de arras), inicialmente íbamos a hacer la cancelación en el mismo acto pero los costes que nos envió el banco de la parte compradora eran exageradamente elevados. En paralelo hemos ido haciendo aportaciones poco a poco y finalmente hoy hemos cancelado la hipoteca con nuestro banco. Tenemos el certificado del banco de deuda cero y hemos solicitado la escritura de cancelación, cuando estén los papeles enviaremos todo al Registro de la Propiedad. 

Ahora el banco de la parte compradora nos dice que no se puede escriturar y hay que esperar a la nueva Nota Simple del Registro de la Propiedad que tarda varias semanas y no llegamos a la fecha del contrato. 

¿Esto es así? ¿No sirve con un certificado de que está en trámite? ¿Qué alternativas tenemos?

2 respuestas
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HelpMyCash
#1

Hola, Rebeca. 

Es lógico que el banco del comprador os pida la nota simple actualizada de la vivienda ya libre de cargas, pues es la confirmación oficial de que la hipoteca ha sido cancelada registralmente. Como no la tendréis a tiempo, podéis preguntarle si le bastaría tener el certificado de deuda cero y la factura del notario, que también demuestra que esa deuda hipotecaria ha sido saldada y que la cancelación registral está en trámite. Tened en cuenta, eso sí, que no está obligado a aceptarlo. 

En caso de que presentar los documentos mencionados no sea suficiente, siempre podéis tratar de llegar a un acuerdo con los compradores para extender el plazo del contrato de arras. De este modo, tendréis algo más de tiempo para formalizar la cancelación registral de vuestra hipoteca

Finalmente, si eso no es posible, podéis hacer la provisión de fondos que os pide el banco del comprador, pero con la condición de que se os devuelva ese dinero si conseguís formalizar la cancelación registral en dos meses como máximo. De este modo, si no sois capaces de cumplir ese acuerdo, el banco del comprador podrá usar ese dinero para cancelar registralmente vuestra hipoteca con su gestoría. 

Esperamos haberos ayudado. 

Un saludo. 

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#2
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Rebeca Maldonado Tierno
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Hola,

hemos pactado una provisión de fondos que nos devolverán una vez quede formalizado en 2 meses como indicas.Muchas gracias

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